3. Otras disposiciones. . (2025/2-35)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se acuerda la inscripción en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la modificación estatutaria de la Fundación Hospital Asilo de San Pedro Apóstol.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Viernes, 3 de enero de 2025
página 56548/2
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Decreto 279/2003,
de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán
inscribirse en dicho registro, la modificación o nueva redacción de los estatutos de la
Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde
las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto
279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de
pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación Hospital Asilo de San
Pedro Apóstol, en el Registro de Fundaciones de Andalucía formalizados en escritura
pública otorgada el 18.11.2024, ante don Rafael Díaz Vieito Piélagos, Notario del Ilustre
Colegio de Andalucía, registrada con el número 5896 de su protocolo.
Segundo. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
00313499
Sevilla, 12 de diciembre de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 2 - Viernes, 3 de enero de 2025
página 56548/2
Cuarto. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8.b) y n) del Decreto 279/2003,
de 7 de octubre, por el que se crea el Registro de Fundaciones de Andalucía, deberán
inscribirse en dicho registro, la modificación o nueva redacción de los estatutos de la
Fundación, así como todos los actos que estén sujetos a comunicación.
Esta Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, a quien corresponde
las funciones del Registro de Fundaciones de Andalucía, creado mediante el Decreto
279/2003, y todo ello de acuerdo con los artículos 1.i) y 11.5 del Decreto 164/2022, de
9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública, vistos los preceptos legales citados y demás de
pertinente aplicación,
RESU ELV E
Primero. Inscribir la modificación de estatutos de la Fundación Hospital Asilo de San
Pedro Apóstol, en el Registro de Fundaciones de Andalucía formalizados en escritura
pública otorgada el 18.11.2024, ante don Rafael Díaz Vieito Piélagos, Notario del Ilustre
Colegio de Andalucía, registrada con el número 5896 de su protocolo.
Segundo. Ordenar la notificación de la presente resolución a la Fundación y su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Contra esta resolución, que no agota la vía administrativa y de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 26.5 del Reglamento de organización y funcionamiento del
Registro de Fundaciones de Andalucía y en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de
1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
así como el artículo 115 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la
Junta de Andalucía, cabe interponer recurso de alzada, en el plazo de un mes, a contar
desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante la persona titular de la
Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública.
00313499
Sevilla, 12 de diciembre de 2024.- El Director General, Esteban Rondón Mata.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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