Autoridades y personal. . (2025/7-10)
Resolución de 8 de enero de 2025, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 21 de octubre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Terapeuta Ocupacional, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 22 de diciembre de 2022, se declara decaída a las personas que se citan y se acude a la relación complementaria de personas aspirantes a las que, siguiendo a las que superan el concurso oposición, se les requiere la presentación de solicitudes de petición de centro de destino y se inicia el plazo para solicitar destino.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Lunes, 13 de enero de 2025
página 117/3
RESU ELV E
Primero. Declarar decaídas en su derecho a obtener la condición de personal
estatutario fijo como consecuencia de este concreto proceso selectivo a las personas que
se relacionan en el Anexo I de esta resolución, al no haber realizado la toma de posesión
de la plaza adjudicada y al no haber subsanado la falta de presentación de declaración
responsable en el plazo establecido en la citada Resolución de 21 de octubre de 2024, de
la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 209, de 25
de octubre), por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Terapeuta
Ocupacional, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado
el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 22 de
diciembre de 2022.
Tercero. Las personas aspirantes que figuran en el Anexo II de esta resolución
deberán presentar, en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil al
de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
inclusive, la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del
formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de
la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de
garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas
aspirantes incluidas en la relación complementaria del Anexo II de esta resolución, con
independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos
los centros de destino ofertados especificando para ello los códigos de centros indicados
en el Anexo I de la Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud (publicada en la web del Servicio Andaluz de
Salud el 5 de septiembre de 2024), por la que se indica la relación de las plazas que se
ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino en el concurso-oposición de Terapeuta
Ocupacional, por el sistema de acceso libre, convocadas mediante Resolución de 22 de
diciembre de 2022, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a
con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313730
Segundo. Publicar como Anexo II de esta resolución la relación complementaria de
personas aspirantes a las que se acude en esta resolución, y que, siguiendo a las que
superan el concurso-oposición de Terapeuta Ocupacional, por el sistema de acceso libre,
se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, para su
posible nombramiento como personal estatutario fijo.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 7 - Lunes, 13 de enero de 2025
página 117/3
RESU ELV E
Primero. Declarar decaídas en su derecho a obtener la condición de personal
estatutario fijo como consecuencia de este concreto proceso selectivo a las personas que
se relacionan en el Anexo I de esta resolución, al no haber realizado la toma de posesión
de la plaza adjudicada y al no haber subsanado la falta de presentación de declaración
responsable en el plazo establecido en la citada Resolución de 21 de octubre de 2024, de
la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud (BOJA núm. 209, de 25
de octubre), por la que se nombra personal estatutario fijo en la categoría de Terapeuta
Ocupacional, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado
el proceso selectivo de concurso-oposición, convocado mediante Resolución de 22 de
diciembre de 2022.
Tercero. Las personas aspirantes que figuran en el Anexo II de esta resolución
deberán presentar, en el plazo de 5 días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil al
de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
inclusive, la solicitud de petición de centro de destino de forma electrónica, a través del
formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de petición de destinos de
la Ventanilla Electrónica de la persona Candidata (VEC) disponible en la página web del
Servicio Andaluz de Salud (www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud).
En virtud de lo dispuesto en la base 11.1 de las bases generales, y al objeto de
garantizar la obtención de un centro de destino de entre los solicitados, todas las personas
aspirantes incluidas en la relación complementaria del Anexo II de esta resolución, con
independencia de la puntuación obtenida, han de solicitar por orden de preferencia todos
los centros de destino ofertados especificando para ello los códigos de centros indicados
en el Anexo I de la Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Dirección General de
Personal del Servicio Andaluz de Salud (publicada en la web del Servicio Andaluz de
Salud el 5 de septiembre de 2024), por la que se indica la relación de las plazas que se
ofertan y se inicia el plazo para solicitar destino en el concurso-oposición de Terapeuta
Ocupacional, por el sistema de acceso libre, convocadas mediante Resolución de 22 de
diciembre de 2022, en desarrollo de la Oferta de Empleo Público para la estabilización de
empleo temporal para 2021 en los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.
En dicha solicitud de petición de centro de destino la persona aspirante declarará
bajo su responsabilidad que:
a) No ha sido separado/a del servicio mediante expediente disciplinario de ninguna
Administración Pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni hallarse inhabilitado/a
con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas.
b) No ha sido condenado/a mediante sentencia firme por delitos contra la libertad e
indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de posesión.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de toma de posesión.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313730
Segundo. Publicar como Anexo II de esta resolución la relación complementaria de
personas aspirantes a las que se acude en esta resolución, y que, siguiendo a las que
superan el concurso-oposición de Terapeuta Ocupacional, por el sistema de acceso libre,
se les requiere presentación de solicitudes de petición de centro de destino, para su
posible nombramiento como personal estatutario fijo.