3. Otras disposiciones. . (2025/10-9)
Orden de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica la autorización del centro docente privado de educación secundaria «Ribamar» de Sevilla. (PP. 10276/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Jueves, 16 de enero de 2025
página 55955/3
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de centros
docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y
regula el Registro de centros docentes.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9
de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y
administrativos desde el inicio del curso escolar 2025/26.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de
Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
contencioso administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa.
Sevilla, 10 de diciembre de 2024
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
00312901
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Jueves, 16 de enero de 2025
página 55955/3
Segundo. El centro no podrá superar el número de puestos escolares fijado para el mismo.
Tercero. Del contenido de la presente orden se dará traslado al Registro de centros
docentes, según lo dispuesto en el Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y
regula el Registro de centros docentes.
Cuarto. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Decreto 109/1992, de 9
de junio, la autorización a la que se refiere la presente orden tendrá efectos jurídicos y
administrativos desde el inicio del curso escolar 2025/26.
Quinto. La entidad titular del centro remitirá a la Delegación Territorial de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación de
Sevilla la relación del profesorado del mismo con indicación de su titulación respectiva.
Sexto. Dicho centro queda obligado al cumplimiento de la legislación vigente y a
solicitar la oportuna revisión cuando haya de modificarse cualquiera de los datos que
señala la presente orden.
Contra la presente orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer,
potestativamente, recurso de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Desarrollo
Educativo y Formación Profesional, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente
al de su notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y
115.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
o recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo
contencioso administrativo competente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía,
conforme a lo establecido en los artículos 10, 14 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio,
reguladora de la Jurisdicción contencioso administrativa.
Sevilla, 10 de diciembre de 2024
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
00312901
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja