Disposiciones generales. . (2024/251-2)
Ley 7/2024, de 23 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2025.
80 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56510/2
Artículo 20. Retribuciones del personal del Servicio Andaluz de Salud.
Artículo 21. R
etribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia
competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 22. A
utorización de los costes de personal de las universidades de titularidad
pública, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 23. Otras disposiciones en materia de personal.
Artículo 24. R
equisitos para la determinación o modificación de retribuciones y demás
condiciones de trabajo.
Artículo 25. Personal directivo de las entidades del sector público andaluz.
Artículo 26. De la plantilla presupuestaria.
TÍTULO III. DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS
Artículo 27. Autorización de gastos de carácter plurianual.
Artículo 28. Competencias del Consejo de Gobierno para la autorización de gastos.
Artículo 29. Normas en materia de subvenciones y ayudas.
Artículo 30. N
ormas especiales en materia de financiación de las universidades
públicas andaluzas.
Artículo 31. F
inanciación de los conciertos educativos y justificación de las cantidades
abonadas por la Administración a los centros docentes concertados.
Artículo 32. R
égimen de financiación de la actividad de las agencias administrativas,
agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales y
consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía, con
cargo a aportaciones del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Artículo 33. R
égimen de financiación de la actividad de las sociedades mercantiles del
sector público andaluz y entidades asimiladas, con cargo a aportaciones
del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 34. Transferencias a entidades del sector público de otras administraciones
públicas participadas por la Administración de la Junta de Andalucía, sus
agencias y consorcios adscritos.
TÍTULO IV. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
Artículo 35. De los avales.
Artículo 36. Incumplimiento de obligaciones frente a la Agencia Estatal de
Administración Tributaria o la Tesorería General de la Seguridad Social
por otras entidades.
Artículo 37. Créditos afectados por tasas e ingresos finalistas.
Artículo 38. Operaciones de endeudamiento financiero a largo plazo.
Artículo 39.
De las operaciones de endeudamiento de las entidades cuya deuda
consolida con el sector Administración Junta de Andalucía y la obligación
de información.
Artículo 40. Operaciones financieras de activo.
TÍTULO V. DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
TÍTULO VI. DE LA TRANSFERENCIA Y DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y LAS ENTIDADES
LOCALES DE SU TERRITORIO
Artículo 43. Transferencias y delegaciones de competencias a las entidades locales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313461
Artículo 41. Tasas.
Artículo 42. Coeficiente corrector de tasas portuarias para el ejercicio 2025.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 251 - Lunes, 30 de diciembre de 2024
página 56510/2
Artículo 20. Retribuciones del personal del Servicio Andaluz de Salud.
Artículo 21. R
etribuciones del personal al servicio de la Administración de Justicia
competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 22. A
utorización de los costes de personal de las universidades de titularidad
pública, competencia de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 23. Otras disposiciones en materia de personal.
Artículo 24. R
equisitos para la determinación o modificación de retribuciones y demás
condiciones de trabajo.
Artículo 25. Personal directivo de las entidades del sector público andaluz.
Artículo 26. De la plantilla presupuestaria.
TÍTULO III. DE LA GESTIÓN Y CONTROL PRESUPUESTARIOS
Artículo 27. Autorización de gastos de carácter plurianual.
Artículo 28. Competencias del Consejo de Gobierno para la autorización de gastos.
Artículo 29. Normas en materia de subvenciones y ayudas.
Artículo 30. N
ormas especiales en materia de financiación de las universidades
públicas andaluzas.
Artículo 31. F
inanciación de los conciertos educativos y justificación de las cantidades
abonadas por la Administración a los centros docentes concertados.
Artículo 32. R
égimen de financiación de la actividad de las agencias administrativas,
agencias de régimen especial, agencias públicas empresariales y
consorcios adscritos a la Administración de la Junta de Andalucía, con
cargo a aportaciones del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía.
Artículo 33. R
égimen de financiación de la actividad de las sociedades mercantiles del
sector público andaluz y entidades asimiladas, con cargo a aportaciones
del presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
Artículo 34. Transferencias a entidades del sector público de otras administraciones
públicas participadas por la Administración de la Junta de Andalucía, sus
agencias y consorcios adscritos.
TÍTULO IV. DE LAS OPERACIONES FINANCIERAS
Artículo 35. De los avales.
Artículo 36. Incumplimiento de obligaciones frente a la Agencia Estatal de
Administración Tributaria o la Tesorería General de la Seguridad Social
por otras entidades.
Artículo 37. Créditos afectados por tasas e ingresos finalistas.
Artículo 38. Operaciones de endeudamiento financiero a largo plazo.
Artículo 39.
De las operaciones de endeudamiento de las entidades cuya deuda
consolida con el sector Administración Junta de Andalucía y la obligación
de información.
Artículo 40. Operaciones financieras de activo.
TÍTULO V. DE LAS NORMAS TRIBUTARIAS
TÍTULO VI. DE LA TRANSFERENCIA Y DELEGACIÓN DE COMPETENCIAS ENTRE
LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA Y LAS ENTIDADES
LOCALES DE SU TERRITORIO
Artículo 43. Transferencias y delegaciones de competencias a las entidades locales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313461
Artículo 41. Tasas.
Artículo 42. Coeficiente corrector de tasas portuarias para el ejercicio 2025.