3. Otras disposiciones. . (2025/1-36)
Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se declara de utilidad pública en Andalucía al Club de Mar de Almería.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025
página 56566/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
declara de utilidad pública en Andalucía al Club de Mar de Almería.
En virtud del artículo 72.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deportes y de
actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de
estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades
deportivas.
La declaración de utilidad pública en Andalucía aparece regulada en el artículo 53
de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía y en el artículo 18 del Decreto
41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se
establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades
Deportivas.
Con fecha 27 de septiembre de 2024, el Club de Mar de Almería presenta una
solicitud de declaración de utilidad pública autonómica, siendo incoado el correspondiente
procedimiento mediante acuerdo de la Dirección General de Sistemas y Valores del
Deporte de 10 de octubre de 2024, que igualmente emitió Informe-Propuesta favorable a
la declaración con fecha 16 de diciembre de 2024.
Analizada la documentación que conforma el expediente queda acreditado que se
cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la legislación vigente, pudiéndose
concluir que los fines estatutarios del Club de Mar de Almería promueven el desarrollo
y la práctica continuada de la actividad deportiva, las actividades son realizadas en
cumplimiento de sus fines sociales y se encuentran abiertas no solo a los socios sino a
cualquier otro beneficiario que reúna las condiciones exigidas por la índole de los propios
fines del Club. Por todo ello, resulta oportuno declarar al Club de Mar de Almería de
utilidad pública en Andalucía, con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016,
de 19 de julio.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Deporte, conforme a lo
dispuesto en el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía,
el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 26 de diciembre de 2024,
ACUERDO
Primero. Declarar de utilidad pública en Andalucía al Club de Mar de Almería, con los
efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.
Segundo. Este acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de diciembre de 2024
Presidente de la Junta de Andalucía
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313516
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 1 - Jueves, 2 de enero de 2025
página 56566/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTE
Acuerdo de 26 de diciembre de 2024, del Consejo de Gobierno, por el que se
declara de utilidad pública en Andalucía al Club de Mar de Almería.
En virtud del artículo 72.1 del Estatuto de Autonomía para Andalucía corresponde
a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de deportes y de
actividades de tiempo libre, que incluye la planificación, la coordinación y el fomento de
estas actividades, así como la regulación y declaración de utilidad pública de entidades
deportivas.
La declaración de utilidad pública en Andalucía aparece regulada en el artículo 53
de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía y en el artículo 18 del Decreto
41/2022, de 8 de marzo, por el que se regulan las Entidades Deportivas de Andalucía y se
establece la estructura y régimen de funcionamiento del Registro Andaluz de Entidades
Deportivas.
Con fecha 27 de septiembre de 2024, el Club de Mar de Almería presenta una
solicitud de declaración de utilidad pública autonómica, siendo incoado el correspondiente
procedimiento mediante acuerdo de la Dirección General de Sistemas y Valores del
Deporte de 10 de octubre de 2024, que igualmente emitió Informe-Propuesta favorable a
la declaración con fecha 16 de diciembre de 2024.
Analizada la documentación que conforma el expediente queda acreditado que se
cumplen todos y cada uno de los requisitos exigidos por la legislación vigente, pudiéndose
concluir que los fines estatutarios del Club de Mar de Almería promueven el desarrollo
y la práctica continuada de la actividad deportiva, las actividades son realizadas en
cumplimiento de sus fines sociales y se encuentran abiertas no solo a los socios sino a
cualquier otro beneficiario que reúna las condiciones exigidas por la índole de los propios
fines del Club. Por todo ello, resulta oportuno declarar al Club de Mar de Almería de
utilidad pública en Andalucía, con los efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016,
de 19 de julio.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Cultura y Deporte, conforme a lo
dispuesto en el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía,
el artículo 27.22 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad
Autónoma de Andalucía y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del
día 26 de diciembre de 2024,
ACUERDO
Primero. Declarar de utilidad pública en Andalucía al Club de Mar de Almería, con los
efectos que señala el artículo 53 de la Ley 5/2016, de 19 de julio, del Deporte de Andalucía.
Segundo. Este acuerdo surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 26 de diciembre de 2024
Presidente de la Junta de Andalucía
PATRICIA DEL POZO FERNÁNDEZ
Consejera de Cultura y Deporte
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313516
JUAN MANUEL MORENO BONILLA