Autoridades y personal. . (2025/11-5)
Resolución de 13 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Personal de Lavandería y Planchado, para personas con discapacidad intelectual, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declaran decaídas las personas que se citan, se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que siguiendo a las que superan el concurso y se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, se inicia el plazo para solicitar destino.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025
página 410/2
De conformidad con lo anterior, y con lo establecido en las bases 11, 12 y 13 del anexo
de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias
que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314023
Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del
Servicio Andaluz de Salud, y se anuncia la publicación de dichas listas.
Dicha resolución establece en su resuelve sexto que aquellas personas aspirantes
que han superado el presente proceso selectivo y a su vez se encuentren participando en
los restantes procesos selectivos de estabilización de empleo temporal convocados tanto
en la Administración de la Junta de Andalucía como en las entidades instrumentales del
sector público andaluz, en desarrollo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, conforme establece
la DA 37.ª de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, no podrán
ser propuestas para adquirir la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo
o de personal estatutario fijo en más de un cuerpo, especialidad o categoría profesional,
debiendo en estos casos comunicar a esta Dirección General de Personal, como órgano
convocante, su opción y serán excluidas de cualquier otro proceso de estabilización de
empleo temporal en el que hayan participado, y su lugar será ocupado por la siguiente
persona aspirante conforme al orden de prelación derivado de las puntuaciones del
proceso selectivo. En el supuesto de que ya hubiesen sido nombrados personal
funcionario de carrera, personal laboral fijo o personal estatutario fijo en algún cuerpo,
especialidad o categoría profesional, serán excluidas del presente proceso selectivo, no
suponiendo dicha exclusión derecho a compensación.
Así, existiendo una persona que ha superado el proceso selectivo en varias
categorías y/o opciones, procede declararla decaída en sus derechos derivados del
concurso convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2022 (BOJA extraordinario
núm. 35, de 30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud, por la que se convoca concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir
plazas básicas vacantes de determinadas categorías y especialidades dependientes del
Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias
de la Junta de Andalucía, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho
proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización
de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud,
y acudir a la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos
para su posible nombramiento como personal estatutario fijo. Y ello, en aplicación de
lo establecido en la base general 13.3, que regula que en el caso de existir personas
aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos derivados de su
participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación
los aspirantes que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por
la que se acude a la relación complementaria de las personas aspirantes prevista en la
base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
mediante resolución de esta Dirección General de Personal.
En aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que regula que, en el caso de
existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos
derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden
de puntuación los aspirantes que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en la
resolución por la que se acude a la relación complementaria de las personas aspirantes
prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía mediante resolución de esta Dirección General de Personal. En aplicación de
lo establecido en la mencionada base general 13.3, el supuesto recogido en el apartado
anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo llamamiento de los aspirantes que ya
hayan sido nombrados de conformidad con lo dispuesto en estas bases.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 11 - Viernes, 17 de enero de 2025
página 410/2
De conformidad con lo anterior, y con lo establecido en las bases 11, 12 y 13 del anexo
de la Resolución de 21 de diciembre de 2022, de la Dirección General de Personal del
Servicio Andaluz de Salud, por la que se aprueban las bases generales de las convocatorias
que han de regir los procesos selectivos de concurso, por el sistema de acceso libre, para
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00314023
Público para la estabilización de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del
Servicio Andaluz de Salud, y se anuncia la publicación de dichas listas.
Dicha resolución establece en su resuelve sexto que aquellas personas aspirantes
que han superado el presente proceso selectivo y a su vez se encuentren participando en
los restantes procesos selectivos de estabilización de empleo temporal convocados tanto
en la Administración de la Junta de Andalucía como en las entidades instrumentales del
sector público andaluz, en desarrollo de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas
urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público, conforme establece
la DA 37.ª de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía, no podrán
ser propuestas para adquirir la condición de funcionario de carrera o personal laboral fijo
o de personal estatutario fijo en más de un cuerpo, especialidad o categoría profesional,
debiendo en estos casos comunicar a esta Dirección General de Personal, como órgano
convocante, su opción y serán excluidas de cualquier otro proceso de estabilización de
empleo temporal en el que hayan participado, y su lugar será ocupado por la siguiente
persona aspirante conforme al orden de prelación derivado de las puntuaciones del
proceso selectivo. En el supuesto de que ya hubiesen sido nombrados personal
funcionario de carrera, personal laboral fijo o personal estatutario fijo en algún cuerpo,
especialidad o categoría profesional, serán excluidas del presente proceso selectivo, no
suponiendo dicha exclusión derecho a compensación.
Así, existiendo una persona que ha superado el proceso selectivo en varias
categorías y/o opciones, procede declararla decaída en sus derechos derivados del
concurso convocado por Resolución de 22 de diciembre de 2022 (BOJA extraordinario
núm. 35, de 30 de diciembre), de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz
de Salud, por la que se convoca concurso, por el sistema de acceso libre, para cubrir
plazas básicas vacantes de determinadas categorías y especialidades dependientes del
Servicio Andaluz de Salud y del Cuerpo Superior Facultativo de Instituciones Sanitarias
de la Junta de Andalucía, y se aprueban las bases específicas que han de regir dicho
proceso selectivo, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización
de empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud,
y acudir a la relación complementaria de los aspirantes que sigan a los propuestos
para su posible nombramiento como personal estatutario fijo. Y ello, en aplicación de
lo establecido en la base general 13.3, que regula que en el caso de existir personas
aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos derivados de su
participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden de puntuación
los aspirantes que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en la resolución por
la que se acude a la relación complementaria de las personas aspirantes prevista en la
base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
mediante resolución de esta Dirección General de Personal.
En aplicación de lo establecido en la base general 13.3, que regula que, en el caso de
existir personas aspirantes que han superado el concurso que deban perder los derechos
derivados de su participación en las pruebas selectivas, podrán ser nombrados por orden
de puntuación los aspirantes que no hubiera obtenido plaza de entre los contenidos en la
resolución por la que se acude a la relación complementaria de las personas aspirantes
prevista en la base 10.1.5, lo que deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía mediante resolución de esta Dirección General de Personal. En aplicación de
lo establecido en la mencionada base general 13.3, el supuesto recogido en el apartado
anterior no supondrá, en ningún caso, un nuevo llamamiento de los aspirantes que ya
hayan sido nombrados de conformidad con lo dispuesto en estas bases.