Disposiciones generales. . (2025/3-1)
Corrección de errores del Extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan, para el año 2025, las subvenciones previstas en la Orden de 19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía (BOJA núm. 249, de 26 de diciembre de 2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 3 - Martes, 7 de enero de 2025

página 56593/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Corrección de errores del Extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2024,
de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que
se convocan, para el año 2025, las subvenciones previstas en la Orden de 19
de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), por la que se establecen las
bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia
competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía (BOJA núm. 249,
de 26 de diciembre de 2024).
El 16 de diciembre de 2024 se dictó Resolución por la Dirección de la Agencia Andaluza
de Instituciones Culturales por la que se convocan para el año 2025, las subvenciones
previstas en la Orden de 19 de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), por la
que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de
concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes en Andalucía.
Tanto la mencionada resolución de convocatoria de las ayudas referidas como el
Extracto de dicha resolución de convocatoria fueron publicadas en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía número 249, de 26 de diciembre de 2024.
Se advierte error en el Extracto de la Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la
Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales por la que se convocan,
para el año 2025, las subvenciones previstas en la Orden de 19 de mayo de 2017 (BOJA
núm. 99, de 26 de mayo), por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de
subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la producción de cortometrajes
en Andalucía, al indicarse en su apartado sexto el plazo de presentación de solicitudes
de forma errónea.
En base a lo expuesto, atendiendo al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y al
artículo 15 del Decreto 103/2011, de 19 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de
la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales,
RESU ELVO
Proceder a la corrección del apartado sexto del Extracto de la Resolución de 16 de
diciembre de 2024, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales,
por la que se convocan, para el año 2025, las subvenciones previstas en la Orden de 19
de mayo de 2017 (BOJA núm. 99, de 26 de mayo), por la que se establecen las bases
reguladoras de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a la
producción de cortometrajes en Andalucía, en los siguientes términos:

Debe decir: «Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes iniciará su cómputo el primer día hábil siguiente
al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía del Extracto previsto en
el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,
hasta el 29 de enero de 2025.»
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313543

Donde dice: «Sexto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días, iniciándose su cómputo el
primer día hábil siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
del extracto, previsto en el art. 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones.»