3. Otras disposiciones. . (2024/251-77)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Universidad Internacional de Andalucía, por la que se ordena la publicación del presupuesto para el ejercicio 2025
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56411/21
Concepto 484. Convenios con otras instituciones
562.475,00 €
Dotación presupuestaria prevista para dar cumplimiento a los acuerdos y convenios suscritos por la Universidad con otras instituciones.
La Universidad Internacional de Andalucía, conforme al artículo 1 de su Ley de Creación,
impartirá sus enseñanzas y desarrollará su investigación y transferencia del conocimiento con particular proyección a la cooperación educativa internacional, tanto en el
ámbito de la Comunidad Iberoamericana y países del Norte de África, como de la Unión
Europea.
En cumplimiento de este mandato, la UNIA cree fundamental apoyar el funcionamiento
de Asociaciones Universitarias que sean coincidentes en objetivos, orientaciones y contenidos con los de la propia Universidad Internacional de Andalucía o los de las Universidades Andaluzas.
En el Presupuesto para 2025 se incluyen las siguientes partidas específicas:
- Convenio Específico de Colaboración entre la UNIA y la Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado que deberá regular una subvención por un importe máximo
de 500.000€ y que deberá imputarse en los ejercicios 2025 y 2026. Dicho convenio
estará sujeto a la existencia de disponibilidad presupuestaria en función de la aportación
prevista por parte de la Comunidad Autónoma como ayuda a la cooperación internacional.
La Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado es una asociación de universidades españolas e iberoamericanas que cuenta con una amplia tradición y difusión en
Iberoamérica y todo el mapa universitario español. Su interés es reconocido por el Sistema Universitario Andaluz (siendo el Sr. Rector de la Universidad de Sevilla quien ostenta la presidencia) que apuesta claramente por el desarrollo del posgrado y de la movilidad de estudiantes y profesores entre las universidades de la citada asociación.
Artículo 49. Al exterior.
1.000,00 euros.
Pagos sin contrapartida directa a agentes situados fuera del territorio nacional o, con
estatuto de extraterritorialidad, o cuando deban efectuarse en divisas. A este artículo se
imputarán también las cuotas y contribuciones a Organismos Internacionales.
Concepto 490. Cuotas y contribuciones a organismos internacionales
1.000,00 €
CAPÍTULO 5: FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS FONDOS
El artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, establece que el Estado, las
Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales incluidas en el ámbito subjetivo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313355
Por Orden de 13 de diciembre de 2021 de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea, se autoriza la creación en la clasificación económica de gastos del presupuesto de las Universidades del capítulo 5.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56411/21
Concepto 484. Convenios con otras instituciones
562.475,00 €
Dotación presupuestaria prevista para dar cumplimiento a los acuerdos y convenios suscritos por la Universidad con otras instituciones.
La Universidad Internacional de Andalucía, conforme al artículo 1 de su Ley de Creación,
impartirá sus enseñanzas y desarrollará su investigación y transferencia del conocimiento con particular proyección a la cooperación educativa internacional, tanto en el
ámbito de la Comunidad Iberoamericana y países del Norte de África, como de la Unión
Europea.
En cumplimiento de este mandato, la UNIA cree fundamental apoyar el funcionamiento
de Asociaciones Universitarias que sean coincidentes en objetivos, orientaciones y contenidos con los de la propia Universidad Internacional de Andalucía o los de las Universidades Andaluzas.
En el Presupuesto para 2025 se incluyen las siguientes partidas específicas:
- Convenio Específico de Colaboración entre la UNIA y la Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado que deberá regular una subvención por un importe máximo
de 500.000€ y que deberá imputarse en los ejercicios 2025 y 2026. Dicho convenio
estará sujeto a la existencia de disponibilidad presupuestaria en función de la aportación
prevista por parte de la Comunidad Autónoma como ayuda a la cooperación internacional.
La Asociación Universitaria Iberoamericana de Posgrado es una asociación de universidades españolas e iberoamericanas que cuenta con una amplia tradición y difusión en
Iberoamérica y todo el mapa universitario español. Su interés es reconocido por el Sistema Universitario Andaluz (siendo el Sr. Rector de la Universidad de Sevilla quien ostenta la presidencia) que apuesta claramente por el desarrollo del posgrado y de la movilidad de estudiantes y profesores entre las universidades de la citada asociación.
Artículo 49. Al exterior.
1.000,00 euros.
Pagos sin contrapartida directa a agentes situados fuera del territorio nacional o, con
estatuto de extraterritorialidad, o cuando deban efectuarse en divisas. A este artículo se
imputarán también las cuotas y contribuciones a Organismos Internacionales.
Concepto 490. Cuotas y contribuciones a organismos internacionales
1.000,00 €
CAPÍTULO 5: FONDO DE CONTINGENCIA Y OTROS FONDOS
El artículo 31 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, establece que el Estado, las
Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales incluidas en el ámbito subjetivo
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313355
Por Orden de 13 de diciembre de 2021 de la Consejería de Hacienda y Financiación
Europea, se autoriza la creación en la clasificación económica de gastos del presupuesto de las Universidades del capítulo 5.