3. Otras disposiciones. . (2024/247-59)
Resolución de 13 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Interior, por la que se aprueba el Plan de Formación del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía (IESPA) para el curso académico 2025.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024
página 56109/10
- Taller teórico-práctico sobre conducción segura de todo tipo de vehículos en pistas
forestales.
F) Cursos en materia de Protección Civil.
- Formación básica para el Voluntariado de Protección Civil.
- Curso General para Jefes de Agrupación del Voluntariado de Protección Civil.
- Evaluación de riesgos (naturales, tecnológicos o antrópicos) y establecimiento de
medidas preventivas.
- Diseño de planes de emergencias ante distintos riesgos.
- Gestión emocional de las situaciones de crisis.
- Liderazgo para Jefes de Agrupaciones del Voluntariado de Protección Civil.
- Rehabilitación de servicios básicos en catástrofes.
- Talleres para funciones de prevención y de apoyo operativo para el Voluntariado de
Protección Civil.
- Taller sobre competencias y responsabilidades del Voluntariado de Protección Civil.
- Taller de primeros auxilios.
- Taller de primeros auxilios psicológicos.
- Taller de búsqueda de personas desaparecidas.
- Nociones básicas jurídicas sobre el voluntariado.
1. Cursos de ingreso y capacitación.
1.1. Solicitudes presentadas por los ayuntamientos respectivos.
La solicitud para los cursos de ingreso y capacitación a los cuerpos de la Policía Local
de Andalucía se efectuará por los correspondientes ayuntamientos en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de la solicitud para cada edición convocada de estos cursos
será el que se determine en sus respectivas convocatorias publicadas en la página web
de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
1.2. Admisión de solicitantes.
El IESPA comunicará a los ayuntamientos interesados la admisión del alumnado
perteneciente a su plantilla. Se inadmitirán las solicitudes presentadas fuera del plazo
previsto. En el caso de que el número de solicitudes supere al número máximo de plazas
convocadas, se seguirá el orden rigoroso de entrada de las mismas en el Registro
Electrónico General de la Junta de Andalucía.
Una vez comunicada la admisión del alumnado de los cursos de ingreso y antes del
inicio del mismo, los ayuntamientos deberán remitir al IESPA los nombramientos como
personal funcionario en prácticas de dichas personas.
En el caso de los cursos de capacitación, los ayuntamientos deberán remitir
certificación expedida por el Órgano competente donde se haga constar que las
personas aspirantes han superado la primera fase del proceso selectivo correspondiente.
Asimismo, se exigirá al alumnado estar inscritos en el registro de policías locales y de
personal vigilante municipal de Andalucía y tener debidamente actualizados sus datos al
día de finalización del plazo de presentación de solicitudes en cuanto a su localidad de
destino y categoría profesional (salvo que carezca de vinculación previa con los cuerpos
de Policía Local de Andalucía). Las personas que, perteneciendo a un cuerpo de la Policía
Local, realicen un curso de capacitación mantendrán durante la realización del mismo la
categoría que tuviesen en el momento de iniciarse el proceso selectivo. En el caso de
que la persona aspirante no pertenezca al municipio en que ha superado la primera fase
del proceso selectivo, el ayuntamiento deberá remitir el nombramiento como funcionario
en prácticas de dicha persona.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313055
II. PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN IMPARTIDA POR EL IESPA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024
página 56109/10
- Taller teórico-práctico sobre conducción segura de todo tipo de vehículos en pistas
forestales.
F) Cursos en materia de Protección Civil.
- Formación básica para el Voluntariado de Protección Civil.
- Curso General para Jefes de Agrupación del Voluntariado de Protección Civil.
- Evaluación de riesgos (naturales, tecnológicos o antrópicos) y establecimiento de
medidas preventivas.
- Diseño de planes de emergencias ante distintos riesgos.
- Gestión emocional de las situaciones de crisis.
- Liderazgo para Jefes de Agrupaciones del Voluntariado de Protección Civil.
- Rehabilitación de servicios básicos en catástrofes.
- Talleres para funciones de prevención y de apoyo operativo para el Voluntariado de
Protección Civil.
- Taller sobre competencias y responsabilidades del Voluntariado de Protección Civil.
- Taller de primeros auxilios.
- Taller de primeros auxilios psicológicos.
- Taller de búsqueda de personas desaparecidas.
- Nociones básicas jurídicas sobre el voluntariado.
1. Cursos de ingreso y capacitación.
1.1. Solicitudes presentadas por los ayuntamientos respectivos.
La solicitud para los cursos de ingreso y capacitación a los cuerpos de la Policía Local
de Andalucía se efectuará por los correspondientes ayuntamientos en la forma prevista
en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de la solicitud para cada edición convocada de estos cursos
será el que se determine en sus respectivas convocatorias publicadas en la página web
de la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa.
1.2. Admisión de solicitantes.
El IESPA comunicará a los ayuntamientos interesados la admisión del alumnado
perteneciente a su plantilla. Se inadmitirán las solicitudes presentadas fuera del plazo
previsto. En el caso de que el número de solicitudes supere al número máximo de plazas
convocadas, se seguirá el orden rigoroso de entrada de las mismas en el Registro
Electrónico General de la Junta de Andalucía.
Una vez comunicada la admisión del alumnado de los cursos de ingreso y antes del
inicio del mismo, los ayuntamientos deberán remitir al IESPA los nombramientos como
personal funcionario en prácticas de dichas personas.
En el caso de los cursos de capacitación, los ayuntamientos deberán remitir
certificación expedida por el Órgano competente donde se haga constar que las
personas aspirantes han superado la primera fase del proceso selectivo correspondiente.
Asimismo, se exigirá al alumnado estar inscritos en el registro de policías locales y de
personal vigilante municipal de Andalucía y tener debidamente actualizados sus datos al
día de finalización del plazo de presentación de solicitudes en cuanto a su localidad de
destino y categoría profesional (salvo que carezca de vinculación previa con los cuerpos
de Policía Local de Andalucía). Las personas que, perteneciendo a un cuerpo de la Policía
Local, realicen un curso de capacitación mantendrán durante la realización del mismo la
categoría que tuviesen en el momento de iniciarse el proceso selectivo. En el caso de
que la persona aspirante no pertenezca al municipio en que ha superado la primera fase
del proceso selectivo, el ayuntamiento deberá remitir el nombramiento como funcionario
en prácticas de dicha persona.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00313055
II. PROCEDIMIENTO PARA LA FORMACIÓN IMPARTIDA POR EL IESPA