3. Otras disposiciones. . (2024/248-27)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente administrativo al órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el procedimiento.
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Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
BOJA
Número 248 - Martes, 24 de diciembre de 2024
página 55970/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia del
Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo al órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el
procedimiento.
En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo,
número 7 de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo interpuesto por
María García Pérez, contra la resolución denegatoria por silencio administrativo del
recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 29 de mayo de
2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba la
lista definitiva de personas adjudicatarias y puestos de trabajo adjudicados en el concurso
de acceso a la condición de personal laboral fijo por el sistema de concurso de méritos
en los puestos de trabajo adscritos a dicha Agencia, recogidos en la Oferta de Empleo
Público 2022, aprobada por el Decreto 90/2022 para la estabilización de empleo temporal
en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz, que ha dado
lugar al procedimiento abreviado 354/2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario
Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de
vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita
el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado
para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la Ley que regule el Procedimiento Administrativo Común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
RESU ELVO
1.º La remisión del expediente administrativo correspondiente a María García Pérez,
al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312916
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
y el artículo 15 bis de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por
Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 abril 2011).
BOJA
Número 248 - Martes, 24 de diciembre de 2024
página 55970/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE EMPLEO, EMPRESA Y TRABAJO AUTÓNOMO
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección Gerencia del
Servicio Andaluz de Empleo, por la que se acuerda la remisión del expediente
administrativo al órgano judicial y se emplazan a los terceros interesados en el
procedimiento.
En cumplimiento de lo requerido por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo,
número 7 de Sevilla, y en razón del recurso contencioso-administrativo interpuesto por
María García Pérez, contra la resolución denegatoria por silencio administrativo del
recurso potestativo de reposición interpuesto contra la Resolución de 29 de mayo de
2024, de la Dirección Gerencia del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se aprueba la
lista definitiva de personas adjudicatarias y puestos de trabajo adjudicados en el concurso
de acceso a la condición de personal laboral fijo por el sistema de concurso de méritos
en los puestos de trabajo adscritos a dicha Agencia, recogidos en la Oferta de Empleo
Público 2022, aprobada por el Decreto 90/2022 para la estabilización de empleo temporal
en las entidades instrumentales y consorcios del sector público andaluz, que ha dado
lugar al procedimiento abreviado 354/2024.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El artículo 78.3 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-Administrativa (LJCA), dispone que admitida la demanda, el Secretario
Judicial acordará su traslado al demandado, citando a las partes para la celebración de
vista, con indicación de día y hora, y requerirá a la Administración demandada que remita
el expediente administrativo con al menos quince días de antelación del término señalado
para la vista.
Segundo. Con arreglo al artículo 49.1 de la citada LJCA la resolución por la que se
acuerde remitir el expediente se notificará en los cinco días siguiente a su adopción, a
cuantos aparezcan como interesados en él, emplazándoles para que puedan personarse
como demandados en el plazo de nueve días. La notificación se practicará con arreglo a
lo dispuesto en la Ley que regule el Procedimiento Administrativo Común.
Tercero. Al amparo del artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, la notificación se
hará por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado al darse los
presupuestos contemplados en el citado artículo.
RESU ELVO
1.º La remisión del expediente administrativo correspondiente a María García Pérez,
al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312916
En virtud de cuanto antecede, esta Dirección Gerencia, en uso de las atribuciones
conferidas en el artículo 13 del Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula
la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo,
y el artículo 15 bis de los Estatutos del Servicio Andaluz de Empleo, aprobados por
Decreto 96/2011, de 19 de abril (BOJA número 83, de 29 abril 2011).