3. Otras disposiciones. . (2025/3-45)
Resolución de 18 de noviembre de 2024, de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda, Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Sevilla, por la que se concede autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción y declaración en concreto de utilidad pública para la infraestructura eléctrica de evacuación asociada. (PP. 10167/2024).
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 3 - Martes, 7 de enero de 2025
página 55028/2
- Tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, con certificación
expedida el 6 de agosto de 2024.
Indicando que en el expediente se han producido alegaciones, así como
manifestaciones del peticionario a las mismas.
Dichas alegaciones han sido formuladas por:
- Grupo Cementos Portland Valderrivas con fecha de 18 de abril de 2024 formula
escrito de alegaciones precisando que «la promotora aproveche los 8 metros de anchura
de la vía de servicio para asegurar que no se produzca ningún corte que de lugar a la
disrupción en el funcionamiento de la fábrica».
Remitido escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta con fecha 24 de
mayo de 2024, y en resumen indican: «que toma conocimiento y muestra su conformidad
y que tomará las medidas necesarias aprovechando los 8 metros de anchura de dicha vía
de servicio».
- C.P.P. Urbanización Santa Genoveva con fecha 18 de abril de 2024 formula escrito
de alegaciones precisando que «por acuerdo del pleno municipal del Ayuntamiento de
Alcalá de Guadaíra celebrado el pasado martes, 16 de abril, no se podrán ubicar en el
término municipal de Alcalá de Guadaíra ninguna instalación de generación de energía
eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica a menos de 500 metros de cualquier
núcleo residencial urbano de los que se encuentren el referido término municipal».
Remitido escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta con fecha 27
de mayo de 2024, y en resumen indican:
- «El pleno municipal del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra celebrado el pasado
martes 16 de abril de 2024 no aprobó ningún acuerdo referido a la modificación de las
condiciones de implantación de las plantas solares fotovoltaicas en el término municipal
tal y como afirman en su escrito».
- «Igualmente, se puso de manifiesto en la sesión plenaria que cualquier modificación
de las condiciones de implantación de las plantas solares fotovoltaicas debe hacerse
mediante una modificación de Plan General de Ordenación Urbana».
- «Dinamedia Energías Renovables manifiesta que la planta solar fotovoltaica Alcalá 1
cumple con la normativa urbanística que le resulta de aplicación en relación con las
condiciones de implantación».
De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el citado Título VII del
Real Decreto 1955/2000, el peticionario declara la no existencia de Administraciones,
organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas
por las modificaciones solicitadas en el procedimiento.
Cuarto. Con fecha de 18 de octubre 2022, la compañía E-Distribución Redes Digitales
emite un informe actualizando las condiciones de acceso y conexión en la SET Espaldillas
15 kV, concediendo una potencia máxima de evacuación de 14,00 MW para la instalación
eléctrica de referencia, aceptado por el solicitante.
Quinto. Con fecha de 9 de octubre de 2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad
y Medio Ambiente en Sevilla, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto
356/2010, resuelve la no sustancialidad de las modificaciones planteadas al informe
favorable de carácter vinculante de autorización ambiental unificada (Expte AAU/
SE/0088/2021/M1).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311975
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes.
BOJA
Número 3 - Martes, 7 de enero de 2025
página 55028/2
- Tablón de edictos del Excmo. Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra, con certificación
expedida el 6 de agosto de 2024.
Indicando que en el expediente se han producido alegaciones, así como
manifestaciones del peticionario a las mismas.
Dichas alegaciones han sido formuladas por:
- Grupo Cementos Portland Valderrivas con fecha de 18 de abril de 2024 formula
escrito de alegaciones precisando que «la promotora aproveche los 8 metros de anchura
de la vía de servicio para asegurar que no se produzca ningún corte que de lugar a la
disrupción en el funcionamiento de la fábrica».
Remitido escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta con fecha 24 de
mayo de 2024, y en resumen indican: «que toma conocimiento y muestra su conformidad
y que tomará las medidas necesarias aprovechando los 8 metros de anchura de dicha vía
de servicio».
- C.P.P. Urbanización Santa Genoveva con fecha 18 de abril de 2024 formula escrito
de alegaciones precisando que «por acuerdo del pleno municipal del Ayuntamiento de
Alcalá de Guadaíra celebrado el pasado martes, 16 de abril, no se podrán ubicar en el
término municipal de Alcalá de Guadaíra ninguna instalación de generación de energía
eléctrica mediante tecnología solar fotovoltaica a menos de 500 metros de cualquier
núcleo residencial urbano de los que se encuentren el referido término municipal».
Remitido escrito de alegaciones a la peticionaria, se recibe respuesta con fecha 27
de mayo de 2024, y en resumen indican:
- «El pleno municipal del Ayuntamiento de Alcalá de Guadaíra celebrado el pasado
martes 16 de abril de 2024 no aprobó ningún acuerdo referido a la modificación de las
condiciones de implantación de las plantas solares fotovoltaicas en el término municipal
tal y como afirman en su escrito».
- «Igualmente, se puso de manifiesto en la sesión plenaria que cualquier modificación
de las condiciones de implantación de las plantas solares fotovoltaicas debe hacerse
mediante una modificación de Plan General de Ordenación Urbana».
- «Dinamedia Energías Renovables manifiesta que la planta solar fotovoltaica Alcalá 1
cumple con la normativa urbanística que le resulta de aplicación en relación con las
condiciones de implantación».
De acuerdo con los trámites reglamentarios establecidos en el citado Título VII del
Real Decreto 1955/2000, el peticionario declara la no existencia de Administraciones,
organismos o empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas
por las modificaciones solicitadas en el procedimiento.
Cuarto. Con fecha de 18 de octubre 2022, la compañía E-Distribución Redes Digitales
emite un informe actualizando las condiciones de acceso y conexión en la SET Espaldillas
15 kV, concediendo una potencia máxima de evacuación de 14,00 MW para la instalación
eléctrica de referencia, aceptado por el solicitante.
Quinto. Con fecha de 9 de octubre de 2024, la Delegación Territorial de Sostenibilidad
y Medio Ambiente en Sevilla, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 9 del Decreto
356/2010, resuelve la no sustancialidad de las modificaciones planteadas al informe
favorable de carácter vinculante de autorización ambiental unificada (Expte AAU/
SE/0088/2021/M1).
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. La competencia para conocer y resolver este expediente la tiene otorgada
esta Delegación en virtud de las siguientes disposiciones:
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00311975
A los anteriores antecedentes de hecho les corresponden los siguientes.