Autoridades y personal. . (2024/247-58)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Universidad de Sevilla, por la que se convoca concurso público para cubrir, mediante contrato laboral de duración determinada, plazas de profesorado ayudante doctor.
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Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024

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Ejecución de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero sobre Derechos y Libertades de los
extranjeros en España y su integración social, tras la reforma de la Ley Orgánica 2/2009.
e) Certificado oficial acreditativo de poseer la capacidad funcional para el desempeño
de las tareas. En el supuesto de que se necesite algún tipo de adaptación al puesto de
trabajo, el adjudicatario deberá aportar informe del Servicio de Prevención de Riesgos
Laborales.
f) Declaración jurada de no haber sido separado de la Administración Estatal,
Institucional o Local, ni de las Administraciones de las Comunidades Autónomas, en
virtud de expediente disciplinario, y/o hallarse inhabilitado para el ejercicio de la Función
Pública. Los nacionales de los demás Estados miembros de la Unión Europea o de algún
Estado al que, en virtud de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión Europea
y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores, deberán
acreditar, de conformidad con lo establecido en el artículo 7.2 del R.D. 543/2001, de 18
de mayo, no haber sido objeto de sanción disciplinaria o condena penal que impidan, en
su Estado, el acceso a la función pública.
7.2. Terminación.
A tenor de lo establecido en el artículo 78 de la LOSU, el contrato será de carácter
temporal y conllevará una dedicación a tiempo completo. Ninguna persona podrá ser
contratada mediante esta modalidad, en la misma o distinta universidad por un tiempo
superior a seis años.
El cómputo del plazo límite de duración del contrato y de su evaluación se interrumpirá
en las situaciones de incapacidad temporal y en los periodos de tiempo dedicados al
disfrute de permisos, licencias, flexibilidades horarias y excedencias por gestación,
embarazo o lactancia, violencia de género y otras formas de violencia contra la mujer, así
como por razones de conciliación o cuidado de familiares o personas dependientes.
Cuando el contrato se concierte con una persona con discapacidad, podrá alcanzar
una duración máxima de ocho años teniendo en cuenta su finalidad y el grado de las
limitaciones en la actividad.
Asimismo, cuando dichas situaciones dieran lugar a la reducción de la jornada, el
contrato se prorrogará por el tiempo equivalente a la jornada que se hubiera reducido.
Para poder acogerse a la promoción establecida en el artículo 19 del I Convenio
Colectivo del Personal Docente e Investigador con contrato laboral de las Universidades
públicas de Andalucía, será requisito necesario el desempeño de la plaza obtenida en
el presente concurso al menos durante un año. Dicha promoción quedará en suspenso
en el supuesto de que se interponga recurso contra la propuesta de adjudicación hasta
tanto se dicte resolución expresa del recurso y finalice el procedimiento de ejecución de
la misma.
En el caso de que al adjudicatario le reste menos del año para completar el máximo
establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema
Universitario, y siempre que esté en posesión de acreditación a una figura superior se
estará a lo siguiente:
Si el adjudicatario está acreditado a Profesor Titular de Universidad, a la finalización
de su contrato como Profesor Ayudante Doctor, éste se adaptará a uno de la categoría
de Profesor Permanente Laboral (modalidad Profesor Contratado Doctor). No obstante,
la dotación y posterior convocatoria de la plaza de Profesor Titular de Universidad se
realizará, si procede, una vez transcurrido un año desde la firma del contrato de Profesor
Ayudante Doctor.
Si el adjudicatario está acreditado para la figura de Profesor Contratado Doctor/
Profesor Permanente Laboral (modalidad Profesor Contratado Doctor), a la finalización
del contrato como Profesor Ayudante Doctor se adaptará a Profesor Permanente Laboral
Interino (modalidad Profesor Contratado Doctor interino) no pudiendo convocarse plaza
de esta categoría (u otra de categoría superior) hasta que haya transcurrido un año desde
la firma del contrato de Profesor Ayudante Doctor.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

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