3. Otras disposiciones. . (2024/250-34)
Resolución de 20 de diciembre de 2024, de la Universidad de Córdoba, por la que se publica el presupuesto de la misma para el año 2025.
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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR,
DIÁLOGO SOCIAL Y SIMPLIFICACIÓN
ADMINISTRATIVA
Secretaría General Técnica

BOJA

CONSEJERÍA, ENTIDAD, EMPRESA:

ANEXO II yde
III la Junta de Andalucía
Boletín Oficial

Número 250 - Viernes, 27 de diciembre de 2024

página 56365/12

Hoja 12 de 68

ORGANISMO: UNIVERSIDAD DE CÓRDOBA


Artículo 4 que, por sostenibilidad financiera, se entenderá la capacidad para financiar
compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit y deuda pública, conforme a lo
establecido en esta Ley y en la normativa europea
En este marco legal, la Universidad de Córdoba realiza la siguiente referencia expresa al cumplimiento
del equilibrio y sostenibilidad financiera, como elemento integrante del presupuesto de esta institución
para el ejercicio económico 2025.
Considerando el detalle de consignaciones presupuestarias de gastos e ingresos del presupuesto del
ejercicio económico 2025, y teniendo en cuenta la cuantificación del límite máximo de gasto para el
ejercicio 2025, esta Universidad entiende que, siempre y cuando durante tal ejercicio se apliquen las
políticas de responsabilidad económica y correlación entre la ejecución de ingresos y la ejecución de
gastos, y en la medida que el grado de cumplimiento de las previsiones sea similar al alcanzado en los
ejercicios económicos anteriores, la liquidación presupuestaria prevista a 31 de diciembre de 2025 no
incurrirá en déficit, medido en términos de ingresos no financieros menos gastos no financieros (SEC
2010).
TEXTO ARTICULADO DEL PRESUPUESTO DEL AÑO 2025
CAPÍTULO 1
CRÉDITOS INICIALES

00313311

Artículo 1. Créditos Iniciales
1. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario (en adelante L.O.S.U.), y en el capítulo 2 del Título VII, del Decreto 212/2017, de 26 de
diciembre, por el que se aprueba la modificación de los Estatutos de la Universidad de Córdoba (en
adelante Estatutos), se aprueba el presupuesto del ejercicio 2024.
2. Este presupuesto da cumplimiento a los objetivos de equilibrio y sostenibilidad financiera, tal y como
se desarrolla en el apartado 1.3 de este Presupuesto. Los actos administrativos, los contratos y los
convenios de colaboración, así como cualquier actuación que afecte a los gastos o ingresos públicos
presentes o futuros, deberán valorar sus repercusiones y efectos, y supeditarse de forma estricta al
cumplimiento de las exigencias de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad
financiera.
3. En el estado de ingresos se incluyen los derechos económicos que se prevén liquidar durante el
ejercicio presupuestario 2025, referidos a los recursos incluidos en el artículo 57.4 de la Ley Orgánica
2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario.
4. En el estado de gastos se recogen los créditos para atender el cumplimiento de obligaciones,
clasificándose éstos en gastos corrientes, de capital y financieros. A los gastos corrientes se
acompañará la relación de puestos de trabajo del personal de todas las categorías de la Universidad,
especificando la totalidad de los costes de la misma e incluyendo un anexo en el que figuren los
puestos de nuevo ingreso que se propongan.
5. A lo largo de 2025, la disponibilidad de todos los créditos iniciales o incorporados posteriormente al
Presupuesto de la Universidad de Córdoba a través de un expediente de modificación presupuestaria
queda supeditada a la efectiva materialización de los ingresos que los financien. El Rector podrá
acordar la no disponibilidad o la baja por anulación de cualquier crédito presupuestario previamente
autorizado con objeto de garantizar el cumplimiento de los compromisos de la Universidad de
Córdoba en materia de estabilidad presupuestaria, así como cualquier otro que la Junta de Andalucía
pueda derivar a las Universidades Públicas de Andalucía.

Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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