3. Otras disposiciones. . (2024/250-34)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica el presupuesto de la misma para el año 2025.
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Secretaría General Técnica
ANEXO II y III
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
BOJA
ORGANISMO: UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Hoja 2 de 68
Número 250 - Viernes, 27 de diciembre de 2024
página 56365/2
CONTINUACIÓN DEL TEXTO:
MARCO JURIDÍCO, CONTEXTUALIZACIÓN Y CONSIDERACIONES GENERALES
MARCO JURÍDICO
La capacidad de la UCO para la elaboración de sus presupuestos, se encuentra recogida en los artículos
3.h) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante L.O.S.U.), y en el
3 h) de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, modificados por Decreto de la Junta de Andalucía
212/2017, de 26 de diciembre, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre que otorgan a la
Universidad autonomía para la elaboración, aprobación y gestión de sus presupuestos y la administración
de sus bienes.
De conformidad con el artículo 201.2 de los vigentes Estatutos, el Gerente elaborará el proyecto de
presupuesto conforme a las líneas generales y necesidades de la Universidad, y lo elevará al Consejo de
Gobierno para su aprobación provisional y posterior remisión al Consejo Social para su aprobación y la
gestión del mismo se efectuará de acuerdo con el Texto Articulado y la normativa en él recogida que le
sea de aplicación.
CONSIDERACIONES GENERALES
El presupuesto de la Universidad de Córdoba para 2025 se enmarca en el ecuador de la aplicación del
vigente Modelo de Financiación del Sistema Universitario Público Andaluz; un modelo que, en función
de la financiación prevista en el proyecto de Presupuestos de la Junta de Andalucía para 2025, sigue
siendo insuficiente para abordar las necesidades reales de las universidades públicas. Esta insuficiencia
económica se manifiesta en la incapacidad para ir más allá de la mera cobertura de la cláusula de
salvaguarda, dejando sin resolver cuestiones fundamentales para garantizar el desarrollo sostenible de las
instituciones de educación superior. Ello supone que las universidades públicas andaluzas enfrentan una
situación económica complicada que limita su capacidad para afrontar, entre otros, los compromisos
acordados con las organizaciones sindicales y asumidos por la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación en beneficio de la carrera profesional de su personal, tanto el Personal Docente e Investigador
(PDI) como el Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS). Este escenario,
igualmente, restringe también la posibilidad de realizar inversiones necesarias para mejorar la calidad de
la enseñanza, la investigación y los servicios a la comunidad universitaria, al disponer para este fin
únicamente de la autorización anual de la Consejería de Hacienda para hacer uso de una parte de los
remanentes no afectados. Todos estos elementos ponen en riesgo las capacidades esenciales de las
universidades públicas para cumplir su misión.
En este contexto, a la hora de elaborar su presupuesto para 2025 la Universidad de Córdoba ha apostado
por redoblar su compromiso con nuestras señas de identidad: la apuesta por el capital humano como
principal generador de valor añadido, el desarrollo de una investigación, innovación y transferencia
rigurosa y de excelencia, y la contribución activa a una sociedad más inclusiva, solidaria y justa. De igual
forma, este presupuesto será el primero alineado con el IV Plan Estratégico de nuestra Universidad,
diseñado con el horizonte de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
00313311
Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo 47.2 letra l de la LOSU, el Consejo Social debe
velar por el cumplimiento de los principios éticos y de integridad académica, así como de las directrices
antifraude, que deben guiar la función docente y la investigación, en colaboración con los organismos y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
ANEXO II y III
CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:
BOJA
ORGANISMO: UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Hoja 2 de 68
Número 250 - Viernes, 27 de diciembre de 2024
página 56365/2
CONTINUACIÓN DEL TEXTO:
MARCO JURIDÍCO, CONTEXTUALIZACIÓN Y CONSIDERACIONES GENERALES
MARCO JURÍDICO
La capacidad de la UCO para la elaboración de sus presupuestos, se encuentra recogida en los artículos
3.h) de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante L.O.S.U.), y en el
3 h) de los Estatutos de la Universidad de Córdoba, modificados por Decreto de la Junta de Andalucía
212/2017, de 26 de diciembre, aprobados por Decreto 280/2003, de 7 de octubre que otorgan a la
Universidad autonomía para la elaboración, aprobación y gestión de sus presupuestos y la administración
de sus bienes.
De conformidad con el artículo 201.2 de los vigentes Estatutos, el Gerente elaborará el proyecto de
presupuesto conforme a las líneas generales y necesidades de la Universidad, y lo elevará al Consejo de
Gobierno para su aprobación provisional y posterior remisión al Consejo Social para su aprobación y la
gestión del mismo se efectuará de acuerdo con el Texto Articulado y la normativa en él recogida que le
sea de aplicación.
CONSIDERACIONES GENERALES
El presupuesto de la Universidad de Córdoba para 2025 se enmarca en el ecuador de la aplicación del
vigente Modelo de Financiación del Sistema Universitario Público Andaluz; un modelo que, en función
de la financiación prevista en el proyecto de Presupuestos de la Junta de Andalucía para 2025, sigue
siendo insuficiente para abordar las necesidades reales de las universidades públicas. Esta insuficiencia
económica se manifiesta en la incapacidad para ir más allá de la mera cobertura de la cláusula de
salvaguarda, dejando sin resolver cuestiones fundamentales para garantizar el desarrollo sostenible de las
instituciones de educación superior. Ello supone que las universidades públicas andaluzas enfrentan una
situación económica complicada que limita su capacidad para afrontar, entre otros, los compromisos
acordados con las organizaciones sindicales y asumidos por la Consejería de Universidad, Investigación e
Innovación en beneficio de la carrera profesional de su personal, tanto el Personal Docente e Investigador
(PDI) como el Personal Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (PTGAS). Este escenario,
igualmente, restringe también la posibilidad de realizar inversiones necesarias para mejorar la calidad de
la enseñanza, la investigación y los servicios a la comunidad universitaria, al disponer para este fin
únicamente de la autorización anual de la Consejería de Hacienda para hacer uso de una parte de los
remanentes no afectados. Todos estos elementos ponen en riesgo las capacidades esenciales de las
universidades públicas para cumplir su misión.
En este contexto, a la hora de elaborar su presupuesto para 2025 la Universidad de Córdoba ha apostado
por redoblar su compromiso con nuestras señas de identidad: la apuesta por el capital humano como
principal generador de valor añadido, el desarrollo de una investigación, innovación y transferencia
rigurosa y de excelencia, y la contribución activa a una sociedad más inclusiva, solidaria y justa. De igual
forma, este presupuesto será el primero alineado con el IV Plan Estratégico de nuestra Universidad,
diseñado con el horizonte de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030.
00313311
Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo 47.2 letra l de la LOSU, el Consejo Social debe
velar por el cumplimiento de los principios éticos y de integridad académica, así como de las directrices
antifraude, que deben guiar la función docente y la investigación, en colaboración con los organismos y
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja