Autoridades y personal. . (2024/249-34)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía, por la que se anuncia convocatoria externa definitiva para la cobertura de un puesto de Médica o Médico para la Comunidad Terapéutica de Tarifa (Cádiz) para la Jefatura de Atención Social y Sanitaria de la Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía.
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56233/8
MOMENTO
DE LA ACREDITACIÓN
REQUISITOS
RDI. Documentación relacionada con
discapacidad:
1. Informe acreditativo de la
discapacidad
2. Informe acreditativo de la capacidad
funcional
TIPO
DE ACREDITACIÓN
Dentro del plazo de presentación
Documental
de solicitudes
En el momento de la contratación Documental
MODO DE ACREDITACIÓN
Informe acreditativo de la
discapacidad y del grado
correspondiente emitido por
el órgano competente en
materia de discapacidad,
aportado en SEPPA
Informe acreditativo de la
capacidad funcional emitido
por el órgano competente en
materia de discapacidad
(*) La certificación expedida por el médico de familia del Servicio Andaluz de Salud debe contenerse en el modelo
de certificación configurado en el Sistema DIRAYA. En ningún caso será válido el documento P10 u otro
similar, ni en formato distinto al configurado en el sistema sanitario público o al oficial del Colegio de Médicos.
El documento recogerá de forma explícita que «la persona interesada posee la capacidad funcional para
el desempeño de las tareas propias o habituales del puesto de Médica o Médico» También será válido el
documento que acredite la capacidad funcional conteniendo expresiones tales como que «no consta
enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones a desempeñar», así como
otras expresiones similares.
No se considerará válido el documento que se limite a constatar la ausencia de enfermedad infecto-contagiosa o
que contenga expresiones que no se refieran a la efectiva capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3. Baremo de méritos.
Las personas candidatas admitidas en el proceso selectivo, deberán realizar la
autobaremación dentro del plazo establecido para ello, y conforme al siguiente baremo.
Por día trabajado
Experiencia
(máximo 60 puntos) (*)
Formación
(máximo 35 puntos)
Experiencia en puestos de Médica o Médico en la ASSDA y/o Fundaciones de
origen
Experiencia en puestos de Médica o Médico en Centros de Drogodependencia y
Adicciones públicos
Experiencia en puestos de Médica o Médico en Centros de Drogodependencia y
Adicciones privados
Experiencia en puestos de Médica o Médico en entes públicos
Experiencia en puestos de Médica o Médico en centros privados
0,016
0,010
0,008
0,006
0,003
Por hora
Máster/Experto Universitario oficial en materia de drogodependencia y adicciones
y patología dual y comorbilidad psiquiátrica
0,025
Máster/Experto Universitario propio en materia de drogodependencia y adicciones
y patología dual y comorbilidad psiquiátrica
0,015
Formación no reglada en materia de drogodependencia y adicciones, patología
dual y comorbilidad psiquiátrica que hayan sido impartidas por algunas de las
siguientes instituciones (**)
Formación no reglada en materia de igualdad de género que haya sido impartida
y/u organizada por alguna de las siguientes instituciones (máximo 2 puntos) (**)
0,015
0,010
Por titulación
Título de Doctorado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, o el Título de Grado
Universitario y Máster correspondiente o cualquier titulación equivalente a las
mismas, reconocidos u homologados por la Administración Educativa competente
2,5
(*) Las experiencias en centros concertados tendrán la consideración de centros privados.
(**) Se valorará Formación no reglada que haya sido impartida y/u organizada por alguna de las siguientes
instituciones: Centros Universitarios (títulos propios), Ministerios, Consejerías, Corporaciones Locales,
Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades Autónomas,
Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados, SEPE o sus homólogos en
las Comunidades Autónomas, y/o cualquier otro ente público dependiente de una administración pública,
así como Organizaciones Sindicales y Colegios Profesionales.
(***) Se valorará cada titulación académica oficial de nivel igual o superior e independiente de la exigida en la
convocatoria. En ningún caso los certificados de profesionalidad podrán ser considerados como títulos
académicos objeto de valoración en este apartado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313179
Titulaciones Académicas
(máximo 5 puntos) (***)
BOJA
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56233/8
MOMENTO
DE LA ACREDITACIÓN
REQUISITOS
RDI. Documentación relacionada con
discapacidad:
1. Informe acreditativo de la
discapacidad
2. Informe acreditativo de la capacidad
funcional
TIPO
DE ACREDITACIÓN
Dentro del plazo de presentación
Documental
de solicitudes
En el momento de la contratación Documental
MODO DE ACREDITACIÓN
Informe acreditativo de la
discapacidad y del grado
correspondiente emitido por
el órgano competente en
materia de discapacidad,
aportado en SEPPA
Informe acreditativo de la
capacidad funcional emitido
por el órgano competente en
materia de discapacidad
(*) La certificación expedida por el médico de familia del Servicio Andaluz de Salud debe contenerse en el modelo
de certificación configurado en el Sistema DIRAYA. En ningún caso será válido el documento P10 u otro
similar, ni en formato distinto al configurado en el sistema sanitario público o al oficial del Colegio de Médicos.
El documento recogerá de forma explícita que «la persona interesada posee la capacidad funcional para
el desempeño de las tareas propias o habituales del puesto de Médica o Médico» También será válido el
documento que acredite la capacidad funcional conteniendo expresiones tales como que «no consta
enfermedad ni defecto físico que imposibilite para el ejercicio de las funciones a desempeñar», así como
otras expresiones similares.
No se considerará válido el documento que se limite a constatar la ausencia de enfermedad infecto-contagiosa o
que contenga expresiones que no se refieran a la efectiva capacidad funcional para el desempeño de las tareas.
3. Baremo de méritos.
Las personas candidatas admitidas en el proceso selectivo, deberán realizar la
autobaremación dentro del plazo establecido para ello, y conforme al siguiente baremo.
Por día trabajado
Experiencia
(máximo 60 puntos) (*)
Formación
(máximo 35 puntos)
Experiencia en puestos de Médica o Médico en la ASSDA y/o Fundaciones de
origen
Experiencia en puestos de Médica o Médico en Centros de Drogodependencia y
Adicciones públicos
Experiencia en puestos de Médica o Médico en Centros de Drogodependencia y
Adicciones privados
Experiencia en puestos de Médica o Médico en entes públicos
Experiencia en puestos de Médica o Médico en centros privados
0,016
0,010
0,008
0,006
0,003
Por hora
Máster/Experto Universitario oficial en materia de drogodependencia y adicciones
y patología dual y comorbilidad psiquiátrica
0,025
Máster/Experto Universitario propio en materia de drogodependencia y adicciones
y patología dual y comorbilidad psiquiátrica
0,015
Formación no reglada en materia de drogodependencia y adicciones, patología
dual y comorbilidad psiquiátrica que hayan sido impartidas por algunas de las
siguientes instituciones (**)
Formación no reglada en materia de igualdad de género que haya sido impartida
y/u organizada por alguna de las siguientes instituciones (máximo 2 puntos) (**)
0,015
0,010
Por titulación
Título de Doctorado, Licenciatura, Arquitectura o Ingeniería, o el Título de Grado
Universitario y Máster correspondiente o cualquier titulación equivalente a las
mismas, reconocidos u homologados por la Administración Educativa competente
2,5
(*) Las experiencias en centros concertados tendrán la consideración de centros privados.
(**) Se valorará Formación no reglada que haya sido impartida y/u organizada por alguna de las siguientes
instituciones: Centros Universitarios (títulos propios), Ministerios, Consejerías, Corporaciones Locales,
Instituto Nacional de la Administración Pública o sus homólogos en las Comunidades Autónomas,
Escuelas de Salud Pública adscritas a cualquiera de los organismos citados, SEPE o sus homólogos en
las Comunidades Autónomas, y/o cualquier otro ente público dependiente de una administración pública,
así como Organizaciones Sindicales y Colegios Profesionales.
(***) Se valorará cada titulación académica oficial de nivel igual o superior e independiente de la exigida en la
convocatoria. En ningún caso los certificados de profesionalidad podrán ser considerados como títulos
académicos objeto de valoración en este apartado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313179
Titulaciones Académicas
(máximo 5 puntos) (***)