Autoridades y personal. . (2025/19-24)
Resolución de 24 enero de 2025, de la Universidad de Almería, por la que se convocan concursos públicos para la contratación de personal de investigación científica/técnica, con cargo a subvenciones de investigación (convocatoria enero 2025).
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Miércoles, 29 de enero de 2025
página 1064/5
6. Resolución del concurso.
6.1. La Comisión de Selección se regirá por lo dispuesto en el artículo 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Selección estará compuesta por cuatro miembros titulares y cuatro
miembros suplentes:
a) Presidente titular: Vicerrector con competencias en investigación.
b) Vocal titular 1: Investigador Principal del contrato laboral.
c) Vocal titular 2: Director de Secretariado de Investigación.
d) Secretario titular: Jefe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
e) Presidente suplente: Un funcionario de carrera adscrito al vicerrectorado con
competencias en materia de investigación.
f) Vocal suplente 1: Investigador en el que delegue el Investigador Principal del
contrato laboral.
g) Vocal suplente 2: Un funcionario de carrera adscrito al vicerrectorado con
competencias en materia de investigación.
h) Secretario suplente: Un funcionario de carrera adscrito al Servicio de Gestión de
Recursos Humanos.
6.2. Los miembros de la Comisión de Selección podrán delegar su participación en
los procesos selectivos con el fin de garantizar la composición igualitaria en materia de
género en los casos requeridos por ley.
6.3. Las Comisiones de Selección, en el desarrollo de sus actuaciones, podrán
concertar entrevistas con los aspirantes cuando así lo estimen necesario.
6.4. Los baremos aplicables serán los que figuran como Anexo I de la presente
resolución. Las Comisiones de Selección encargadas de examinar y valorar las instancias,
serán competentes para resolver cuantas dudas de interpretación suscite la convocatoria
o la aplicación del baremo.
6.5. Las Comisiones de Selección, remitirán un listado que contendrá la puntuación
obtenida por los aspirantes admitidos en cada apartado del baremo, así como la
correspondiente propuesta de adjudicación. En el caso de que exista el mismo número
de candidatos admitidos que dotación para cada una de las plazas ofertadas, la Comisión
de Selección podrá presentar la propuesta de adjudicación sin necesidad de baremar a
dichos candidatos. En este caso, se continuará el procedimiento de acuerdo a lo indicado
en el apartado 6.8 de esta convocatoria. En el supuesto de haber varios candidatos para
una de las plazas ofertadas, los resultados de la evaluación por parte de la Comisión de
Selección junto con la propuesta de adjudicación serán publicados en el tablón electrónico
oficial de la Universidad de Almería y servirá de notificación a los participantes en el
concurso, de conformidad a la base 4 de la convocatoria. La indicación de la puntuación
obtenida en cada apartado del baremo, se considera motivación suficiente, conforme al
artículo 35.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314672
el citado plazo no se podrá presentar nueva documentación específica acreditativa de
méritos ni modificar el C.V. presentado.
5.2. Serán excluidos los solicitantes de un contrato de duración determinada (por
necesidades de la producción) que, a fecha de finalización del plazo de solicitudes,
tengan un contrato temporal con la UAL o hayan estado contratados temporalmente por
un periodo tal que la suma entre la duración prevista del contrato y el tiempo trabajado en
la UAL sea superior a 18 meses en los últimos 24 meses.
5.3. Transcurrido el plazo citado, se hará pública en igual forma la lista definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos. En el caso de que todos los aspirantes estuvieran
admitidos en la relación provisional, ésta devendrá en definitiva.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 19 - Miércoles, 29 de enero de 2025
página 1064/5
6. Resolución del concurso.
6.1. La Comisión de Selección se regirá por lo dispuesto en el artículo 60 del Real
Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de
la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
La Comisión de Selección estará compuesta por cuatro miembros titulares y cuatro
miembros suplentes:
a) Presidente titular: Vicerrector con competencias en investigación.
b) Vocal titular 1: Investigador Principal del contrato laboral.
c) Vocal titular 2: Director de Secretariado de Investigación.
d) Secretario titular: Jefe del Servicio de Gestión de Recursos Humanos.
e) Presidente suplente: Un funcionario de carrera adscrito al vicerrectorado con
competencias en materia de investigación.
f) Vocal suplente 1: Investigador en el que delegue el Investigador Principal del
contrato laboral.
g) Vocal suplente 2: Un funcionario de carrera adscrito al vicerrectorado con
competencias en materia de investigación.
h) Secretario suplente: Un funcionario de carrera adscrito al Servicio de Gestión de
Recursos Humanos.
6.2. Los miembros de la Comisión de Selección podrán delegar su participación en
los procesos selectivos con el fin de garantizar la composición igualitaria en materia de
género en los casos requeridos por ley.
6.3. Las Comisiones de Selección, en el desarrollo de sus actuaciones, podrán
concertar entrevistas con los aspirantes cuando así lo estimen necesario.
6.4. Los baremos aplicables serán los que figuran como Anexo I de la presente
resolución. Las Comisiones de Selección encargadas de examinar y valorar las instancias,
serán competentes para resolver cuantas dudas de interpretación suscite la convocatoria
o la aplicación del baremo.
6.5. Las Comisiones de Selección, remitirán un listado que contendrá la puntuación
obtenida por los aspirantes admitidos en cada apartado del baremo, así como la
correspondiente propuesta de adjudicación. En el caso de que exista el mismo número
de candidatos admitidos que dotación para cada una de las plazas ofertadas, la Comisión
de Selección podrá presentar la propuesta de adjudicación sin necesidad de baremar a
dichos candidatos. En este caso, se continuará el procedimiento de acuerdo a lo indicado
en el apartado 6.8 de esta convocatoria. En el supuesto de haber varios candidatos para
una de las plazas ofertadas, los resultados de la evaluación por parte de la Comisión de
Selección junto con la propuesta de adjudicación serán publicados en el tablón electrónico
oficial de la Universidad de Almería y servirá de notificación a los participantes en el
concurso, de conformidad a la base 4 de la convocatoria. La indicación de la puntuación
obtenida en cada apartado del baremo, se considera motivación suficiente, conforme al
artículo 35.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
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https://www.juntadeandalucia.es/eboja
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el citado plazo no se podrá presentar nueva documentación específica acreditativa de
méritos ni modificar el C.V. presentado.
5.2. Serán excluidos los solicitantes de un contrato de duración determinada (por
necesidades de la producción) que, a fecha de finalización del plazo de solicitudes,
tengan un contrato temporal con la UAL o hayan estado contratados temporalmente por
un periodo tal que la suma entre la duración prevista del contrato y el tiempo trabajado en
la UAL sea superior a 18 meses en los últimos 24 meses.
5.3. Transcurrido el plazo citado, se hará pública en igual forma la lista definitiva
de aspirantes admitidos y excluidos. En el caso de que todos los aspirantes estuvieran
admitidos en la relación provisional, ésta devendrá en definitiva.