3. Otras disposiciones. . (2024/252-23)
Orden de 23 de diciembre de 2024, por la que se aprueba el replanteo de la línea delimitadora entre los términos municipales de Los Molares y de Utrera, ambos en la provincia de Sevilla, y se establecen sus datos identificativos.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

BOJA

Número 252 - Martes, 31 de diciembre de 2024

página 56513/4

Contra esta orden, con carácter general, podrá interponerse recurso potestativo de
reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a
partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía,
de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En el supuesto de que sea una Administración Pública la que pretenda impugnar esta
orden, podrá interponer requerimiento de revocación en el plazo de dos meses desde su
publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, al amparo de lo previsto en el
artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Sin perjuicio de lo anterior, contra esta orden, que pone fin a la vía administrativa,
podrá interponerse directamente recurso ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo
que corresponda del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en el plazo de dos meses
desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de acuerdo con lo
previsto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción ContenciosoAdministrativa.
Sevilla, 23 de diciembre de 2024
JOSÉ ANTONIO NIETO BALLESTEROS
Consejero de Justicia, Administración Local
y Función Pública

A NE XO
LISTADO DE COORDENADAS DE LOS PUNTOS DE AMOJONAMIENTO DE LA
LÍNEA LÍMITE ENTRE LOS MUNICIPIOS DE LOS MOLARES Y DE UTRERA
Sistema de Referencia ETRS89. Elipsoide de SGR80
Geográficas

Proyección UTM
Huso 30

Latitud (º)

Longitud (º)

X (m)

Y (m)

PA1 común a Alcalá
de Guadaíra, Los
Molares y Utrera.

37.187856905

-05.692649214

260985,44

4119108,38

PA2

37.186755819

-05.691816037

261055,94

4118984,09

PA3

37.181392210

-05.703369089

260013,22

4118418,10

PA4

37.176278920

-05.716132087

258863,71

4117883,09

PA5

37.174728862

-05.719747985

258537,69

4117720,29

PA6

37.173502651

-05.722850821

258258,25

4117592,13

PA7

37.173441736

-05.724684089

258095,26

4117590,05

PA8

37.173827112

-05.726521914

257933,29

4117637,51

PA9

37.171136390

-05.725997928

257971,23

4117337,58

PA10

37.171342869

-05.727049456

257878,51

4117363,18

PA11

37.171255465

-05.728371373

257760,84

4117356,86

PA12

37.171411040

-05.728795986

257723,63

4117375,21

PA13

37.171234803

-05.729428244

257666,92

4117357,27

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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00313463

Punto de
amojonamiento