3. Otras disposiciones. . (2024/249-43)
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Secretaría General del Agua, por la que se aprueba el canon de trasvase Guadiaro-Majaceite para el ejercicio 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56241/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Secretaría General del Agua, por la
que se aprueba el canon de trasvase Guadiaro-Majaceite para el ejercicio 2025.
Vistos los antecedentes, en el ejercicio de las competencias que corresponden a la
Secretaría General del Agua, de conformidad con el artículo 8 del Decreto 157/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 9 de agosto,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313186
El canon de trasvase es un tributo propio de la Comunidad Autónoma conforme a lo
establecido en el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, correspondiendo a la
Dirección General de Infraestructuras del Agua la propuesta del importe de los cánones
y tarifas regulados en el Capítulo III del Título VIII de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de
Aguas de Andalucía, así como del canon de trasvase definido en la Ley 17/1995, de 1 de
junio, de transferencia de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca
del río Guadalete, y a la Secretaría General del Agua el impulso y la coordinación de la
fiscalidad en materia de aguas competencia de la Consejería, así como la aprobación,
tras el análisis de la propuesta de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, de
los cánones y tarifas previstos en la normativa andaluza en materia de aguas además de
la gestión de su cobro.
El canon de trasvase fue creado en la Ley 17/1995, de 1 de junio, de transferencia
de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca del río Guadalete, y
posteriormente desarrollado en el Real Decreto 1599/1999, de 15 de octubre, por el que
se crea la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Guadalete y se señalan los
criterios para la determinación del canon que deben pagar los usuarios. La composición
de la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Guadalete fue adaptada mediante
el Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos Colegiados
de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del Agua.
La Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2023 (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2022), ha introducido
una nueva disposición adicional decimoctava en la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas
de Andalucía. Esta disposición adicional establece una nueva regulación del canon de
trasvase, que desplaza a la hasta entonces vigente, concretando diversos aspectos
del tributo, como son el hecho imponible, los sujetos pasivos, la fecha de devengo o el
procedimiento de determinación y aprobación del canon.
De esta forma, para la determinación de las cuantías del canon de trasvase del
ejercicio 2025 se ha seguido el nuevo procedimiento regulado. A tal fin, una vez redactado
el proyecto de Memoria Económica del canon de trasvase Guadiaro-Majaceite para el
ejercicio 2025 por la Dirección General de Infraestructuras del Agua, éste fue debatido
por la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Majaceite en la reunión celebrada
el día 17 de septiembre de 2024, tal como indica el apartado 9 de la citada disposición
adicional decimoctava.
A continuación, la Memoria Económica ha sido sometida a un periodo de información
pública, a través de la Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General
de Infraestructuras del Agua (BOJA núm. 192, de 2 de octubre de 2024). En dicho periodo
no se ha recibido ninguna alegación.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 249 - Jueves, 26 de diciembre de 2024
página 56241/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, PESCA, AGUA
Y DESARROLLO RURAL
Resolución de 12 de diciembre de 2024, de la Secretaría General del Agua, por la
que se aprueba el canon de trasvase Guadiaro-Majaceite para el ejercicio 2025.
Vistos los antecedentes, en el ejercicio de las competencias que corresponden a la
Secretaría General del Agua, de conformidad con el artículo 8 del Decreto 157/2022, de 9
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura,
Pesca, Agua y Desarrollo Rural, modificado por el Decreto 165/2024, de 9 de agosto,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313186
El canon de trasvase es un tributo propio de la Comunidad Autónoma conforme a lo
establecido en el texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de
Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, correspondiendo a la
Dirección General de Infraestructuras del Agua la propuesta del importe de los cánones
y tarifas regulados en el Capítulo III del Título VIII de la Ley 9/2010, de 30 de julio, de
Aguas de Andalucía, así como del canon de trasvase definido en la Ley 17/1995, de 1 de
junio, de transferencia de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca
del río Guadalete, y a la Secretaría General del Agua el impulso y la coordinación de la
fiscalidad en materia de aguas competencia de la Consejería, así como la aprobación,
tras el análisis de la propuesta de la Dirección General de Infraestructuras del Agua, de
los cánones y tarifas previstos en la normativa andaluza en materia de aguas además de
la gestión de su cobro.
El canon de trasvase fue creado en la Ley 17/1995, de 1 de junio, de transferencia
de volúmenes de agua de la cuenca del río Guadiaro a la cuenca del río Guadalete, y
posteriormente desarrollado en el Real Decreto 1599/1999, de 15 de octubre, por el que
se crea la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Guadalete y se señalan los
criterios para la determinación del canon que deben pagar los usuarios. La composición
de la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Guadalete fue adaptada mediante
el Decreto 477/2015, de 17 de noviembre, por el que se regulan los Órganos Colegiados
de Participación Administrativa y Social de la Administración Andaluza del Agua.
La Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de
Andalucía para el año 2023 (BOJA núm. 249, de 30 de diciembre de 2022), ha introducido
una nueva disposición adicional decimoctava en la Ley 9/2010, de 30 de julio, de Aguas
de Andalucía. Esta disposición adicional establece una nueva regulación del canon de
trasvase, que desplaza a la hasta entonces vigente, concretando diversos aspectos
del tributo, como son el hecho imponible, los sujetos pasivos, la fecha de devengo o el
procedimiento de determinación y aprobación del canon.
De esta forma, para la determinación de las cuantías del canon de trasvase del
ejercicio 2025 se ha seguido el nuevo procedimiento regulado. A tal fin, una vez redactado
el proyecto de Memoria Económica del canon de trasvase Guadiaro-Majaceite para el
ejercicio 2025 por la Dirección General de Infraestructuras del Agua, éste fue debatido
por la Comisión de Explotación del trasvase Guadiaro-Majaceite en la reunión celebrada
el día 17 de septiembre de 2024, tal como indica el apartado 9 de la citada disposición
adicional decimoctava.
A continuación, la Memoria Económica ha sido sometida a un periodo de información
pública, a través de la Resolución de 24 de septiembre de 2024, de la Dirección General
de Infraestructuras del Agua (BOJA núm. 192, de 2 de octubre de 2024). En dicho periodo
no se ha recibido ninguna alegación.