Disposiciones generales. . (2025/16-1)
Resolución de 21 de enero de 2025, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se establece el plazo de presentación de solicitudes y se dictan instrucciones en relación al procedimiento de concesión de anticipos reintegrables de nómina para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025
página 811/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 21 de enero de 2025, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se establece el plazo de presentación de
solicitudes y se dictan instrucciones en relación al procedimiento de concesión
de anticipos reintegrables de nómina para el personal al servicio de la
Administración de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2025.
La Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2025, establece en su disposición adicional quinta que en este
ejercicio se podrán conceder anticipos reintegrables, de conformidad con lo establecido
en la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992, por la que se
regula la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración
de la Junta de Andalucía. Dispone así mismo que el plazo de presentación de solicitudes
se determinará por resolución de la persona titular de la Secretaría General para la
Administración Pública.
La disposición final primera de la Orden de 14 de diciembre de 1992 faculta a esta
Secretaría General para dictar las resoluciones oportunas y realizar cuantas actuaciones
sean necesarias para su desarrollo y aplicación.
La Ley del Presupuesto modifica aspectos de la citada orden relacionados con
el plazo de presentación de solicitudes, el procedimiento de concesión, que ha de
realizarse electrónicamente para todas las partes intervinientes, y con la distribución del
presupuesto consignado.
Resulta necesario, por tanto, dictar la presente resolución al objeto de determinar
el plazo de presentación de solicitudes, la distribución del presupuesto consignado, así
como para clarificar aspectos relativos a la tramitación del procedimiento de concesión
de anticipos reintegrables de nómina del personal al servicio de la Administración de la
Junta de Andalucía, de forma que se faciliten los trámites a realizar.
De acuerdo con lo expuesto, conforme a lo establecido en la disposición adicional
quinta de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, y haciendo uso de la habilitación contenida
en la disposición final primera de la Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con
el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESU ELVO
Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el
siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Cuantía.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 14 de diciembre de 1992, se
podrá solicitar en concepto de anticipo una cantidad equivalente a la remuneración líquida
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314421
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Esta resolución tiene por objeto establecer el plazo de presentación de solicitudes y
dictar instrucciones en relación al procedimiento de concesión de anticipos reintegrables
de nómina para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía
correspondiente al ejercicio 2025.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025
página 811/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE JUSTICIA, ADMINISTRACIÓN LOCAL
Y FUNCIÓN PÚBLICA
Resolución de 21 de enero de 2025, de la Secretaría General para la
Administración Pública, por la que se establece el plazo de presentación de
solicitudes y se dictan instrucciones en relación al procedimiento de concesión
de anticipos reintegrables de nómina para el personal al servicio de la
Administración de la Junta de Andalucía correspondiente al ejercicio 2025.
La Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2025, establece en su disposición adicional quinta que en este
ejercicio se podrán conceder anticipos reintegrables, de conformidad con lo establecido
en la Orden de la Consejería de Gobernación de 14 de diciembre de 1992, por la que se
regula la concesión de anticipos reintegrables al personal al servicio de la Administración
de la Junta de Andalucía. Dispone así mismo que el plazo de presentación de solicitudes
se determinará por resolución de la persona titular de la Secretaría General para la
Administración Pública.
La disposición final primera de la Orden de 14 de diciembre de 1992 faculta a esta
Secretaría General para dictar las resoluciones oportunas y realizar cuantas actuaciones
sean necesarias para su desarrollo y aplicación.
La Ley del Presupuesto modifica aspectos de la citada orden relacionados con
el plazo de presentación de solicitudes, el procedimiento de concesión, que ha de
realizarse electrónicamente para todas las partes intervinientes, y con la distribución del
presupuesto consignado.
Resulta necesario, por tanto, dictar la presente resolución al objeto de determinar
el plazo de presentación de solicitudes, la distribución del presupuesto consignado, así
como para clarificar aspectos relativos a la tramitación del procedimiento de concesión
de anticipos reintegrables de nómina del personal al servicio de la Administración de la
Junta de Andalucía, de forma que se faciliten los trámites a realizar.
De acuerdo con lo expuesto, conforme a lo establecido en la disposición adicional
quinta de la Ley 7/2024, de 23 de diciembre, y haciendo uso de la habilitación contenida
en la disposición final primera de la Orden de 14 de diciembre de 1992, en relación con
el Decreto 164/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública,
RESU ELVO
Segundo. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a contar desde el
siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Tercero. Cuantía.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden de 14 de diciembre de 1992, se
podrá solicitar en concepto de anticipo una cantidad equivalente a la remuneración líquida
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314421
Primero. Objeto y ámbito de aplicación.
Esta resolución tiene por objeto establecer el plazo de presentación de solicitudes y
dictar instrucciones en relación al procedimiento de concesión de anticipos reintegrables
de nómina para el personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía
correspondiente al ejercicio 2025.