Autoridades y personal. . (2025/11-18)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Universidad de Almería, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de profesorado Ayudante Doctor.
13 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025
página 422/4
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública en el tablón electrónico
oficial de la Universidad de Almería (https://www.ual.es/administracionelectronica/tablon) dentro
del epígrafe «Personal > Personal Docente e Investigador», la resolución del Rector por la que
se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión
de la citada relación provisional de admitidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de 5
días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación anteriormente indicada,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314035
• Generar una carta de pago electrónica que, posteriormente, deberá ser abonada en
cualquier oficina de la entidad «Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito».
• Pago mediante tarjeta de crédito-TPV.
El abono de los derechos de inscripción deberá realizarse, en todo caso, dentro del
plazo habilitado para la presentación de solicitudes, no concediéndose plazo adicional
alguno para el abono de las mismas. En consecuencia, los interesados que opten por
la primera de las modalidades de pago descritas, deberán hacer efectivo el abono en
«Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito» dentro del citado plazo.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, determinando la exclusión definitiva del aspirante.
Estarán exentos de pago:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud, certificado que acredite tal condición.
b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o hijos siempre y cuando se acredite tal
circunstancia con el informe preceptivo de la Institución correspondiente.
c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención
del 100% de la tasa y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.
La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos de la convocatoria no comportará
el derecho a la devolución de las tasas.
3.5. Documentación de carácter específico.
a) Copia del Título de Doctor, o en su defecto, justificante de haber abonado los
derechos para la expedición del mismo. En caso de candidatos con títulos extranjeros
deberán estar en posesión de la correspondiente homologación o declaración de
equivalencia. Deberá presentarse copia del anverso y reverso del título.
b) Currículo debidamente cumplimentado.
c) Justificación de los méritos incluidos en el currículo.
d) Declaración jurada en la que se haga constar que no ha agotado el plazo de cuatro
años (5 años en el caso de personas con discapacidad reconocida) como Ayudante
Doctor en cualquier Universidad. En el siguiente enlace puede acceder al modelo del
documento requerido https://www.ual.es/download_file/143486/0
3.6. Serán excluidos aquellos aspirantes que no presenten los documentos señalados
en la base 3 de esta convocatoria, así como aquellos que presenten la solicitud fuera de
plazo.
De conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, la acreditación vigente de Profesor Ayudante
Doctor o de la figura equivalente en la normativa autonómica, se considerará como
mérito preferente, durante los cuatro años posteriores a la aprobación de la citada Ley,
es decir, para aquellas plazas convocadas antes del 23 de marzo de 2027, aplicándose
lo dispuesto en el apartado VI de los criterios generales y baremo para la valoración
del mérito y la capacidad en los concursos públicos de selección de personal docente e
investigador con contrato laboral no permanente aprobados en Consejo de Gobierno de
26 de junio de 2024 y modificados en Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2024.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025
página 422/4
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se hará pública en el tablón electrónico
oficial de la Universidad de Almería (https://www.ual.es/administracionelectronica/tablon) dentro
del epígrafe «Personal > Personal Docente e Investigador», la resolución del Rector por la que
se aprueba la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos.
4.2. Con objeto de subsanar las causas que hayan motivado su exclusión u omisión
de la citada relación provisional de admitidos, los aspirantes dispondrán de un plazo de 5
días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación anteriormente indicada,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314035
• Generar una carta de pago electrónica que, posteriormente, deberá ser abonada en
cualquier oficina de la entidad «Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito».
• Pago mediante tarjeta de crédito-TPV.
El abono de los derechos de inscripción deberá realizarse, en todo caso, dentro del
plazo habilitado para la presentación de solicitudes, no concediéndose plazo adicional
alguno para el abono de las mismas. En consecuencia, los interesados que opten por
la primera de las modalidades de pago descritas, deberán hacer efectivo el abono en
«Cajamar Caja Rural, Sociedad Cooperativa de Crédito» dentro del citado plazo.
La falta de abono de estos derechos durante el plazo de presentación de instancias
no es subsanable, determinando la exclusión definitiva del aspirante.
Estarán exentos de pago:
a) Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acompañar
a la solicitud, certificado que acredite tal condición.
b) Las víctimas de terrorismo, sus cónyuges o hijos siempre y cuando se acredite tal
circunstancia con el informe preceptivo de la Institución correspondiente.
c) Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención
del 100% de la tasa y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general.
La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título
actualizado.
La exclusión por no cumplir alguno de los requisitos de la convocatoria no comportará
el derecho a la devolución de las tasas.
3.5. Documentación de carácter específico.
a) Copia del Título de Doctor, o en su defecto, justificante de haber abonado los
derechos para la expedición del mismo. En caso de candidatos con títulos extranjeros
deberán estar en posesión de la correspondiente homologación o declaración de
equivalencia. Deberá presentarse copia del anverso y reverso del título.
b) Currículo debidamente cumplimentado.
c) Justificación de los méritos incluidos en el currículo.
d) Declaración jurada en la que se haga constar que no ha agotado el plazo de cuatro
años (5 años en el caso de personas con discapacidad reconocida) como Ayudante
Doctor en cualquier Universidad. En el siguiente enlace puede acceder al modelo del
documento requerido https://www.ual.es/download_file/143486/0
3.6. Serán excluidos aquellos aspirantes que no presenten los documentos señalados
en la base 3 de esta convocatoria, así como aquellos que presenten la solicitud fuera de
plazo.
De conformidad con la disposición transitoria tercera de la Ley Orgánica 2/2023,
de 22 de marzo, del Sistema Universitario, la acreditación vigente de Profesor Ayudante
Doctor o de la figura equivalente en la normativa autonómica, se considerará como
mérito preferente, durante los cuatro años posteriores a la aprobación de la citada Ley,
es decir, para aquellas plazas convocadas antes del 23 de marzo de 2027, aplicándose
lo dispuesto en el apartado VI de los criterios generales y baremo para la valoración
del mérito y la capacidad en los concursos públicos de selección de personal docente e
investigador con contrato laboral no permanente aprobados en Consejo de Gobierno de
26 de junio de 2024 y modificados en Consejo de Gobierno de 18 de diciembre de 2024.