3. Otras disposiciones. . (2025/3-53)
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política Forestal y Biodiversidad, por la que se somete al trámite de información pública el proyecto de orden, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las inversiones forestales no productivas con destino a la prevención de incendios y a la gestión forestal sostenible cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el periodo 2023-2027
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Martes, 7 de enero de 2025
página 56371/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política
Forestal y Biodiversidad, por la que se somete al trámite de información
pública el proyecto de orden, por el que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones a las inversiones forestales no productivas
con destino a la prevención de incendios y a la gestión forestal sostenible
cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el periodo
2023-2027
Con fecha de 16 de diciembre de 2024, la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad
y Medio Ambiente acordó el inicio del procedimiento de elaboración del proyecto de orden
por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las
inversiones forestales no productivas con destino a la prevención de incendios y a la
gestión forestal sostenible cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el
periodo 2023-2027.
El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, establece que cuando una disposición afecte a los derechos
e intereses legítimos de la ciudadanía será sometida a información pública durante un
plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, debiendo publicarse la iniciativa, al
menos, en el Portal de la Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá
producirse por cualquier medio admisible en derecho.
En el acuerdo de inicio del presente proyecto normativo, se acuerda la tramitación
de urgencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 6 del Decreto-ley
3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa
y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y artículo 45 bis de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De otro lado, el artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada
de la Calidad Ambiental, relativo a la participación pública en asuntos con incidencia
medioambiental, indica que se debe informar a la ciudadanía, a través de los medios
apropiados, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y
programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la
materia, de modo que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes
de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general,
debiendo indicar la forma en que lo pueden hacer y que éstas sean debidamente tenidas
en cuenta por la Administración Pública.
RESU ELVO
Primero. Someter al trámite de información pública el proyecto de orden por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las inversiones
forestales no productivas con destino a la prevención de incendios y a la gestión forestal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313317
En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo previsto en el apartado
segundo del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 45.1.d) y 45 bis.2.b) de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Martes, 7 de enero de 2025
página 56371/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE SOSTENIBILIDAD Y MEDIO AMBIENTE
Resolución de 18 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Política
Forestal y Biodiversidad, por la que se somete al trámite de información
pública el proyecto de orden, por el que se establecen las bases reguladoras
para la concesión de subvenciones a las inversiones forestales no productivas
con destino a la prevención de incendios y a la gestión forestal sostenible
cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER)
en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el periodo
2023-2027
Con fecha de 16 de diciembre de 2024, la persona titular de la Consejería de Sostenibilidad
y Medio Ambiente acordó el inicio del procedimiento de elaboración del proyecto de orden
por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las
inversiones forestales no productivas con destino a la prevención de incendios y a la
gestión forestal sostenible cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo
Rural (FEADER) en el marco del Plan Estratégico de la Política Agraria Común para el
periodo 2023-2027.
El artículo 45.1.d) de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, establece que cuando una disposición afecte a los derechos
e intereses legítimos de la ciudadanía será sometida a información pública durante un
plazo razonable y no inferior a quince días hábiles, debiendo publicarse la iniciativa, al
menos, en el Portal de la Junta de Andalucía. La participación de la ciudadanía podrá
producirse por cualquier medio admisible en derecho.
En el acuerdo de inicio del presente proyecto normativo, se acuerda la tramitación
de urgencia, de conformidad con lo establecido en los artículos 5 y 6 del Decreto-ley
3/2021, de 16 de febrero, por el que se adoptan medidas de agilización administrativa
y racionalización de los recursos para el impulso a la recuperación y resiliencia en el
ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y artículo 45 bis de la Ley 6/2006, de
24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
De otro lado, el artículo 10.1 de la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada
de la Calidad Ambiental, relativo a la participación pública en asuntos con incidencia
medioambiental, indica que se debe informar a la ciudadanía, a través de los medios
apropiados, sobre cualquier iniciativa de elaboración de propuestas de planes y
programas medioambientales, así como de disposiciones de carácter general en la
materia, de modo que la ciudadanía pueda formular observaciones y alegaciones antes
de que se adopte la decisión sobre el plan, programa o disposición de carácter general,
debiendo indicar la forma en que lo pueden hacer y que éstas sean debidamente tenidas
en cuenta por la Administración Pública.
RESU ELVO
Primero. Someter al trámite de información pública el proyecto de orden por la que se
establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a las inversiones
forestales no productivas con destino a la prevención de incendios y a la gestión forestal
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313317
En virtud de lo anteriormente expuesto, de acuerdo con lo previsto en el apartado
segundo del artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 45.1.d) y 45 bis.2.b) de la Ley
6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,