Autoridades y personal. . (2025/7-47)
Resolución de 8 de enero de 2025, de la Universidad de Málaga, por la que se convoca concurso de acceso a plazas de los Cuerpos Docentes Universitarios.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Lunes, 13 de enero de 2025
página 171/2
3. Solicitudes y documentación.
3.1. La solicitud para participar en estas pruebas selectivas se ajustará al modelo que
se adjunta como Anexo II a la presente convocatoria, disponible en la página web del
Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador
(Enlace del menú «Concursos plazas PDI»).
3.2. La solicitud, dirigida al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Málaga, se
presentará, preferentemente, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Málaga,
https://sede.uma.es, entrando en el trámite de «Solicitud Genérica», dirigida al Servicio
de Personal Docente e Investigador, para lo cual deberán disponer de un certificado de
firma electrónica, de acuerdo con las instrucciones existentes en la propia sede.
En caso de solicitar la asistencia en el uso de medios electrónicos de las Oficinas
de Asistencia en Materia de Registros de la Universidad de Málaga (sedes físicas), la
documentación se podrá presentar grabada en un «pendrive», el cual, tras su lectura y
grabación, será devuelto al solicitante.
No obstante, se podrá presentar por cualquiera de las formas previstas en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Si la solicitud se presentase en una Oficina de Correos,
deberá ir en sobre abierto, para ser fechada y sellada por el funcionario de Correos
antes de ser certificada (Dirección oficial: Jefatura de Servicio de Personal Docente e
Investigador de la Universidad de Málaga, Pabellón de Gobierno, Campus de Teatinos,
Bulevar Louis Pasteur, núm. 43. 29071 Málaga).
Los interesados que no presenten la solicitud de la forma indicada, podrán decaer en
su respectivo derecho.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313784
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de la
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa para el empleo público.
d) No haber sido separado del servicio ni inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas o ejercer cargos o funciones declarados incompatibles con la docencia. Los
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la Función Pública.
e) Tener un adecuado conocimiento de la lengua castellana. Dicho requisito deberá
ser acreditado a lo largo del proceso selectivo, para lo cual la Comisión de Selección
correspondiente podrá establecer pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.
2.2. Requisito específico.
a) Estar acreditado o acreditada para el cuerpo docente de la plaza convocada por la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) u órgano similar
equivalente en el ámbito autonómico. Igualmente podrán presentarse a los concursos de
acceso a plazas de Profesor/a Titular de Universidad y de Catedrático/a de Universidad
los funcionarios de los Cuerpos de Profesor/a Titular de Universidad y de Catedrático/a
de Universidad, respectivamente, siempre que hayan desempeñado durante, al menos,
dos años en el puesto de origen, conforme a lo establecido en el artículo 35.4 del R.D.
678/2023, de 18 de julio.
b) Ser investigador o haber sido investigador en el programa de excelencia, nacional
o internacional indicado en cada plaza, y haber obtenido el certificado I3 o R3.
2.3. Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Lunes, 13 de enero de 2025
página 171/2
3. Solicitudes y documentación.
3.1. La solicitud para participar en estas pruebas selectivas se ajustará al modelo que
se adjunta como Anexo II a la presente convocatoria, disponible en la página web del
Servicio de Personal Docente e Investigador de esta Universidad:
http://www.uma.es/personal-docente-e-investigador
(Enlace del menú «Concursos plazas PDI»).
3.2. La solicitud, dirigida al Sr. Rector Magfco. de la Universidad de Málaga, se
presentará, preferentemente, a través de la Sede Electrónica de la Universidad de Málaga,
https://sede.uma.es, entrando en el trámite de «Solicitud Genérica», dirigida al Servicio
de Personal Docente e Investigador, para lo cual deberán disponer de un certificado de
firma electrónica, de acuerdo con las instrucciones existentes en la propia sede.
En caso de solicitar la asistencia en el uso de medios electrónicos de las Oficinas
de Asistencia en Materia de Registros de la Universidad de Málaga (sedes físicas), la
documentación se podrá presentar grabada en un «pendrive», el cual, tras su lectura y
grabación, será devuelto al solicitante.
No obstante, se podrá presentar por cualquiera de las formas previstas en el
artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas. Si la solicitud se presentase en una Oficina de Correos,
deberá ir en sobre abierto, para ser fechada y sellada por el funcionario de Correos
antes de ser certificada (Dirección oficial: Jefatura de Servicio de Personal Docente e
Investigador de la Universidad de Málaga, Pabellón de Gobierno, Campus de Teatinos,
Bulevar Louis Pasteur, núm. 43. 29071 Málaga).
Los interesados que no presenten la solicitud de la forma indicada, podrán decaer en
su respectivo derecho.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313784
b) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
c) Tener cumplidos dieciséis años y no exceder, en su caso, de la edad máxima de la
jubilación forzosa. Sólo por ley podrá establecerse otra edad máxima, distinta de la edad
de jubilación forzosa para el empleo público.
d) No haber sido separado del servicio ni inhabilitado para el ejercicio de funciones
públicas o ejercer cargos o funciones declarados incompatibles con la docencia. Los
aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán acreditar, igualmente, no
estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el
acceso a la Función Pública.
e) Tener un adecuado conocimiento de la lengua castellana. Dicho requisito deberá
ser acreditado a lo largo del proceso selectivo, para lo cual la Comisión de Selección
correspondiente podrá establecer pruebas específicas destinadas a verificar el
cumplimiento de este requisito.
2.2. Requisito específico.
a) Estar acreditado o acreditada para el cuerpo docente de la plaza convocada por la
Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación (ANECA) u órgano similar
equivalente en el ámbito autonómico. Igualmente podrán presentarse a los concursos de
acceso a plazas de Profesor/a Titular de Universidad y de Catedrático/a de Universidad
los funcionarios de los Cuerpos de Profesor/a Titular de Universidad y de Catedrático/a
de Universidad, respectivamente, siempre que hayan desempeñado durante, al menos,
dos años en el puesto de origen, conforme a lo establecido en el artículo 35.4 del R.D.
678/2023, de 18 de julio.
b) Ser investigador o haber sido investigador en el programa de excelencia, nacional
o internacional indicado en cada plaza, y haber obtenido el certificado I3 o R3.
2.3. Los requisitos establecidos en las presentes bases deberán cumplirse en el
momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la toma de posesión.