3. Otras disposiciones. . (2025/13-40)
Resolución de 15 de enero de 2025, de la Dirección del Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía, por la que se publica Adenda al Convenio de colaboración entre el Instituto de Estadística y Cartografía de Andalucía y la Diputación Provincial de Sevilla, sobre el mantenimiento del sistema Callejero Digital de Andalucía Unificado y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos, infraestructuras de información y servicios cartográficos.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Martes, 21 de enero de 2025
página 603/2
Segundo. Que la cláusula octava del mencionado Convenio, relativa a la modificación
y duración del mismo, estipula que aquella será por un periodo de cuatro años (a contar
desde la fecha de su firma, el 17 de diciembre de 2020) y prorrogable por acuerdo
expreso de las Partes por otro período de igual duración, de acuerdo con el apartado
h) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Tercero. Que la Comisión de Seguimiento se reunió el día 05 de junio de 2024 y,
entre los puntos del orden del día, trató la propuesta de modificación y prórroga del
Convenio, indicando que la misma se efectuará mediante la suscripción de una Adenda,
incorporando dos cláusulas relativas al tratamiento de datos de carácter personal y la
seguridad.
Cuarto. Que siendo el próximo 16 de diciembre de 2024 el vencimiento de la vigencia
del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo y modificarlo, de acuerdo
con las siguientes:
CL ÁUSUL AS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente Adenda prorrogar y modificar el Convenio de
Colaboración suscrito el 17 de diciembre de 2020 sobre el mantenimiento del sistema
CDAU y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos,
infraestructuras de información y servicios cartográficos, adaptando la parte expositiva
a lo establecido en la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029, manteniendo el clausulado actual
(salvo una modificación de la cláusula cuarta) e incorporando dos cláusulas nuevas
relativas al tratamiento de datos de carácter personal y la seguridad.
Tercera. Modificación del Convenio.
Se modifica el Convenio al que se refiere la presente Adenda conforme a lo
establecido a continuación:
- Se modifica el expositivo primero sustituyendo «Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades» por «Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos».
- Se modifica el expositivo tercero quedando como sigue: «Que en el ejercicio de
estas competencias el IECA está desarrollando bajo su responsabilidad y coordinación un
conjunto de actividades que se encuentran incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico
de Andalucía 2023-2029».
- Se modifica el expositivo cuarto sustituyendo «infraestructuras básicas» por
«actividades».
- Se modifica el expositivo quinto sustituyendo «artículo 24 del Plan Estadístico y
Cartográfico de Andalucía 2013-2020 sobre dato único oficial» por «artículo 11 del Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 sobre dato y metadato único».
- Se modifica el expositivo octavo sustituyendo «art. 17.1.a) de la Ley 3/2013, de 24 de
julio» por «art. 20.3 y 20.4 de la Ley 9/2023, de 25 de septiembre».
- Se modifica el expositivo décimo sustituyendo «Que la IDEAndalucía tiene, como
otras infraestructuras de difusión, la consideración de infraestructuras básicas del Sistema
Estadístico y Cartográfico de Andalucía y será objeto de actividades de soporte, conforme al
art. 27.4 de la Ley 3/2013, de 24 de julio» por «Que la IDEAndalucía es otra de las actividades
incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314213
Segunda. Prórroga.
Se prorroga el Convenio al que se refiere la presente Adenda hasta el 16 de diciembre
de 2028.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Martes, 21 de enero de 2025
página 603/2
Segundo. Que la cláusula octava del mencionado Convenio, relativa a la modificación
y duración del mismo, estipula que aquella será por un periodo de cuatro años (a contar
desde la fecha de su firma, el 17 de diciembre de 2020) y prorrogable por acuerdo
expreso de las Partes por otro período de igual duración, de acuerdo con el apartado
h) del artículo 49 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público.
Tercero. Que la Comisión de Seguimiento se reunió el día 05 de junio de 2024 y,
entre los puntos del orden del día, trató la propuesta de modificación y prórroga del
Convenio, indicando que la misma se efectuará mediante la suscripción de una Adenda,
incorporando dos cláusulas relativas al tratamiento de datos de carácter personal y la
seguridad.
Cuarto. Que siendo el próximo 16 de diciembre de 2024 el vencimiento de la vigencia
del Convenio, ambas partes están interesadas en prorrogarlo y modificarlo, de acuerdo
con las siguientes:
CL ÁUSUL AS
Primera. Objeto.
Constituye el objeto de la presente Adenda prorrogar y modificar el Convenio de
Colaboración suscrito el 17 de diciembre de 2020 sobre el mantenimiento del sistema
CDAU y sobre acceso, intercambio de información y reutilización de otros productos,
infraestructuras de información y servicios cartográficos, adaptando la parte expositiva
a lo establecido en la Ley 9/2023, de 25 de septiembre, por la que se aprueba el Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029, manteniendo el clausulado actual
(salvo una modificación de la cláusula cuarta) e incorporando dos cláusulas nuevas
relativas al tratamiento de datos de carácter personal y la seguridad.
Tercera. Modificación del Convenio.
Se modifica el Convenio al que se refiere la presente Adenda conforme a lo
establecido a continuación:
- Se modifica el expositivo primero sustituyendo «Consejería de Transformación
Económica, Industria, Conocimiento y Universidades» por «Consejería de Economía,
Hacienda y Fondos Europeos».
- Se modifica el expositivo tercero quedando como sigue: «Que en el ejercicio de
estas competencias el IECA está desarrollando bajo su responsabilidad y coordinación un
conjunto de actividades que se encuentran incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico
de Andalucía 2023-2029».
- Se modifica el expositivo cuarto sustituyendo «infraestructuras básicas» por
«actividades».
- Se modifica el expositivo quinto sustituyendo «artículo 24 del Plan Estadístico y
Cartográfico de Andalucía 2013-2020 sobre dato único oficial» por «artículo 11 del Plan
Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029 sobre dato y metadato único».
- Se modifica el expositivo octavo sustituyendo «art. 17.1.a) de la Ley 3/2013, de 24 de
julio» por «art. 20.3 y 20.4 de la Ley 9/2023, de 25 de septiembre».
- Se modifica el expositivo décimo sustituyendo «Que la IDEAndalucía tiene, como
otras infraestructuras de difusión, la consideración de infraestructuras básicas del Sistema
Estadístico y Cartográfico de Andalucía y será objeto de actividades de soporte, conforme al
art. 27.4 de la Ley 3/2013, de 24 de julio» por «Que la IDEAndalucía es otra de las actividades
incluidas en el Plan Estadístico y Cartográfico de Andalucía 2023-2029».
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314213
Segunda. Prórroga.
Se prorroga el Convenio al que se refiere la presente Adenda hasta el 16 de diciembre
de 2028.