Autoridades y personal. . (2025/8-44)
Resolución de 7 de enero de 2025, de la Universidad de Córdoba, por la que se convoca proceso selectivo para el ingreso en la Escala Administrativa de esta Universidad por el sistema de promoción interna.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Martes, 14 de enero de 2025

página 116/5

4. Admisión de personas aspirantes.
4.1. Expirado el plazo de presentación de solicitudes, el Rector de la Universidad de
Córdoba dictará resolución, en el plazo máximo de un mes, declarando aprobadas las
listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas, e indicando las causas
de exclusión, que serán publicadas en el «Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba».
En las listas deberán constar los apellidos, nombre y número de Documento Nacional de
Identidad, NIE o Pasaporte, en su caso, codificados. Así mismo, a efectos informativos,
serán publicadas en el Portal del Personal de la página web de la Universidad de Córdoba.
4.2. Las personas aspirantes excluidas expresamente, así como las que no figuren
en las listas de personas admitidas ni en la de excluidas, dispondrán de un plazo de diez
días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la resolución en
el «Boletín Oficial de la Universidad de Córdoba», para subsanar el defecto que haya
motivado la exclusión u omisión. Para subsanar la solicitud, la persona interesada deberá
acceder con certificado digital a la sección «Mis solicitudes» de la Sede Electrónica y
retomar el expediente que tenga en fase de instrucción.
En todo caso, al objeto de evitar errores y, en el supuesto de producirse, posibilitar
su subsanación en tiempo y forma, las personas aspirantes deberán comprobar
fehacientemente, bajo su exclusiva responsabilidad, no solo que no figuran incluidas en
las relaciones de personas aspirantes excluidas, sino, además, que sus nombres constan
en la pertinente relación de personas aspirantes admitidas.
Las personas aspirantes que, dentro del plazo señalado, no subsanen la exclusión
o aleguen la omisión, justificando su derecho a ser incluidas en la relación de personas
admitidas, quedarán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313729

y cada una de las condiciones exigidas en esta y en el resto de bases de la presente
convocatoria, referidas siempre a la fecha de expiración del plazo de presentación,
debiendo ir acompañadas necesariamente por los siguientes documentos:
a) Justificante de haber abonado los derechos de participación o transferencia
bancaria de haber realizado dicho abono de acuerdo con lo dispuesto en la base 3.3. Si el
abono se hubiera realizado mediante transferencia bancaria por vía telemática, se deberá
adjuntar una reproducción del documento (fotocopia o fotografía) en lugar del justificante
original emitido por la entidad.
b) Fotocopia del documento que acredite la titulación exigida para participar en el
proceso selectivo, y, en el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá
presentar también la credencial que acredite su homologación o reconocimiento, ambos
en un único fichero.
c) En el caso de estar exento del pago de los derechos de examen, justificante
acreditativo de la correspondiente condición a que da derecho, de acuerdo con lo
establecido en la base 3.3.
3.10. Las personas aspirantes que aleguen méritos para la fase de concurso deberán
acompañar a la solicitud relación circunstanciada de los méritos alegados, según el
modelo disponible en la página web, así como la documentación acreditativa de cada uno
de ellos. La no presentación de la citada relación circunstanciada de méritos supone que
la persona aspirante no alega mérito alguno para la fase de concurso.
No se valorarán los méritos que, habiendo sido alegados, no hayan sido debidamente
acreditados ni aquellos que no hayan sido alegados en la relación circunstanciada.
La acreditación de los méritos relativos a los apartados 2 y 3 de la fase de concurso
del anexo I se aportará de oficio por parte de la Universidad de Córdoba, para aquellas
personas aspirantes que se encuentren en activo a fecha de referencia de finalización
del plazo de presentación de solicitudes, debiendo indicarlo previamente en la relación
circunstanciada de los méritos alegados.
Los méritos se valorarán con referencia a la fecha de finalización del plazo de
presentación de solicitudes.