3. Otras disposiciones. . (2025/20-22)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Cádiz, por la que se declara, en concreto, de utilidad pública la instalación eléctrica que se cita. (PP. 112/2025).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 20 - Jueves, 30 de enero de 2025
página 676/2
No se han recibido alegaciones dentro del período de información pública establecido
en el artículo 144 del R.D. 1955/2000.
Cuarto. Con fecha 22 de enero de 2024, se dio traslado por un plazo de treinta días
de la solicitud y documentos técnicos a la serie de organismos que a continuación de
enumeran y que puedan verse afectados, en cumplimiento con lo establecido en el
artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento
de autorización de instalaciones de energía eléctrica, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición:
• Ayuntamiento de Algodonales.
•
Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medioambiente y
Economía Azul en Cádiz.
• Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz.
• Delegación Territorial Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de Cádiz.
• E-Distribución Redes Digitales.
• Vías y Obras Diputación de Cádiz.
Se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la
peticionaria acorde con la documentación aportada, y se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente
para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimientos de declaración de
utilidad pública en virtud de lo previsto en la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de
Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto del Presidente 10/2022,
de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 163/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y
Energía; Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el
Decreto 300/2022, de 30 de agosto; Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que
se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria
para la reactivación económica en Andalucía; Resolución de 11 de marzo de 2022, de la
Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los
órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Ley 2/2007, de 27 de marzo, de
fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía;
Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía
y fomento de las energías renovables en Andalucía; Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de
junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la
reactivación económica; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314286
Segundo. Asimismo, son de aplicación general al procedimiento la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
BOJA
Número 20 - Jueves, 30 de enero de 2025
página 676/2
No se han recibido alegaciones dentro del período de información pública establecido
en el artículo 144 del R.D. 1955/2000.
Cuarto. Con fecha 22 de enero de 2024, se dio traslado por un plazo de treinta días
de la solicitud y documentos técnicos a la serie de organismos que a continuación de
enumeran y que puedan verse afectados, en cumplimiento con lo establecido en el
artículo 146 del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las
actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimiento
de autorización de instalaciones de energía eléctrica, a fin de que éstos presten su
conformidad u oposición:
• Ayuntamiento de Algodonales.
•
Delegación Territorial de la Consejería de Sostenibilidad, Medioambiente y
Economía Azul en Cádiz.
• Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz.
• Delegación Territorial Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural de Cádiz.
• E-Distribución Redes Digitales.
• Vías y Obras Diputación de Cádiz.
Se da la circunstancia de que existe conformidad entre los organismos afectados y la
peticionaria acorde con la documentación aportada, y se manifiesta conformidad con las
alegaciones e informes presentados por los citados organismos afectados en los plazos
reglamentarios durante el procedimiento de tramitación, según obra en el expediente de
referencia.
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de la Junta de Andalucía en Cádiz es competente
para tramitar y resolver en dicho ámbito territorial los procedimientos de declaración de
utilidad pública en virtud de lo previsto en la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de
Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía; Decreto del Presidente 10/2022,
de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías; Decreto 163/2022, de 9 de agosto,
por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y
Energía; Decreto 226/2020, de 29 de diciembre, por el que se regula la organización
territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía, modificado por el
Decreto 300/2022, de 30 de agosto; Decreto-ley 26/2021, de 14 de diciembre, por el que
se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad regulatoria
para la reactivación económica en Andalucía; Resolución de 11 de marzo de 2022, de la
Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias en los
órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.
Tercero. Son de aplicación específica a los hechos descritos en el procedimiento la
Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico; Ley 2/2007, de 27 de marzo, de
fomento de las energías renovables y del ahorro y eficiencia energética de Andalucía;
Decreto-ley 2/2018, de 26 de junio, de simplificación de normas en materia de energía
y fomento de las energías renovables en Andalucía; Real Decreto-ley 23/2020, de 23 de
junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la
reactivación económica; Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314286
Segundo. Asimismo, son de aplicación general al procedimiento la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y la Ley 9/2007,
de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.