Autoridades y personal. . (2024/249-16)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se modifica la Resolución de 24 de julio de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se acuerda la propuesta de contratación indefinida en la categoría de Facultativo/a Especialista de Área, especialidad Cirugía Ortopédica y Traumatología, por el sistema de acceso libre, a las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo de concurso, convocado mediante Resolución de 23 de diciembre de 2022, de las Agencias Públicas Empresariales Sanitarias.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56186/4
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en
la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
Cuarto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el
apartado tercero, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente demanda ante la jurisdicción laboral conforme al artículo 69 de la Ley
36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Sevilla, 17 de diciembre de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
ANEXO I
PERSONA ASPIRANTE DECAÍDA EN SU DERECHO
APELLIDOS, NOMBRE
DNI
GARCÍA RENEDO, RAÚL JAVIER
***2117**
ANEXO II
APELLIDOS, NOMBRE
DNI
GARCÍA GARCÍA, FRANCISCO JAVIER
***3742**
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313132
PERSONA ASPIRANTE A LA QUE SE REQUIERE PARA REALIZAR PETICIÓN
DE CENTRO DE DESTINO
BOJA
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56186/4
y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así
como por trata de seres humanos. Podrá autorizar la consulta en el Registro Central
de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia o aportar original de la certificación
negativa en vigor del mismo en el acto de toma de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
c) No padece enfermedad ni defecto físico que le imposibiliten para el ejercicio de sus
funciones. Y las personas aspirantes que tengan reconocida la condición de discapacidad,
que poseen la capacidad funcional para el desempeño de las funciones propias de
la categoría/especialidad a la que se opta, lo acreditará mediante la presentación del
original del certificado médico en vigor en el acto de firma del contrato para adquirir la
condición de personal laboral fijo.
La petición de centro de destino y las declaraciones responsables requeridas en
la presente resolución deberán ser presentadas de forma electrónica a través de la
VEC, acreditándose a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma
electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave
concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria
AEAT o de un código de usuario y clave de acceso). Una vez cumplimentada el formulario
de registro en todos sus extremos, la persona interesada firmará electrónicamente y
realizará el registro telemático de la petición de destino, generándose automáticamente
un justificante de la recepción de los documentos electrónicos presentados en el que se
dejará constancia del asiento de entrada que se asigna al documento, así como fecha y
hora que acredite el momento exacto de presentación y el no rechazo de la misma.
Cuarto. Finalizado el plazo de presentación de la petición de destinos citado en el
apartado tercero, no se admitirán modificaciones en la relación de destinos solicitados.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer
recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de
un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1
de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
o directamente demanda ante la jurisdicción laboral conforme al artículo 69 de la Ley
36/2011, reguladora de la Jurisdicción Social, en el plazo de dos meses, contados desde
el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de
Andalucía.
Sevilla, 17 de diciembre de 2024.- El Director General, José Luis Sedeño Ferrer.
ANEXO I
PERSONA ASPIRANTE DECAÍDA EN SU DERECHO
APELLIDOS, NOMBRE
DNI
GARCÍA RENEDO, RAÚL JAVIER
***2117**
ANEXO II
APELLIDOS, NOMBRE
DNI
GARCÍA GARCÍA, FRANCISCO JAVIER
***3742**
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313132
PERSONA ASPIRANTE A LA QUE SE REQUIERE PARA REALIZAR PETICIÓN
DE CENTRO DE DESTINO