Disposiciones generales. . (2025/1-2)
Corrección de errores de la Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Vivienda, por la que se incrementa el importe del crédito inicialmente destinado al Programa de Garantía Vivienda Joven de la Junta de Andalucía, se distribuye entre las Entidades Financieras Colaboradoras que lo han solicitado (BOJA núm. 245, de 19.12.2024).
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025

página 56592/1

1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE FOMENTO, ARTICULACIÓN DEL TERRITORIO
Y VIVIENDA
Corrección de errores de la Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la
Secretaría General de Vivienda, por la que se incrementa el importe del crédito
inicialmente destinado al Programa de Garantía Vivienda Joven de la Junta de
Andalucía, se distribuye entre las Entidades Financieras Colaboradoras que lo
han solicitado (BOJA núm. 245, de 19.12.2024).
Corrección de errores de la Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría
General de Vivienda, por la que incrementa el importe del crédito inicialmente destinado
al Programa Garantía Vivienda Joven de la Junta de Andalucía, se distribuye su crédito
entre las Entidades Financieras Colaboradoras que lo han solicitado.
Advertido error en la Resolución de 5 de diciembre de 2024, de la Secretaría General
de Vivienda, por la que se incrementa el importe del crédito inicialmente destinado al
Programa Garantía Vivienda Joven de la Junta de Andalucía, y se distribuye su crédito
entre las Entidades Financieras Colaboradoras que lo han solicitado, publicada en el
BOJA núm. 245, de 19.12.2024, se procede a su rectificación conforme al artículo 109
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, en el siguiente sentido:
Uno. En el párrafo último del antecedente de hecho sexto, donde dice:
«En consecuencia queda un saldo de 121.612 € en la cuenta de la línea “Andalucía,
Financiación Empresarial”, sublínea “Instrumento financiero Garantía Vivienda Andalucía”,
para su distribución posterior.»
Debe decir:
«En consecuencia queda un saldo de 121.611 € en la cuenta de la línea “Andalucía,
Financiación Empresarial”, sublínea “Instrumento financiero Garantía Vivienda Andalucía”,
para su distribución posterior.»
Dos. En el párrafo último del apartado segundo del resuelvo, donde dice:
«Quedando un saldo de 121.612 € en la cuenta de la línea “Andalucía, Financiación
Empresarial” a la cuenta de la sublínea “Instrumento financiero Garantía Vivienda
Andalucía”, para su distribución posterior.»

00313544

Debe decir:
«Quedando un saldo de 121.611 € en la cuenta de la línea “Andalucía, Financiación
Empresarial” a la cuenta de la sublínea “Instrumento financiero Garantía Vivienda
Andalucía”, para su distribución posterior.»

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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