3. Otras disposiciones. . (2025/8-49)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Huelva, para la Autorización Administrativa Previa del proyecto de instalación de energía que se cita. (PP. 10354/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 8 - Martes, 14 de enero de 2025

página 56554/3

la infraestructura de evacuación de 66 kV hasta esta subestación ONUBA, por lo que
la Resolución de Autorización Administrativa Previa debe quedar condicionada a la
obtención de las autorizaciones de la infraestructura de evacuación.
Séptimo. Con fecha de 8 de octubre de 2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad
y Medio Ambiente en Huelva con competencias en medio ambiente, en aplicación de los
dispuesto en el artículo 30 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, emite informe favorable
de carácter vinculante de Autorización Ambiental Unificada abreviada (AAU/HU/008/24),
en el cual se determina a los solos efectos ambientales la conveniencia de realizar el
proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse, en orden a la protección del
medio ambiente y de los recursos naturales.
Octavo. Con fecha de 25 de noviembre de 2024, la Oficina de Ordenación del Territorio
de la Delegación Territorial de Fomento, Articulación del Territorio y Vivienda en Huelva,
en aplicación de los dispuesto en el artículo 52 de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre,
de impulso para la sostenibilidad del territorio de Andalucía y los artículos 71 y 72 del
Reglamento del Reglamento General de la Ley 7/2021, de 1 de diciembre, de impulso
para la sostenibilidad del territorio de Andalucía aprobado por Decreto 550/2022, de 29
de noviembre, emite informe de incidencia territorial favorable de carácter vinculante, en
el cual se determina a los solos efectos de la ordenación del territorio la conveniencia de
realizar el proyecto, fijando las condiciones en las que debe realizarse.
Noveno. Se informa favorablemente la Autorización Administrativa Previa solicitada.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Esta Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de
Industria, Energía y Minas en Huelva es competente para dictar la presente Resolución
según lo dispuesto en los artículos. 49 y 58.2.3.º de la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de
marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, de acuerdo al artículo 10
del Decreto del Presidente 6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías
y de conformidad con el artículo 6 del Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que
se regula la estructura orgánica de la Consejería de Política Industrial y Energía, esta
Consejería ha pasado a denominarse Consejería de Industria, Energía y Minas, por el
Decreto 4/2023, de 11 de abril y con lo previsto en la Resolución de 11 de marzo de 2022,
de la Dirección General de Energía, por la que se delegan determinadas competencias
en los órganos directivos territoriales provinciales competentes en materia de energía.

Tercero. De conformidad con lo dispuesto en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental, en relación con su anexo primero, así como el artículo
30 del Decreto 356/2010, de 3 de agosto, la actuación objeto de la presente resolución
está sometida al requisito de informe vinculante sobre Autorización Ambiental Unificada
abreviada, el cual se resolvió favorablemente con fecha de 8 de octubre de 2024.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313505

Segundo. Se han cumplido los trámites reglamentarios establecidos en el Título VII
del Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regula las actividades de
transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de
instalaciones de energía eléctrica, en desarrollo de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre,
del Sector Eléctrico, así como en el Real Decreto 413/2014, de 6 de junio, por el que
se regula la actividad de producción de energía eléctrica a partir de fuentes de energía
renovables, cogeneración y residuos y en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión
Integrada de la Calidad Ambiental.