Autoridades y personal. . (2025/11-20)
Resolución de 9 de enero de 2025, de la Universidad de Cádiz, por la que se convoca proceso selectivo para cubrir plazas de personal técnico, de gestión y de administración y servicios laboral fijo de la Universidad de Cádiz, mediante promoción interna, de la categoría de Titulado de Grado Medio de Apoyo a la Docencia e Investigación.
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Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025

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5.2. Quienes forman parte del Tribunal calificador deberán abstenerse de intervenir,
notificándolo al Rector de la Universidad, cuando concurran en ellas circunstancias de
las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico
del Sector Público o si hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas
selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de esta convocatoria. La Presidencia
solicitará a las personas que integran el Tribunal, en la sesión de constitución, declaración
expresa de no hallarse incursas en las circunstancias previstas en este apartado, así como
la firma de la Declaración de Ausencia de Conflicto de Intereses (DACI).
5.3. Asimismo, las personas aspirantes podrán recusar a quienes integran el Tribunal
según lo previsto en el artículo 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen
Jurídico del Sector Público.
5.4. Con anterioridad a la iniciación del proceso selectivo, la autoridad convocante
publicará en la página web del Área de Personal, resolución por la que se nombran a
quienes hayan de sustituir en el Tribunal a las personas que hayan perdido su condición
por alguna de las causas previstas en la base 5.2 y 5.3.
5.5. Previa convocatoria de la Presidencia, se constituirá el Tribunal con asistencia
de la totalidad de sus integrantes, titulares o suplentes, en su caso. En dicha sesión,
el Tribunal acordará todas las decisiones que le correspondan en orden al correcto
desarrollo del proceso selectivo. A partir de su constitución, el Tribunal, para actuar
válidamente, requerirá la presencia de la mayoría absoluta de sus integrantes, titulares o
suplentes, en su caso.
5.6. Dentro de la fase de oposición, el Tribunal resolverá todas las dudas que pudieran
surgir en la aplicación de estas normas y determinará las actuaciones convenientes en
los casos no previstos, ajustándose la actuación del Tribunal a lo dispuesto en la Ley
40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público y en el Reglamento
de Gobierno y Administración de la Universidad de Cádiz, aprobado por Acuerdo del
Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 22 de noviembre de 2022, en los términos
correspondientes.
5.7. El Tribunal podrá proponer la incorporación a sus trabajos de asesores o
asesoras especialistas para las pruebas correspondientes de los ejercicios que
estimen pertinentes, limitándose dicho asesoramiento a prestar su colaboración en sus
especialidades técnicas. El nombramiento de tales asesoras o asesores corresponderá
al Rector de la Universidad de Cádiz.
5.8. El Tribunal calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos en
que resulte necesario, de forma que las personas con discapacidad gocen de similares
condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de participantes. En este
sentido se establecerán, para las personas con discapacidad que lo soliciten en la forma
prevista en la base 3.5, las adaptaciones posibles en tiempo y medios para su realización.
5.9. El Tribunal adoptará las medidas oportunas para garantizar la confidencialidad
del contenido de los ejercicios antes de su realización por todas las personas opositoras
y para que los ejercicios de la fase de oposición, que sean escritos y no deban ser leídos
ante el Tribunal, sean corregidos sin que se conozcan la identidad de las personas
aspirantes.
5.10. Contra las resoluciones del tribunal y sus actos de trámite, si estos últimos
deciden directa o indirectamente en el fondo del asunto, determinan la imposibilidad de
continuar el procedimiento, producen indefensión o perjuicio irreparable a derechos e
intereses legítimos, cabe recurso de alzada ante el Rector en los plazos y formas que
establece la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las administraciones Públicas.
5.11. A efectos de comunicaciones y demás incidencias, el Tribunal tendrá su sede en
Edifico Hospital Real, Plaza del Falla, número 8, 11003 Cádiz, teléfono 956 015 039 y en
la siguiente dirección electrónica: seleccion.pas@uca.es
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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