3. Otras disposiciones. . (2025/11-24)
Resolución de 8 de enero de 2025, de la Dirección General del Instituto Andaluz de la Juventud, por la que se publican formularios normalizados de declaración responsable en materias relacionadas con la actividad de las Escuelas de Tiempo Libre y de solicitudes de acreditación de la formación convalidable de enseñanzas sistematizadas impartidas por las Escuelas de Tiempo Libre en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025
página 261/15
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8
de 10 )
ANEXO II
7. DECLARACIÓN RESPONSABLE
La persona abajo firmante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el en el artículo 11 del Decreto 89/2018 de 15 de mayo, por el que se
regulan las Escuelas de Tiempo Libre en la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificado por Decreto-Ley 26/2021, de 14 de
diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad reguladora para la reactivación
económica en Andalucía . DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que:
PRIMERO.- Son ciertos cuantos datos figuran en la presente declaración responsable.
SEGUNDO.- Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 11 del Decreto 89/2018, de 15 de mayo, por el que se regulan las
Escuelas de Tiempo Libre en la Comunidad Autónoma de Andalucía y las enseñanzas a impartir por las mismas, por lo que :
B) Incluye el contenido de la programación con los requisitos exigidos en el Decreto 89/2018:
1º) Para cada una de las acciones formativas sistematizadas, las Escuelas de Tiempo Libre deberán remitir una programación que
contendrá, como mínimo:
a) Denominación del curso, módulo formativo o acción formativa prevista.
b) Unidades de competencia, capacidades, contenidos y metodología.
c) Fechas, horarios, calendarización, lugares previstos para la realización y localidades, tanto de los módulos teórico-prácticos como
del módulo de formación en prácticas.
d) Profesorado que impartirá la docencia, que deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 9 del Decreto.
e) Criterios y procedimiento de evaluación.
f) Precio a abonar por el alumnado por curso completo, módulo formativo o acción formativa, según el caso, impuestos incluidos.
2º) La programación de las acciones formativas no sistematizadas deberá contener, como mínimo:
a) Denominación de los cursos previstos.
b) Capacidades, contenidos, metodología, criterios y procedimientos de evaluación, fecha prevista y número de horas.
c) Profesorado que impartirá la docencia, que deberá acreditar la formación suficiente en la materia a impartir.
d) Precio a abonar por el alumnado por cada uno de los cursos, impuestos incluidos.
TERCERO.- Cumple con los requisitos exigidos en la Orden de 17 de julio de 2019, por la que se establecen las características de las
enseñanzas sistematizadas a impartir por las Escuelas de Tiempo Libre en la comunidad Autónoma de Andalucía.
CUARTO.- Dispone de la documentación necesaria para acreditar que se cumplen dichos requisitos, y que está informada que la
Administración podrá hacer las comprobaciones necesarias relativas al cumplimiento de los datos declarados y tenencia de la
correspondiente documentación.
QUINTO.- Inicia la actividad formativa indicada con fecha:
SEXTO.- Tiene conocimiento de que la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial en cualquier dato, manifestación o
documento que se acompañe o incorpore en la presente declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el
ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las
responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar y de la posibilidad de que, mediante previa resolución de la
Administración Pública que declare tales circunstancias, se le podrá exigir la obligación de restituir la situación jurídica al momento
previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como a la imposibilidad de instar
un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un periodo de tiempo determinado por la ley, todo ello conforme a los
términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación.
Y se COMPROMETE a:
a) Mantener el cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos en el Decreto 89/2018,de 15 de mayo, por el que se regulan las
Escuelas de Tiempo Libre en la Comunidad Autónoma de Andalucía y las enseñanzas a impartir por las mismas, así como por la
normativa que le afecte, durante el tiempo que se desarrolle el ejercicio de la actividad.
b) Comunicar al Instituto Andaluz de la Juventud, cualquier modificación que afecte al desarrollo de la actividad formativa, cambios
de emplazamiento, personal directivo o docente, fechas de realización de la actividad, datos de contacto de las personas
responsables, y en general, cualquier circunstancia o imprevisto que afecte al normal desarrollo de la actividad docente de la
Escuela.
c) A facilitar las actuaciones de comprobación a efectuar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313875
003727
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
A) Presenta de forma telemática, la declaración responsable junto con la Programación Anual establecida en el artículo 11 del
Decreto 89/2018 de 15 mayo, mencionado anteriormente, permitiéndose desde ese momento el inicio de cada una de las acciones
formativas a realizar.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025
página 261/15
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ANEXO II
7. DECLARACIÓN RESPONSABLE
La persona abajo firmante, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el en el artículo 11 del Decreto 89/2018 de 15 de mayo, por el que se
regulan las Escuelas de Tiempo Libre en la Comunidad Autónoma de Andalucía, modificado por Decreto-Ley 26/2021, de 14 de
diciembre, por el que se adoptan medidas de simplificación administrativa y mejora de la calidad reguladora para la reactivación
económica en Andalucía . DECLARA, bajo su expresa responsabilidad, que:
PRIMERO.- Son ciertos cuantos datos figuran en la presente declaración responsable.
SEGUNDO.- Cumple con los requisitos establecidos en el artículo 11 del Decreto 89/2018, de 15 de mayo, por el que se regulan las
Escuelas de Tiempo Libre en la Comunidad Autónoma de Andalucía y las enseñanzas a impartir por las mismas, por lo que :
B) Incluye el contenido de la programación con los requisitos exigidos en el Decreto 89/2018:
1º) Para cada una de las acciones formativas sistematizadas, las Escuelas de Tiempo Libre deberán remitir una programación que
contendrá, como mínimo:
a) Denominación del curso, módulo formativo o acción formativa prevista.
b) Unidades de competencia, capacidades, contenidos y metodología.
c) Fechas, horarios, calendarización, lugares previstos para la realización y localidades, tanto de los módulos teórico-prácticos como
del módulo de formación en prácticas.
d) Profesorado que impartirá la docencia, que deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 9 del Decreto.
e) Criterios y procedimiento de evaluación.
f) Precio a abonar por el alumnado por curso completo, módulo formativo o acción formativa, según el caso, impuestos incluidos.
2º) La programación de las acciones formativas no sistematizadas deberá contener, como mínimo:
a) Denominación de los cursos previstos.
b) Capacidades, contenidos, metodología, criterios y procedimientos de evaluación, fecha prevista y número de horas.
c) Profesorado que impartirá la docencia, que deberá acreditar la formación suficiente en la materia a impartir.
d) Precio a abonar por el alumnado por cada uno de los cursos, impuestos incluidos.
TERCERO.- Cumple con los requisitos exigidos en la Orden de 17 de julio de 2019, por la que se establecen las características de las
enseñanzas sistematizadas a impartir por las Escuelas de Tiempo Libre en la comunidad Autónoma de Andalucía.
CUARTO.- Dispone de la documentación necesaria para acreditar que se cumplen dichos requisitos, y que está informada que la
Administración podrá hacer las comprobaciones necesarias relativas al cumplimiento de los datos declarados y tenencia de la
correspondiente documentación.
QUINTO.- Inicia la actividad formativa indicada con fecha:
SEXTO.- Tiene conocimiento de que la inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial en cualquier dato, manifestación o
documento que se acompañe o incorpore en la presente declaración responsable, determinará la imposibilidad de continuar con el
ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las
responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar y de la posibilidad de que, mediante previa resolución de la
Administración Pública que declare tales circunstancias, se le podrá exigir la obligación de restituir la situación jurídica al momento
previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como a la imposibilidad de instar
un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un periodo de tiempo determinado por la ley, todo ello conforme a los
términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación.
Y se COMPROMETE a:
a) Mantener el cumplimiento de los requisitos y obligaciones exigidos en el Decreto 89/2018,de 15 de mayo, por el que se regulan las
Escuelas de Tiempo Libre en la Comunidad Autónoma de Andalucía y las enseñanzas a impartir por las mismas, así como por la
normativa que le afecte, durante el tiempo que se desarrolle el ejercicio de la actividad.
b) Comunicar al Instituto Andaluz de la Juventud, cualquier modificación que afecte al desarrollo de la actividad formativa, cambios
de emplazamiento, personal directivo o docente, fechas de realización de la actividad, datos de contacto de las personas
responsables, y en general, cualquier circunstancia o imprevisto que afecte al normal desarrollo de la actividad docente de la
Escuela.
c) A facilitar las actuaciones de comprobación a efectuar.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313875
003727
PRESENTACIÓN EXCLUSIVAMENTE ELECTRÓNICA
A) Presenta de forma telemática, la declaración responsable junto con la Programación Anual establecida en el artículo 11 del
Decreto 89/2018 de 15 mayo, mencionado anteriormente, permitiéndose desde ese momento el inicio de cada una de las acciones
formativas a realizar.