Disposiciones generales. . (2024/251-3)
Orden de 19 de diciembre de 2024, por la que se amplía el período de compromisos de las subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima, operación 10.1.8.2. Sistemas agrarios de especial interés para las poblaciones de aves de los arrozales andaluces. Aves en arrozales correspondiente a la convocatoria de ayuda 2022, y operación 10.1.13. Mantenimiento de sistemas tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes correspondiente a la convocatoria de ayuda 2020, al amparo de la normativa que se cita.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56419/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con fecha 29 de mayo de 2015, fue publicada en el BOJA núm. 102, la Orden de 26 de
mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y
Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa
su convocatoria para el año 2015.
La citada orden establece, en su artículo 3, entre las definiciones, que el período
de compromisos será aquel durante el cual la persona beneficiaria deberá mantener los
compromisos, abarcando un total de 5 años. Cuando la ejecución de los compromisos, de
acuerdo con el Anexo I, vaya más allá del 31 de diciembre del quinto año, se considerará
que el período de compromisos concluirá en aquella fecha en la que esté ejecutado
en su totalidad para cada operación. No obstante lo anterior, una vez concluido dicho
período inicial, mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, se podrán aprobar prórrogas anuales del mismo, de acuerdo con las previsiones
que establece, tanto el apartado 5 del artículo 28 como el apartado 3 del artículo 29
del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm.
1698/2005 del Consejo, en cuyo caso se realizará una revisión de los compromisos.
De acuerdo con el Reglamento (UE) 2020/2220, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones
transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y
del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que
se modifican los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013, (UE) núm. 1306/2013 y (UE) núm.
1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022
y el Reglamento (UE) núm. 1308/2013, en lo que respecta a los recursos y la distribución
de dicha ayuda en los años 2021 y 2022, para los nuevos compromisos de las ayudas
reguladas en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, que se puedan establecer a partir de
2021, se podrán acordar en los programas de desarrollo rural períodos de compromisos
más cortos, de uno a tres años.
La posibilidad de prorrogar el período de compromisos para la Medida 10, se
contempla en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, en adelante
PDRA 2014-2022, que al describir la citada medida dispone que, tras el periodo inicial
de compromisos, podrá haber prórrogas anuales para alcanzar o mantener los beneficios
medioambientales previstos, previa justificación de la necesidad, en cuyo caso se
realizará una revisión de los compromisos.
La Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el PDRA 2014-2022, supone un
incentivo elemental para la sostenibilidad de la actividad agraria de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, donde lleva aplicándose desde el año 2015, si bien, ya bajo
marcos anteriores esta comunidad autónoma viene concediendo ayudas en aras de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313362
Orden de 19 de diciembre de 2024, por la que se amplía el período de
compromisos de las subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima,
operación 10.1.8.2. Sistemas agrarios de especial interés para las poblaciones
de aves de los arrozales andaluces. Aves en arrozales correspondiente a la
convocatoria de ayuda 2022, y operación 10.1.13. Mantenimiento de sistemas
tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes correspondiente
a la convocatoria de ayuda 2020, al amparo de la normativa que se cita.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56419/1
1. Disposiciones generales
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Con fecha 29 de mayo de 2015, fue publicada en el BOJA núm. 102, la Orden de 26 de
mayo de 2015, por la que se aprueban en la Comunidad Autónoma de Andalucía las
bases reguladoras para la concesión de subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y
Clima, incluida en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020, y se efectúa
su convocatoria para el año 2015.
La citada orden establece, en su artículo 3, entre las definiciones, que el período
de compromisos será aquel durante el cual la persona beneficiaria deberá mantener los
compromisos, abarcando un total de 5 años. Cuando la ejecución de los compromisos, de
acuerdo con el Anexo I, vaya más allá del 31 de diciembre del quinto año, se considerará
que el período de compromisos concluirá en aquella fecha en la que esté ejecutado
en su totalidad para cada operación. No obstante lo anterior, una vez concluido dicho
período inicial, mediante Orden de la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo
Rural, se podrán aprobar prórrogas anuales del mismo, de acuerdo con las previsiones
que establece, tanto el apartado 5 del artículo 28 como el apartado 3 del artículo 29
del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de
diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo
Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm.
1698/2005 del Consejo, en cuyo caso se realizará una revisión de los compromisos.
De acuerdo con el Reglamento (UE) 2020/2220, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 23 de diciembre de 2020, por el que se establecen determinadas disposiciones
transitorias para la ayuda del Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y
del Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA) en los años 2021 y 2022, y por el que
se modifican los Reglamentos (UE) núm. 1305/2013, (UE) núm. 1306/2013 y (UE) núm.
1307/2013 en lo que respecta a sus recursos y a su aplicación en los años 2021 y 2022
y el Reglamento (UE) núm. 1308/2013, en lo que respecta a los recursos y la distribución
de dicha ayuda en los años 2021 y 2022, para los nuevos compromisos de las ayudas
reguladas en los artículos 28 y 29 del Reglamento (UE) núm. 1305/2013, del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, que se puedan establecer a partir de
2021, se podrán acordar en los programas de desarrollo rural períodos de compromisos
más cortos, de uno a tres años.
La posibilidad de prorrogar el período de compromisos para la Medida 10, se
contempla en el Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2022, en adelante
PDRA 2014-2022, que al describir la citada medida dispone que, tras el periodo inicial
de compromisos, podrá haber prórrogas anuales para alcanzar o mantener los beneficios
medioambientales previstos, previa justificación de la necesidad, en cuyo caso se
realizará una revisión de los compromisos.
La Medida 10: Agroambiente y Clima, incluida en el PDRA 2014-2022, supone un
incentivo elemental para la sostenibilidad de la actividad agraria de la Comunidad
Autónoma de Andalucía, donde lleva aplicándose desde el año 2015, si bien, ya bajo
marcos anteriores esta comunidad autónoma viene concediendo ayudas en aras de
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313362
Orden de 19 de diciembre de 2024, por la que se amplía el período de
compromisos de las subvenciones a la Medida 10: Agroambiente y Clima,
operación 10.1.8.2. Sistemas agrarios de especial interés para las poblaciones
de aves de los arrozales andaluces. Aves en arrozales correspondiente a la
convocatoria de ayuda 2022, y operación 10.1.13. Mantenimiento de sistemas
tradicionales de ganadería extensiva de Andalucía en rumiantes correspondiente
a la convocatoria de ayuda 2020, al amparo de la normativa que se cita.