Autoridades y personal. . (2024/248-21)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Universidad de Jaén, por la que se convoca, por procedimiento de urgencia, proceso selectivo para la contratación de personal investigador predoctoral en formación con cargo a la Acción 8a del Plan Operativo de Apoyo a la Investigación.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 248 - Martes, 24 de diciembre de 2024

página 56021/11

19.3. Contenido de la resolución de adjudicación definitiva.
En la resolución de adjudicación definitiva figurarán las personas adjudicatarias de los
contratos y las personas que integren las listas de reserva para cada uno de los contratos
predoctorales convocados. Se podrá declarar la no provisión de todos o algunos de los
contratos ofertados si las personas candidatas no reúnen los requisitos necesarios o no
existieran solicitudes válidas.
19.4. Publicidad de la adjudicación definitiva.
La resolución de adjudicación definitiva será publicada en el tablón de anuncios de
la Sede Electrónica de la Universidad de Jaén (https://sede.ujaen.es/publico/tablon), y en
la dirección web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia del Conocimiento
(https://qrcd.org/74ID)
19.5. Resolución de cierre de la vía administrativa.
La resolución con la adjudicación definitiva de los contratos agotará la vía
Administrativa.

21. Cláusula de protección de datos.
De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas
físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación
de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (Reglamento general de
protección de datos) y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de
Datos Personales y garantí a de los derechos digitales, le informamos que la Universidad
de Jaén con domicilio en Paraje Las Lagunilla, s/n, 23071 Jaén, es la responsable del
tratamiento de los datos, pudiendo contactar con el Delegado de Protección de Datos, en
la siguiente dirección de correo electrónico: dpo@ujaen.es
La finalidad de la recogida y tratamiento de la información es la gestión de la
presente convocatoria conforme a las obligaciones legales imputables a la Universidad
y el cumplimiento de la realización de una misión en interés público conforme a la Ley
Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. La Universidad de Jaén
no cederá o comunicará sus datos personales, salvo en los supuestos legalmente
previstos o cuando fuera necesario para la prestación del servicio, y que los datos serán
conservados aún después de que hubiera cesado la relación con la Universidad de Jaén,
durante el tiempo que puedan ser requeridos por control o fiscalización de la entidad
pública competente o para responder de acciones judiciales frente a la Universidad.
En cualquier momento los interesados podrán ejercitar los derechos de Acceso,
Rectifica acción, Supresión, Oposición, Limitación o Portabilidad. Para ejercitar dichos
derechos se encuentra el procedimiento habilitado en la sede electrónica de la UJA:
Atención de ejercicios de derechos en protección de datos de carácter personal
(ARSOPL) o bien mediante envío de solicitud escrita a la dirección definida en primer
párrafo especificando cuál/es de estos derechos solicita sea satisfecho. Debe saber que,
cuando la Universidad de Jaén tenga dudas razonables sobre la identidad del solicitante,
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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20. Tramitación de urgencia.
El artículo 33 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, se establece que, «cuando razones de interés
público lo aconsejen se podrá acordar, de oficio o a petición de interesado, la aplicación
al procedimiento de la tramitación de urgencia, por la cual se reducirán a la mitad los
plazos establecidos para el procedimiento ordinario, salvo los relativos a la presentación
de solicitudes y recursos». Se considera que existen razones de interés público que
aconsejan resolver la presente convocatoria con la mayor celeridad y eficacia, resultando
motivado la aplicación de la tramitación de urgencia. En consecuencia, se reducirán a
la mitad todos los plazos establecidos para este procedimiento salvo los relativos a los
recursos y a la presentación de solicitudes.