Autoridades y personal. . (2024/249-35)
Resolución de 18 de diciembre 2024, de la Universidad de Granada, por la que se establecen para el año 2025 las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos para la contratación de personal investigador y técnico adscrito a Proyectos, Convenios, Contratos de Transferencia de Investigación (art. 60 LOSU), Líneas de Investigación y otros proyectos del ámbito de actuación de la Universidad de Granada.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56209/4
Para los contratos a tiempo completo, en función de la titulación académica del
contrato ofertado, se establecen las siguientes cuantías mínimas mensuales computadas
en 12 mensualidades anuales, en las que se incluyen prorrateadas mensualmente la parte
proporcional de pagas extraordinarias. A estas cantidades se adicionará, en su caso, las
cantidades a las que se pudiera tener derecho por antigüedad reconocida (trienios) y la
indemnización que pueda corresponder a la finalización del contrato:
Doctorado*: 2.100 euros/mes.
Grado, Licenciatura, Ingeniería: 1.622 euros/mes.
Formación Profesional: 1.548 euros/mes.
Estudiantes de grado (solo a tiempo parcial): 865 euros/mes.
En el caso de contratos que hayan estado activos en 2024 y continúen en 2025, las
retribuciones experimentarán una subida del 2% respecto a las percibidas en el mes de
diciembre de 2024.
Independientemente de lo indicado en los párrafos anteriores, en caso de que en la
convocatoria específica de financiación se incluyan limitaciones máximas o mínimas en
las cuantías a percibir por el personal contratado, se deberán respetar dichas limitaciones.
7. Efectos del contrato.
Los contratos surtirán efecto desde la fecha en que se perfeccionen. Las fechas de
inicio que puedan proponer las Comisiones de Valoración en las propuestas de concesión,
serán estimativas y carecerán de vinculación jurídica para la Universidad de Granada.
La firma del contrato y posterior incorporación efectiva podrá demorarse un máximo de
6 meses a petición del investigador responsable o por aplicación de las normas para
la contratación de personal investigador o técnico que establezca la Universidad de
Granada.
8. Duración del contrato.
La duración estimada de los contratos suscritos al amparo de la presente convocatoria
será la establecida en el correspondiente anexo. En ningún caso la duración de los
contratos temporales podrá exceder la duración del proyecto al que se adscribe.
No podrán ser contratados temporalmente en grupos, proyectos y contratos de
investigación quienes hayan estado contratados temporalmente en la Universidad de
Granada por un periodo de 12 meses en los últimos 18 meses.
10. Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en dos etapas:
1. Generación del impreso de solicitud.
Los candidatos deberán cumplimentar su solicitud en el formulario disponible en la
web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia en la dirección
https://investigacion.ugr.es/recursos-humanos/personal para los contratos gestionados
por la Oficina de Gestión de Proyectos e Investigación, o en
https://otri.ugr.es/imasd-colaborativa/contratacion-personal-cargo-contratos-proyectos
para los contratos gestionados en la OTRI dentro de los plazos establecidos en el Anexo I
de la presente resolución.
En el formulario de solicitud se anexará la siguiente documentación (en formato PDF):
- Título académico exigido en la convocatoria del correspondiente contrato, en el caso
de no ser una titulación española.
- En el caso de no disponer del título, resguardo de haber abonado las tasas de
expedición.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313155
9. Obligaciones del trabajador.
Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56209/4
Para los contratos a tiempo completo, en función de la titulación académica del
contrato ofertado, se establecen las siguientes cuantías mínimas mensuales computadas
en 12 mensualidades anuales, en las que se incluyen prorrateadas mensualmente la parte
proporcional de pagas extraordinarias. A estas cantidades se adicionará, en su caso, las
cantidades a las que se pudiera tener derecho por antigüedad reconocida (trienios) y la
indemnización que pueda corresponder a la finalización del contrato:
Doctorado*: 2.100 euros/mes.
Grado, Licenciatura, Ingeniería: 1.622 euros/mes.
Formación Profesional: 1.548 euros/mes.
Estudiantes de grado (solo a tiempo parcial): 865 euros/mes.
En el caso de contratos que hayan estado activos en 2024 y continúen en 2025, las
retribuciones experimentarán una subida del 2% respecto a las percibidas en el mes de
diciembre de 2024.
Independientemente de lo indicado en los párrafos anteriores, en caso de que en la
convocatoria específica de financiación se incluyan limitaciones máximas o mínimas en
las cuantías a percibir por el personal contratado, se deberán respetar dichas limitaciones.
7. Efectos del contrato.
Los contratos surtirán efecto desde la fecha en que se perfeccionen. Las fechas de
inicio que puedan proponer las Comisiones de Valoración en las propuestas de concesión,
serán estimativas y carecerán de vinculación jurídica para la Universidad de Granada.
La firma del contrato y posterior incorporación efectiva podrá demorarse un máximo de
6 meses a petición del investigador responsable o por aplicación de las normas para
la contratación de personal investigador o técnico que establezca la Universidad de
Granada.
8. Duración del contrato.
La duración estimada de los contratos suscritos al amparo de la presente convocatoria
será la establecida en el correspondiente anexo. En ningún caso la duración de los
contratos temporales podrá exceder la duración del proyecto al que se adscribe.
No podrán ser contratados temporalmente en grupos, proyectos y contratos de
investigación quienes hayan estado contratados temporalmente en la Universidad de
Granada por un periodo de 12 meses en los últimos 18 meses.
10. Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en dos etapas:
1. Generación del impreso de solicitud.
Los candidatos deberán cumplimentar su solicitud en el formulario disponible en la
web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia en la dirección
https://investigacion.ugr.es/recursos-humanos/personal para los contratos gestionados
por la Oficina de Gestión de Proyectos e Investigación, o en
https://otri.ugr.es/imasd-colaborativa/contratacion-personal-cargo-contratos-proyectos
para los contratos gestionados en la OTRI dentro de los plazos establecidos en el Anexo I
de la presente resolución.
En el formulario de solicitud se anexará la siguiente documentación (en formato PDF):
- Título académico exigido en la convocatoria del correspondiente contrato, en el caso
de no ser una titulación española.
- En el caso de no disponer del título, resguardo de haber abonado las tasas de
expedición.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313155
9. Obligaciones del trabajador.
Se especificarán en el contrato de trabajo que se suscriba.