3. Otras disposiciones. . (2025/12-29)
Resolución de 14 de enero de 2025, de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Cádiz, por la que se dispone la publicación de Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 13 de diciembre de 2024, sobre la Revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Ubrique.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 12 - Lunes, 20 de enero de 2025

página 507/2

DISPONGO
Primero. Publicar como Anexo I el Acuerdo de la Comisión Territorial de Ordenación
del Territorio y Urbanismo de Cádiz, de fecha 13 de diciembre de 2024, sobre la Revisión
del Plan General de Ordenación Urbanística de Ubrique.
Cádiz, 14 de enero de 2025.- La Delegada y Vicepresidenta 2.ª de la Comisión Territorial
de Ordenación del Territorio y Urbanismo, Carmen Sánchez Barrera.
ANEXO I
ACUERDO DE 13 DE DICIEMBRE DE 2024, DE LA COMISIÓN TERRITORIAL
DE ORDENACIÓN DEL TERRITORIO Y URBANISMO DE CÁDIZ, SOBRE
LA APROBACIÓN DEFINITIVA DE LA REVISIÓN DEL PLAN GENERAL DE
ORDENACIÓN URBANÍSTICA DE UBRIQUE. TIP/2015/000040
Punto núm. 2. Visto el expediente administrativo y documentación técnica
correspondiente a la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística de Ubrique,
aprobado provisionalmente por el Ayuntamiento en sesión plenaria celebrada el 29 de
mayo de 2024; y el informe del Servicio de Urbanismo de 10 de diciembre de 2024; esta
Comisión, de conformidad con la previsión contenida en el artículo 12.1.d) del Decreto
36/2014, de 11 de febrero, por el que se regula el ejercicio de las competencias de
la Administración de la Junta de Andalucía en materia de Ordenación del Territorio y
Urbanismo, dicta el presente Acuerdo conforme a los siguientes:
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Ubrique cuenta como instrumento de planeamiento urbanístico general
con unas Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal, que fueron aprobadas por la
Comisión Provincial de Urbanismo en sesión celebrada el día 14 de diciembre de 1989.
De acuerdo con la disposición transitoria segunda de la vigente Ley 7/2021, de 1
de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, todos los
instrumentos de planificación territorial y de planeamiento general, así como los restantes
instrumentos aprobados para su desarrollo y ejecución que estuvieren en vigor o fueran
ejecutivos en el momento de entrada en vigor de esta ley conservarán su vigencia y
ejecutividad hasta su total cumplimiento o ejecución o su sustitución por alguno de los
instrumentos de ordenación de dicha ley.

Tercero. Conforme a la disposición transitoria tercera de la vigente Ley 7/2021,
de 1 de diciembre, de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía, los
procedimientos relativos a los instrumentos de planeamiento urbanístico que se hubieran
iniciado antes de la entrada en vigor de esta ley podrán continuar su tramitación conforme
a las reglas de ordenación del procedimiento y el régimen de competencias establecidos
por la legislación sectorial y urbanística vigente en el momento de iniciar la misma.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00314117

Segundo. El objeto de esta revisión se fundamenta en la conveniencia y oportunidad
de proceder a la elaboración del Plan General de Ordenación Urbanística por el
Ayuntamiento de Ubrique por el hecho de que el instrumento de planeamiento general
actualmente vigente en el municipio, las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal,
datan del año 1989, por lo que la mayor parte de los suelos destinados al crecimiento
del núcleo urbano por las citadas Normas ya han sido desarrollados y ejecutados. Este
hecho, unido a los cambios normativos que se han ido produciendo hasta la actualidad,
justifican la necesidad de tramitar la revisión del Plan General de Ordenación Urbanística
de Ubrique.