Autoridades y personal. . (2025/3-37)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Secretaría General del Consejo Audiovisual de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria pública para cubrir puesto de trabajo, próximo a quedar vacante, por el sistema de libre designación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Martes, 7 de enero de 2025

página 56355/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
CONSEJO AUDIOVISUAL DE ANDALUCÍA
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Secretaría General del Consejo
Audiovisual de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria pública para
cubrir puesto de trabajo, próximo a quedar vacante, por el sistema de libre
designación.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 124 y 128 de la Ley 5/2023, de 7 de
junio, de la Función Pública de Andalucía, y en lo que no se opongan a lo dispuesto en
la citada ley, en los artículos 60 a 66 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se
aprueba el Reglamento General de ingreso, promoción interna y promoción profesional
de los funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, esta Secretaría
General, en virtud del Decreto 242/2021, de 26 de octubre, por el que se aprueba el
Reglamento Orgánico y de Funcionamiento del Consejo Audiovisual de Andalucía, y en
uso de la competencia conferida en el artículo 1.h) de la Resolución de 28 de mayo de
2013, de la Presidencia del Consejo Audiovisual de Andalucía, por la que se delegan
competencias en materia de gestión económica, contratación y recursos humanos en
la Secretaría General del Consejo Audiovisual de Andalucía, anuncia la provisión de un
puesto de trabajo, próximo a quedar vacantes, por el sistema de libre designación, con
sujeción a las siguientes bases:
Primera. Se convoca la provisión del puesto de trabajo próximo a quedar vacante
que se detalla en el Anexo I de la presente resolución, mediante el sistema de libre
designación.
Segunda. Podrá participar en la presente convocatoria el personal funcionario
que reúna los requisitos señalados para el desempeño del puesto en el anexo que se
acompaña, y aquellos otros de carácter general exigidos por la legislación vigente.

Cuarta. Una vez transcurrido el periodo de presentación de instancias, las solicitudes
formuladas serán vinculantes para los peticionarios y el destino adjudicado será
irrenunciable, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera
obtenido otro destino mediante convocatoria pública.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313300

Tercera. 1. Las solicitudes deberán dirigirse a la Secretaría General del Consejo
Audiovisual de Andalucía dentro del plazo de diez días hábiles, contados a partir del
día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía, obligatoriamente en el Registro Electrónico General de la Junta de
Andalucía, de conformidad con lo establecido en el artículo 14.2.e) de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o en los registros electrónicos del sector público al que se refiere el artículo 2.1 de la Ley
39/2015, de 1 de octubre.
2. En la solicitud figurarán los datos de identificación de la persona solicitante,
incluyendo el número de registro de personal, y el puesto que se solicita, acompañando
hoja de acreditación de datos y/o curriculum vitae en el que se hará constar el cuerpo de
pertenencia, títulos académicos, puestos de trabajo desempeñados en la Administración
Pública, y cuantos otros méritos se relacionen con el contenido del puesto que se solicita.
3. Los méritos alegados que no figuren en la hoja de acreditación de datos deberán
ser justificados con la documentación original o fotocopias debidamente compulsadas.