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Acuerdo de 21 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de terrenos a ocupar.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025
página 795/1
5. Anuncios
5.2. Otros anuncios oficiales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Acuerdo de 21 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de
terrenos a ocupar.
El 15.7.2024, la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, ordenó el inicio del procedimiento de
expropiación forzosa requerido para proceder a la ejecución del proyecto de obras de
referencia.
El Proyecto de Construcción de «02-GR-2227-0.0-0.0-PC. Actualización del proyecto
de construcción: Acondicionamiento de la A-348. Acceso a la Alpujarra por Lanjarón.
Tramo: P.k. 3+800 a Lanjarón (Granada)» fue aprobado el 11.7.2024 por la Dirección
General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de
Carreteras de Andalucía, «la Declaración sobre necesidad de ocupación, así como la
urgente ocupación están implícitas en la aprobación del Proyecto, por lo que se procederá
a citar para levantamiento de actas previas a la ocupación, según lo previsto en el art. 52
de la LEF.
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las
facultades que le concede el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE núm. 351,
de 17.12.1954), en relación con el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta
de Andalucía BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020), así como el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto
160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
ACUERDA
Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la
expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Lanjarón (Granada), en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial de Granada y en el Diario Ideal
de Granada, valiendo estos anuncios como notificación respecto a posibles interesados
no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado paradero, según el artículo 52.2
de la LEF y artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015).
Tercero. Al amparo del artículo 56 del RLEF y artículo 83 LPACAP, se abre el trámite
de información pública, por el plazo de 15 días hábiles, a contar desde la publicación del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314405
Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa (LEF) y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954 y el artículo 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOJA núm. 160, de 20.6.1957).
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 16 - Viernes, 24 de enero de 2025
página 795/1
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CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Acuerdo de 21 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento,
Articulación del Territorio y Vivienda en Granada, sobre expropiación forzosa de
terrenos a ocupar.
El 15.7.2024, la Dirección General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de
Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda, ordenó el inicio del procedimiento de
expropiación forzosa requerido para proceder a la ejecución del proyecto de obras de
referencia.
El Proyecto de Construcción de «02-GR-2227-0.0-0.0-PC. Actualización del proyecto
de construcción: Acondicionamiento de la A-348. Acceso a la Alpujarra por Lanjarón.
Tramo: P.k. 3+800 a Lanjarón (Granada)» fue aprobado el 11.7.2024 por la Dirección
General de Infraestructuras Viarias de la Consejería de Fomento, Articulación del
Territorio y Vivienda.
A tenor de lo dispuesto en el artículo 38.3 de la Ley 8/2001, de 12 de julio, de
Carreteras de Andalucía, «la Declaración sobre necesidad de ocupación, así como la
urgente ocupación están implícitas en la aprobación del Proyecto, por lo que se procederá
a citar para levantamiento de actas previas a la ocupación, según lo previsto en el art. 52
de la LEF.
A la vista de cuanto antecede, esta Delegación Territorial, en el ejercicio de las
facultades que le concede el artículo 2 de la Ley de Expropiación Forzosa (BOE núm. 351,
de 17.12.1954), en relación con el artículo 19 del Decreto 226/2020, de 29 de diciembre,
por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta
de Andalucía BOJA extraordinario núm. 90, de 30.12.2020), así como el Decreto del
Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y Decreto
160/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería
de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda,
ACUERDA
Segundo. Publicar la relación de interesados, bienes y derechos afectados por la
expropiación en el tablón de anuncios de esta Delegación Territorial, en el tablón de
anuncios del Ayuntamiento de Lanjarón (Granada), en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía, en el Boletín Oficial de la Diputación Provincial de Granada y en el Diario Ideal
de Granada, valiendo estos anuncios como notificación respecto a posibles interesados
no identificados, a titulares desconocidos o de ignorado paradero, según el artículo 52.2
de la LEF y artículo 44 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE núm. 236, de 2.10.2015).
Tercero. Al amparo del artículo 56 del RLEF y artículo 83 LPACAP, se abre el trámite
de información pública, por el plazo de 15 días hábiles, a contar desde la publicación del
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314405
Primero. Iniciar el procedimiento de expropiación que regula el artículo 52 de la Ley
de Expropiación Forzosa (LEF) y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de
diciembre de 1954 y el artículo 56 del Decreto de 26 de abril de 1957, por el que se aprueba
el Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa (BOJA núm. 160, de 20.6.1957).