Autoridades y personal. . (2025/8-45)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Universidad Pablo de Olavide, por la que se convoca a concurso público un contrato temporal de Personal de Apoyo a la Investigación.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Martes, 14 de enero de 2025
página 131/4
a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón Electrónico
Oficial (https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide, o bien en la fecha
específica de inicio establecida en las condiciones particulares de la convocatoria, si ésta
es posterior. Si la persona se encuentra en la situación descrita en la base 2.1.d), este
plazo será de 40 días hábiles, o bien en la fecha específica de inicio establecida en las
condiciones particulares de la convocatoria, si ésta es posterior.
4.2. La persona contratada dispondrá de un máximo de veinte días hábiles desde
la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón Electrónico Oficial
(https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide, para formalizar el contrato,
o bien en la fecha específica de inicio establecida en las condiciones particulares de la
convocatoria, si ésta es posterior. Si la persona se encuentra en la situación descrita en
la base 2.1.d), este plazo será de 40 días hábiles. o bien en la fecha específica de inicio
establecida en las condiciones particulares de la convocatoria, si ésta es posterior.
6. Solicitudes.
6.1. Los/as candidatos/as deberán presentar su solicitud en los quince días siguientes
a la publicación de la presente convocatoria en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
(BOJA).
6.2. Las personas destinatarias de la presente convocatoria están obligadas a
relacionarse electrónicamente con la Universidad para la realización de cualquier trámite
del presente procedimiento, en atención al artículo 4.1.i) del Reglamento por el que se
regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo
de Olavide, de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022).
6.3. Conforme al artículo 10.2.a) del Reglamento por el que se regula el uso y
funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, de
Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022), la solicitud, que se formalizará en el impreso
normalizado recogido en el Anexo III de esta resolución, así como la documentación
referenciada en el apartado 7.6 que acompañe a ésta, deberán presentarse a través de la
Sede Electrónica de la Universidad Pablo de Olavide
https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/index
utilizando el procedimiento electrónico denominado «Instancia Genérica»
https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/contents/pages/registro_electronico
así como en los restantes registros electrónicos de cualquier entidad pública a las que
se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.4. Las personas extranjeras que, por no reunir los requisitos exigidos para ello, no
puedan disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada
basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por
prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios de
confianza», estarán exceptuadas en este procedimiento de la obligación de relacionarse
electrónicamente con la Universidad, con base en los apartados 3 y 4 del artículo 4 del
Reglamento por el que se regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General
de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022). Por
tanto, podrán presentar su solicitud y la documentación que, en su caso, acompañe a
esta, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.5. En la solicitud, la persona solicitante deberá indicar la referencia del proceso
selectivo al que deseen concursar, tal y como se refleja en el Anexo II de esta resolución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313744
5. Duración del contrato.
La duración del contrato será la establecida en el Anexo II, en ejecución de las tareas
y en el marco del proyecto de investigación especificados en el mismo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 8 - Martes, 14 de enero de 2025
página 131/4
a la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón Electrónico
Oficial (https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide, o bien en la fecha
específica de inicio establecida en las condiciones particulares de la convocatoria, si ésta
es posterior. Si la persona se encuentra en la situación descrita en la base 2.1.d), este
plazo será de 40 días hábiles, o bien en la fecha específica de inicio establecida en las
condiciones particulares de la convocatoria, si ésta es posterior.
4.2. La persona contratada dispondrá de un máximo de veinte días hábiles desde
la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Tablón Electrónico Oficial
(https://www.upo.es/teo) de la Universidad Pablo de Olavide, para formalizar el contrato,
o bien en la fecha específica de inicio establecida en las condiciones particulares de la
convocatoria, si ésta es posterior. Si la persona se encuentra en la situación descrita en
la base 2.1.d), este plazo será de 40 días hábiles. o bien en la fecha específica de inicio
establecida en las condiciones particulares de la convocatoria, si ésta es posterior.
6. Solicitudes.
6.1. Los/as candidatos/as deberán presentar su solicitud en los quince días siguientes
a la publicación de la presente convocatoria en Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
(BOJA).
6.2. Las personas destinatarias de la presente convocatoria están obligadas a
relacionarse electrónicamente con la Universidad para la realización de cualquier trámite
del presente procedimiento, en atención al artículo 4.1.i) del Reglamento por el que se
regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo
de Olavide, de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022).
6.3. Conforme al artículo 10.2.a) del Reglamento por el que se regula el uso y
funcionamiento del Registro Electrónico General de la Universidad Pablo de Olavide, de
Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022), la solicitud, que se formalizará en el impreso
normalizado recogido en el Anexo III de esta resolución, así como la documentación
referenciada en el apartado 7.6 que acompañe a ésta, deberán presentarse a través de la
Sede Electrónica de la Universidad Pablo de Olavide
https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/index
utilizando el procedimiento electrónico denominado «Instancia Genérica»
https://sede.upo.es/opencms/system/modules/sede/contents/pages/registro_electronico
así como en los restantes registros electrónicos de cualquier entidad pública a las que
se refiere el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.4. Las personas extranjeras que, por no reunir los requisitos exigidos para ello, no
puedan disponer de sistemas de firma electrónica reconocida o cualificada y avanzada
basados en certificados electrónicos cualificados de firma electrónica expedidos por
prestadores incluidos en la «Lista de confianza de prestadores cualificados de servicios de
confianza», estarán exceptuadas en este procedimiento de la obligación de relacionarse
electrónicamente con la Universidad, con base en los apartados 3 y 4 del artículo 4 del
Reglamento por el que se regula el uso y funcionamiento del Registro Electrónico General
de la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla (BOJA núm. 90, de 13 de mayo 2022). Por
tanto, podrán presentar su solicitud y la documentación que, en su caso, acompañe a
esta, por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
6.5. En la solicitud, la persona solicitante deberá indicar la referencia del proceso
selectivo al que deseen concursar, tal y como se refleja en el Anexo II de esta resolución.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313744
5. Duración del contrato.
La duración del contrato será la establecida en el Anexo II, en ejecución de las tareas
y en el marco del proyecto de investigación especificados en el mismo.