3. Otras disposiciones. . (2025/4-22)
Orden de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica la autorización de enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Al-Ándalus Linares» de Linares (Jaén). (PP. 10279/2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 4 - Miércoles, 8 de enero de 2025

página 55958/1

3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Orden de 10 de diciembre de 2024, por la que se modifica la autorización de
enseñanzas del centro docente privado de formación profesional «Al-Ándalus
Linares» de Linares (Jaén). (PP. 10279/2024).
Visto el expediente tramitado a instancia de don Antonio Gallardo Martínez, como
administrador único de Centro de Técnicos Deportivos Al-Ándalus, S.L., entidad titular
del centro docente privado de formación profesional «Al-Ándalus Linares», con domicilio
en C/ Calderón núm. 1, de Linares (Jaén), solicitando modificar la autorización de
enseñanzas con la que cuenta, por ampliación de las mismas en un ciclo formativo de
formación profesional de grado medio de Cuidados auxiliares de enfermería y dos ciclos
formativos de formación profesional de grado superior (uno de Marketing y publicidad
y uno de Transporte y logística) y por supresión de un ciclo formativo de formación
profesional de grado medio de Atención a personas en situación de dependencia, según
lo dispuesto en el Decreto 109/1992, de 9 de junio.
Primero. Resultando que el citado centro, con código 23009663, tiene autorización
para impartir tres ciclos formativos de formación profesional de grado medio (dos de
Guía en el medio natural y de tiempo libre y uno de Atención a personas en situación de
dependencia) y cuatro ciclos formativos de formación profesional de grado superior (uno
de Acondicionamiento Físico, dos de Enseñanza y Animación Sociodeportiva y uno de
Educación Infantil).

Vistos la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio (BOE del 4), reguladora del Derecho
a la Educación; la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo (BOE del 4), de Educación; la
Ley 17/2007, de 10 de diciembre (BOJA del 26), de Educación de Andalucía; la Ley
39/2015, de 1 de octubre (BOE del 2), del Procedimiento administrativo común de las
administraciones públicas; el Real Decreto 132/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de
marzo), por el que se establecen los requisitos mínimos de los centros que impartan
las enseñanzas del segundo ciclo de la educación infantil, la educación primaria y la
educación secundaria; el Real Decreto 659/2023, de 18 de julio (BOE del 22), por el
que se desarrolla la ordenación del sistema de formación profesional; el Real Decreto
546/1995, de 7 de abril (BOE de 5 de junio), por el que se establece el título de Técnico en
Cuidados auxiliares de enfermería y las correspondientes enseñanzas mínimas; el Real
Decreto 1571/2011, de 4 de noviembre (BOE de 13 de diciembre), por el que se establece
el Título de Técnico Superior en Marketing y publicidad y se fijan sus enseñanzas
mínimas; el Real Decreto 1572/2011, de 4 de noviembre (BOE de 13 de diciembre), por
el que se establece el Título de Técnico Superior en Transporte y logística y se fijan sus
enseñanzas mínimas; el Decreto 436/2008, de 2 de septiembre (BOJA del 12), por el
que se establece la ordenación y las enseñanzas de la formación profesional inicial que
forma parte del sistema educativo; el Decreto 109/1992, de 9 de junio (BOJA del 20),
sobre autorizaciones de centros docentes privados, para impartir enseñanzas de régimen
general, y demás normas de vigente aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00312904

Segundo. Resultando que en el expediente de autorización han recaído informes
favorables del Servicio de Inspección de Educación de la Delegación Territorial de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional y de Universidad, Investigación e Innovación
de Jaén y de la Gerencia Provincial de la Agencia Pública Andaluza de Educación.