3. Otras disposiciones. . (2025/3-43)
Resolución de 5 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede modificación de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la implantación de la instalación de generación de energía eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica y declaración, en concreto, de utilidad pública para la infraestructura eléctrica de evacuación asociada. (PP. 10018/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 3 - Martes, 7 de enero de 2025
página 54024/2
• Diario de Sevilla de 1 de abril de 2024.
• Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, con certificación
expedida el 6 de agosto de 2024.
Indicando que en el expediente se han producido alegaciones, así como manifestaciones
del peticionario a las mismas. Dichas alegaciones han sido formuladas por:
• PS Solar Alcores S.L., con fecha de 2 de mayo de 2024 formula alegaciones relativas
a la Relevancia y prevalencia del proyecto «Alcores Alcalá» y sobre las afecciones del
proyecto «HSF Alcalá 6» a las instalaciones del proyecto «Alcores Alcalá». Remitido
escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta de fecha de 27 de mayo
de 2024 exponiendo que ha tenido en consideración la implantación de la planta solar
fotovoltaica Alcores-Alcalá sin comprometer su viabilidad e implantación y además como
culminación de las negociaciones de buena fe llevadas a cabo entre ambas promotoras,
se ha firmado acuerdo de servidumbre de paso por la parcela 24 del polígono 8, sobre la
que la sociedad PV Alcores, S.L. tiene un derecho de superficie.
• Edistribución Redes Digitales con fecha de 28 de junio de 2024 formula escrito
de alegaciones precisando que «se deberá consensuar el trazado proyectado con el
departamento técnico, debido a la afección a las instalaciones proyectadas y existentes,
y ver la compatibilidad de ambos proyectos». Remitido escrito a la peticionaria, se recibe
respuesta con fecha 11 de septiembre de 2024, y en resumen indican: «Que Dinamedia
Energías Renovables S.L. ha firmado con E-Distribución Redes Digitales S.L. convenio
para la conexión de la planta de generación de energía eléctrica Alcalá 6 en la Subestación
Polo, barras de 15 kV, con la aceptación y abono de las condiciones económicas de la
conexión»; y «manifestar también el interés de Dinamedia Energías Renovables, S.L. en
consensuar el trazado propuesto y la entrada a la SET con E-Distribución y su mejor
voluntad de alcanzar mutuo acuerdo para el establecimiento de la servidumbre».
De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el citado Título VII del
Real Decreto 1955/2000, el peticionario declara la no existencia de Administraciones,
organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados
por las modificaciones solicitadas en el procedimiento.
Cuarto. Con fecha de 13 de octubre 2022, la compañía E-Distribución Redes Digitales
emite un informe actualizando las condiciones de acceso y conexión en la Barras
SET Polo 15kV, concediendo una potencia máxima de evacuación de 11 MW para la
instalación eléctrica de referencia, aceptado por el solicitante.
Quinto. Con fecha de 9 de octubre de 2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad
y Medio Ambiente en Sevilla, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del
Decreto 356/2010, resuelve la no sustancialidad de las modificaciones planteadas al
informe favorable de carácter vinculante de autorización ambiental unificada (Expte. AAU/
SE/0078/2021/M1).
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310972
FUNDAMENTOS DE DERECHO
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página 54024/2
• Diario de Sevilla de 1 de abril de 2024.
• Tablón de Edictos del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, con certificación
expedida el 6 de agosto de 2024.
Indicando que en el expediente se han producido alegaciones, así como manifestaciones
del peticionario a las mismas. Dichas alegaciones han sido formuladas por:
• PS Solar Alcores S.L., con fecha de 2 de mayo de 2024 formula alegaciones relativas
a la Relevancia y prevalencia del proyecto «Alcores Alcalá» y sobre las afecciones del
proyecto «HSF Alcalá 6» a las instalaciones del proyecto «Alcores Alcalá». Remitido
escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta de fecha de 27 de mayo
de 2024 exponiendo que ha tenido en consideración la implantación de la planta solar
fotovoltaica Alcores-Alcalá sin comprometer su viabilidad e implantación y además como
culminación de las negociaciones de buena fe llevadas a cabo entre ambas promotoras,
se ha firmado acuerdo de servidumbre de paso por la parcela 24 del polígono 8, sobre la
que la sociedad PV Alcores, S.L. tiene un derecho de superficie.
• Edistribución Redes Digitales con fecha de 28 de junio de 2024 formula escrito
de alegaciones precisando que «se deberá consensuar el trazado proyectado con el
departamento técnico, debido a la afección a las instalaciones proyectadas y existentes,
y ver la compatibilidad de ambos proyectos». Remitido escrito a la peticionaria, se recibe
respuesta con fecha 11 de septiembre de 2024, y en resumen indican: «Que Dinamedia
Energías Renovables S.L. ha firmado con E-Distribución Redes Digitales S.L. convenio
para la conexión de la planta de generación de energía eléctrica Alcalá 6 en la Subestación
Polo, barras de 15 kV, con la aceptación y abono de las condiciones económicas de la
conexión»; y «manifestar también el interés de Dinamedia Energías Renovables, S.L. en
consensuar el trazado propuesto y la entrada a la SET con E-Distribución y su mejor
voluntad de alcanzar mutuo acuerdo para el establecimiento de la servidumbre».
De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el citado Título VII del
Real Decreto 1955/2000, el peticionario declara la no existencia de Administraciones,
organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados
por las modificaciones solicitadas en el procedimiento.
Cuarto. Con fecha de 13 de octubre 2022, la compañía E-Distribución Redes Digitales
emite un informe actualizando las condiciones de acceso y conexión en la Barras
SET Polo 15kV, concediendo una potencia máxima de evacuación de 11 MW para la
instalación eléctrica de referencia, aceptado por el solicitante.
Quinto. Con fecha de 9 de octubre de 2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad
y Medio Ambiente en Sevilla, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del
Decreto 356/2010, resuelve la no sustancialidad de las modificaciones planteadas al
informe favorable de carácter vinculante de autorización ambiental unificada (Expte. AAU/
SE/0078/2021/M1).
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
• Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para
Andalucía.
• Decreto del Presidente 10/2022, de 25 de julio, sobre reestructuración de
Consejerías.
• Decreto 163/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la
Consejería de Política Industrial y Energía.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00310972
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