3. Otras disposiciones. . (2024/250-23)
Resolución conjunta de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Estrategia Digital de la Agencia Digital de Andalucía, Intervención General de la Junta de Andalucía y Dirección General de Contratación de la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se extiende el uso del Sistema Informático ERISG3 a las Agencias que se citan.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 250 - Viernes, 27 de diciembre de 2024

página 56324/2

RESU ELV EN
Primero. Fecha de implantación del Sistema Informático ERIS-G3 en las agencias
que se citan.
Se establecen como fechas de implantación efectiva del Sistema Informático
ERIS-G3 para la agencia administrativa Instituto de Salud de Andalucía creada por la Ley
1/2024, de 21 de junio, y la agencia de régimen especial de Seguridad y gestión integral
de Emergencias de Andalucía cuya creación fue autorizada mediante Decreto-ley 2/2023,
de 11 de abril, las fechas de comienzo de su funcionamiento efectivo, tras la entrada en
vigor de sus respectivos estatutos aprobados por decreto del Consejo de Gobierno.
Segundo. Modificación de la Resolución conjunta de 20 de junio de 2023, de la
Dirección General de Estrategia Digital de la Agencia Digital de Andalucía, Intervención
General de la Junta de Andalucía y Dirección General de Contratación de la Consejería
de Economía, Hacienda y Fondos Europeos, por la que se extiende el uso del Sistema
Informático ERIS-G3 a las agencias que se citan, publicada en el Boletín Oficial de la
Junta de Andalucía número 144, de 28 de julio de 2023, la cual fue modificada mediante
Resolución de fecha 2 de octubre de 2023.
Se modifica la Resolución conjunta de 20 de junio de 2023, por la que extiende el
uso del Sistema Informático ERIS-G3 a las agencias que se citan la cual fue modificada
con fecha 2 de octubre del mismo año en lo que a la fecha de implantación del Sistema
ERIS-G3 en la Agencia Pública Empresarial de la Radio y Televisión de Andalucía (RTVA)
se refiere.
Conforme al primera resolución la fecha prevista era de 1 de enero de 2025, pero
atendiendo a razones organizativas y a la vista de la solicitud formal de aplazamiento
realizada por la citada Agencia Pública se considera oportuno posponer la implantación
efectiva del Sistema Informático ERIS-G3 en la citada agencia un año con respecto a la
fecha prevista, fijándose en consecuencia el 1 de enero de 2026.

Cuarto. Régimen transitorio de los expedientes de contratación.
Los expedientes de contratación iniciados con anterioridad a la fecha de implantación
efectiva del Sistema Informático ERIS-G3, indicada en el apartado primero y segundo,
se deberán seguir tramitando con la misma herramienta con la que se haya iniciado
su tramitación. De igual manera se tramitarán sus modificaciones, prórrogas y demás
incidencias contractuales.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

00313270

Tercero. Obligatoriedad del sistema.
1. De acuerdo con lo previsto en el artículo 4 de la Orden de 12 de julio de 2011, a
partir de la fecha de implantación efectiva del Sistema Informático ERIS-G3, su utilización
será obligatoria para la tramitación de los expedientes de contratación que se rijan por la
Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen
al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo
2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014, tramitados por procedimientos
modelados en el Sistema por los órganos de contratación de las agencias indicadas en el
apartado primero y segundo de la presente resolución.
La tramitación de expedientes de contratación que cumplan estos requisitos y que no
se realicen a través del Sistema Informático ERIS G-3 impedirá su control/contabilización
hasta que se sustancie por dicho sistema.
2. No obstante lo establecido en el apartado anterior, cuando concurran circunstancias
excepcionales debidamente acreditadas, la Intervención General de la Junta de
Andalucía, previo informe favorable de las Direcciones Generales de Contratación y de
Estrategia Digital, podrá autorizar el control/contabilización de expedientes tramitados en
todo o en parte sin utilizar ERIS-G3.