Disposiciones generales. . (2025/13-1)
Resolución de 15 de enero de 2025, de la Dirección General de Formación Profesional para el Empleo, por la que se reajustan las anualidades y se redistribuye el crédito determinado en la Orden de 29 de mayo de 2024, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva destinadas a la formación no formal de cualificación y recualificación de la población activa, vinculada a cualificaciones profesionales incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos, para empresas, asociaciones empresariales, entidades de formación y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y por la Unión Europea-Nextgeneration UE-, y se efectúa la convocatoria del año 2024.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 13 - Martes, 21 de enero de 2025

página 568/2

CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA, INTERIOR, DIÁLOGO
SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

profesionales, o catálogos que determine la normativa vigente, en sectores estratégicos,
ANEXO II y III
para empresas, asociaciones empresariales,
entidades de formación y entidades sin
ánimo de lucro, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia,
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
Hoja 3 dey6 por la
financiado
por el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes
EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Unión
Europea-NextgenerationUE-,
y
se
efectúa
la
convocatoria
del
año
2024.
Tras esta
ORGANISMO:
publicación,
LA CONSEJERA la distribución de crédito queda de la siguiente manera:

Cuarto. Según comunicación realizada por la Secretaría General de Formación
Profesional, del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, se amplía
hasta el día 30 de junio de 2025 el límite temporal máximo inicial de ejecución de las
actuaciones, que era el 31 de diciembre de 2024.
Por lo expuesto, en cuanto a las previsiones del programa 32D correspondiente a
dicha medida, y al capítulo 4, se prevé durante este año 2024, una ejecución del 50%
del total de los 44.606.404,30 euros dispuestos, es decir, 22.303.202,15 euros en
obligaciones, quedando pendiente la ejecución del 50% restante.

Sexto. Establece el artículo 2.3 de la Orden de 29 de mayo de 2024 anteriormente
mencionada que: «A fin de garantizar el cumplimiento del objetivo CID 298 del Plan de
Recuperación Transformación y Resiliencia al cuarto trimestre de 2024, en el caso de
que en algún tipo proyecto de formación se presenten solicitudes cuyo importe supere

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314178

Quinto. Asimismo, el artículo 9.4 de la Orden de 6 de abril de 2018, establece que el
órgano concedente deberá publicar la distribución definitiva de la cuantía máxima entre
los distintos créditos presupuestarios en los mismos medios que la convocatoria, sin que
tal publicidad implique la apertura de plazo para presentar nuevas solicitudes ni el inicio
de nuevo cómputo de plazo para resolver.