Autoridades y personal. . (2025/13-38)
Resolución de 15 de enero de 2025, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca a concurso público un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada al nivel de estudios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Martes, 21 de enero de 2025

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circulación de personas trabajadoras en los términos en que ésta se halle definida en el
Tratado constitutivo de la Unión Europea.
b) También podrán participar el/la cónyuge, los/las descendientes y descendientes
del o de la cónyuge, de los/las españoles/las y también de los/las nacionales de otros
Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no se estén separados/as de
derecho, menores de veintiún años o mayores de dicha edad que vivan a sus expensas.
Este último beneficio será igualmente de aplicación a familiares de nacionales de
otros Estados cuando así se prevea en los Tratados Internacionales celebrados por la
Comunidad Europea y ratificados por España.
c) Quienes no estando incluidos/as en los apartados anteriores se encuentren
residiendo en España en situación de legalidad, siendo titulares de un documento que les
habilite a residir y a poder acceder sin limitaciones al mercado laboral. En consecuencia,
podrán participar quienes se encuentren en situación de residencia temporal, quienes se
encuentren en situación de residencia permanente y quienes se encuentren en situación
de autorización para residir y trabajar, así como los que tengan la condición de personas
refugiadas.
d) Las personas que no se encuentren en situaciones descritas en los apartados a),
b) y c), podrán participar en los procesos selectivos, siempre y cuando reúnan y acrediten
los requisitos mínimos establecidos en la convocatoria. No obstante, su incorporación
efectiva, en el supuesto de ser seleccionadas, sólo se podrá realizar cuando obtengan la
correspondiente autorización administrativa que les permita residir y trabajar en España,
dentro de los plazos y términos establecidos en la base 4.
2.2. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber cumplido la edad de jubilación.
Estas dos circunstancias deberán estar acreditadas durante todo el periodo de
contratación.
2.3. Estar en posesión de las condiciones académicas o de titulación requeridas en
el Anexo II de esta resolución. La Documentación deberá estar traducida al español.
Los títulos conseguidos en el extranjero o en Centros Españoles no estatales, deberán
estar homologados o reconocidos. Los títulos de Grado expedidos por universidades en
los Estados miembros de la Unión Europea serán equivalentes, a todos los efectos, a
aquellos expedidos por universidades españolas.
2.4. No padecer enfermedad ni estar afectado/a por limitación física o psíquica que
sea incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones.
2.5. No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño
de las correspondientes funciones. Las personas aspirantes cuya nacionalidad no sea la
española deberán igualmente no estar sometidas a sanción disciplinaria o condena penal
que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.
2.6. Las personas aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán
acreditar un conocimiento adecuado del castellano.
2.7. Todos los requisitos anteriores deberán poseerse en el día de finalización del
plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el momento de la adjudicación
de los correspondientes contratos.

4. Naturaleza jurídica del contrato.
Se realizará un contrato formativo para la obtención de la práctica profesional adecuada
al nivel de estudios, regulado en el artículo 11.3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de
23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores (BOE núm. 255, de 24.10.2015).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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3. Cuantía del contrato.
3.1. La dotación económica del contrato será la especificada en el Anexo II.