3. Otras disposiciones. . (2025/10-9)
Orden de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica la autorización del centro docente privado de educación secundaria «Ribamar» de Sevilla. (PP. 10276/2024).
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Jueves, 16 de enero de 2025
página 55955/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica la autorización del centro
docente privado de educación secundaria «Ribamar» de Sevilla. (PP. 10276/2024).
Visto el expediente tramitado a instancia de doña Marta Valdés de Elizalde, como
representante de Ribamar, S.A., titular del centro docente privado educación secundaria
«Ribamar», con domicilio en C/ Fabiola, núm. 26, de Sevilla, por el que solicita
modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por la ampliación
de sus enseñanzas en un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de
Laboratorio clínico y biomédico, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Primero. Resultando que el citado centro, con código 41007072, tiene autorización
para impartir cuatro unidades de educación secundaria obligatoria, cuatro ciclos
formativos de formación profesional de grado medio (dos de Cuidados auxiliares de
enfermería, uno de Farmacia y parafarmacia y uno de Atención a personas en situación
de dependencia) y siete ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno
de Dietética, uno de Gestión de alojamientos turísticos, uno de Educación infantil, uno de
Agencias de viajes y gestión de eventos, uno de Higiene bucodental, uno de Laboratorio
clínico y biomédico y uno de Anatomía patológica y citodiagnóstico).
Segundo. Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes
favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.
Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la
Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007,
de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre
(BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real
Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos
mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil,
la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE
de 22), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; el Real
Decreto 771/2014, de 12 de septiembre (BOE de 4 de octubre), por el que se establece el título
de Técnico Superior en Laboratorio clínico y biomédico y se fijan sus enseñanzas mínimas; el
Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las
enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto
109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para
impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada,
al centro docente privado de educación secundaria «Ribamar», código 41007072 y
domicilio en C/ Fabiola, núm. 26, de Sevilla, cuyo titular es Ribamar, S.A., quedando con
la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312901
DISPONGO
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 10 - Jueves, 16 de enero de 2025
página 55955/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica la autorización del centro
docente privado de educación secundaria «Ribamar» de Sevilla. (PP. 10276/2024).
Visto el expediente tramitado a instancia de doña Marta Valdés de Elizalde, como
representante de Ribamar, S.A., titular del centro docente privado educación secundaria
«Ribamar», con domicilio en C/ Fabiola, núm. 26, de Sevilla, por el que solicita
modificar la autorización administrativa con la que cuenta el mismo, por la ampliación
de sus enseñanzas en un ciclo formativo de formación profesional de grado superior de
Laboratorio clínico y biomédico, según lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Primero. Resultando que el citado centro, con código 41007072, tiene autorización
para impartir cuatro unidades de educación secundaria obligatoria, cuatro ciclos
formativos de formación profesional de grado medio (dos de Cuidados auxiliares de
enfermería, uno de Farmacia y parafarmacia y uno de Atención a personas en situación
de dependencia) y siete ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno
de Dietética, uno de Gestión de alojamientos turísticos, uno de Educación infantil, uno de
Agencias de viajes y gestión de eventos, uno de Higiene bucodental, uno de Laboratorio
clínico y biomédico y uno de Anatomía patológica y citodiagnóstico).
Segundo. Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes
favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
de Sevilla y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.
Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE de 4), reguladora del Derecho a la
Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE de 4), de Educación; la Ley 17/2007,
de 10 de diciembre (BOJA de 26), de Educación de Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre
(BOE de 2), del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; el Real
Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo), por el que se establecen los requisitos
mínimos de los centros que impartan las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil,
la educación primaria y la educación secundaria; el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE
de 22), por el que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; el Real
Decreto 771/2014, de 12 de septiembre (BOE de 4 de octubre), por el que se establece el título
de Técnico Superior en Laboratorio clínico y biomédico y se fijan sus enseñanzas mínimas; el
Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA de 12), por el que se establece la ordenación y las
enseñanzas de la formación profesional inicial que forma parte del sistema educativo; el Decreto
109/1992, de 9 de junio (BOJA de 20), sobre autorizaciones de centros docentes privados, para
impartir enseñanzas de régimen general, y demás normas de vigente aplicación.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
Primero. Conceder la modificación de la autorización de enseñanzas solicitada,
al centro docente privado de educación secundaria «Ribamar», código 41007072 y
domicilio en C/ Fabiola, núm. 26, de Sevilla, cuyo titular es Ribamar, S.A., quedando con
la configuración de enseñanzas que se describe a continuación:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312901
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