Autoridades y personal. . (2025/18-20)
Resolución de 19 de enero de 2025, del Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica, por la que se establece el procedimiento y baremo para la contratación de personal técnico e investigador en el ámbito del IFAPA.
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 18 - Martes, 28 de enero de 2025

página 965/5

a la que aspira: 2 puntos por el título de Doctor y 1 punto por el título de Licenciado,
Arquitecto, Ingeniero, Máster Universitario, Diplomado Universitario, Arquitecto Técnico,
Grado Universitario o Formación Profesional de tercer grado o equivalente.
A los efectos de valoración de titulaciones académicas, no serán computados los
títulos exigidos por la legislación académica vigente como necesarios para obtener otros
superiores que hayan sido alegados.
En los casos de solicitudes que obtengan igual puntuación, a efectos de resolver el
empate, éste se dirimirá en atención a la mayor puntuación obtenida en cada uno de los
apartados del baremo según el orden en que aparecen.

Quinto. Justificación de méritos.
Los méritos deberán ser justificados o acreditados mediante la presentación de copia
digitalizada de los documentos que a continuación se relacionan, cuya fidelidad con el
original se garantizará mediante la utilización de firma electrónica avanzada, teniendo
en cuenta que si se aportaran títulos, contratos, informes, certificados o cualquier otro
documento en lengua distinta al castellano, necesariamente habrán de acompañarse de
la traducción jurada, oficial o certificada correspondiente.
Quedan exceptuadas de lo anterior las publicaciones o comunicaciones científicas
escritas en inglés. En el caso de publicaciones o comunicaciones científicas cuyo
idioma sea distinto al inglés, la traducción jurada queda restringida exclusivamente a los
elementos contenidos en el abstract.
- Para la experiencia profesional: copia de los contratos de trabajo registrados en el
Servicio Público de Empleo correspondiente que detallen la categoría profesional en la
que se han prestado los servicios, e informe de vida laboral actualizada o documento
equivalente, así como, en su caso, certificado del superior jerárquico que especifique las
funciones desempeñadas.
Si la experiencia profesional se ha adquirido en virtud de vínculo jurídico no laboral,
aquélla se acreditará mediante copia del documento en el que se formalice la prestación
de servicios, con indicación del período de duración de la misma y la categoría profesional
en la que se han prestado dichos servicios.
La experiencia como becario/a se acreditará mediante copia de la resolución
de adjudicación de la beca y certificación del organismo público de investigación
correspondiente expresiva del período de tiempo en el disfrute de la beca.
- Para la producción científica y tecnológica:
• Publicaciones:
◦ De libros, Manuales Docentes y otras publicaciones divulgativas, copia de las
páginas donde aparezca el título general e ISBN o depósito legal, y los autores.
◦ De artículos, copia de primera y última página, donde consten autor/es, revista
donde se ha publicado, fecha de publicación, título y edición.
◦ Publicaciones: copia de primera y última página, donde consten autor/es, fecha de
publicación, título y edición.
◦ La impartición de cursos, seminarios, jornadas técnicas y otras actividades
divulgativas, copia del certificado o nombramiento como profesor o ponente donde
conste su nombre y apellidos, nombre de la actividad docente o divulgativa, fecha
de realización, número de horas impartidas y la entidad organizadora.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314575

Cuarto. Méritos valorables.
Sólo se tendrán en cuenta los méritos que hayan sido debidamente acreditados por
las personas participantes y que estén directamente relacionados con el Proyecto de
I+D+F, la línea de investigación o el servicio científico-técnico en el que se enmarca el
contrato objeto de la convocatoria, sin que puedan valorarse como méritos los requisitos
exigidos en la convocatoria, los cuales en todo caso, deberá reunir la persona solicitante.