Autoridades y personal. . (2025/7-45)
Resolución de 8 de enero de 2025, de Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Lunes, 13 de enero de 2025

página 160/6

9. Presentación de los concursantes y entrega de documentación.
9.1. El Presidente o Presidenta de la Comisión de Selección, una vez realizadas las
consultas oportunas con los restantes miembros de la Comisión, notificará a todos los
aspirantes admitidos al concurso, con una antelación mínima de diez días naturales,
la convocatoria para el acto de presentación, señalando el lugar, fecha y hora de su
celebración, que podrá tener lugar inmediatamente después de la constitución de
la Comisión de Selección y, en ningún caso, exceder de dos días hábiles después de
ésta. Dicha notificación podrá realizarse, a elección del Presidente o Presidenta de la
Comisión, al email facilitado por los aspirantes o mediante su publicación en el Boletín
Oficial de la Universidad de Málaga.
9.2. En el acto de presentación de los aspirantes, que tendrá carácter público, los
concursantes serán llamados por orden alfabético y entregarán al Presidente o Presidenta
de la Comisión de Selección la documentación siguiente en formato electrónico.
En el caso del concurso de acceso a plazas del cuerpo de Catedráticos/as de
Universidad:
- Historial académico, docente e investigador y, en su caso, asistencial sanitario, en el
que se detallarán los méritos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, según el modelo normalizado CVN ANECA (FECYT).
- Publicaciones y documentos acreditativos de los méritos alegados en el historial
académico, docente e investigador. El candidato o candidata deberá presentar una
declaración jurada en la que asegure que la documentación responde fielmente al original,
en caso de documentos no electrónicos, sin perjuicio de que puedan ser requeridos al
interesado o interesada los oportunos documentos originales que acrediten la citada
declaración.
- Proyecto docente referido a una asignatura obligatoria, adscrita al área de
conocimiento de la plaza objeto de concurso e incluida en el correspondiente plan de
estudios de una titulación oficial de Grado o Máster de la Universidad de Málaga, con
validez en todo el territorio nacional y que esté vigente en la fecha de publicación de la
convocatoria de la plaza en el Boletín Oficial del Estado.
- Proyecto investigador que pretenda desarrollar el candidato o candidata conforme a
la actividad investigadora que conste en la convocatoria de la plaza.
En el caso del concurso de acceso a plazas del cuerpo de Profesores/as Titulares de
Universidad:
- Historial académico, docente e investigador y, en su caso, asistencial sanitario, en el
que se detallarán los méritos hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de
solicitudes, según el modelo normalizado CVN ANECA (FECYT).
- Publicaciones y documentos acreditativos de los méritos alegados en el historial
académico, docente e investigador. El candidato o candidata deberá presentar una
declaración jurada en la que asegure que la documentación responde fielmente al original, en
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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8.7. Si, una vez constituida la Comisión de Selección, ésta quedara con menos de tres
miembros, el Consejo de Gobierno, conforme a lo estipulado en el reglamento por el que
se regula la constitución de las comisiones de plazas de personal docente e investigador
de la Universidad de Málaga, procederá a la designación de una nueva Comisión de
Selección, en la que no podrán incluirse los miembros que en la anterior hubiesen cesado
en su condición.
8.8. La Comisión de Selección podrá celebrar sus reuniones de forma presencial, en
las dependencias de la Universidad de Málaga, virtual, o de forma híbrida, conforme a lo
establecido en el artículo 17 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público. El Departamento peticionario de la plaza facilitará a las Comisiones de
Selección el apoyo administrativo necesario para la celebración de concurso.
8.9. A los efectos de su constitución y demás actuaciones de las Comisión de
Selección, el mes de agosto se excluirá del cómputo de los plazos correspondientes.