3. Otras disposiciones. . (2024/247-69)
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Industria y Minas, por la que se aprueba y da publicidad al formulario de Comunicación de datos para la inscripción en el Registro de Control Metrológico.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024
página 56045/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Industria y
Minas, por la que se aprueba y da publicidad al formulario de Comunicación de
datos para la inscripción en el Registro de Control Metrológico.
El 31 de diciembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, cuyo artículo 12
establece la regulación aplicable a la elaboración de los formularios establecidos por la
Administración de la Junta de Andalucía para la realización de trámites.
Sobre esta base, la Secretaría General para la Administración Pública aprobó,
mediante Resolución de 17 de diciembre de 2020, la Guía de normalización e inscripción
de formularios de la Junta de Andalucía. En ella se recoge tanto el proceso a seguir para
la normalización e inscripción de los formularios como las características técnicas, de
diseño y funcionales a que han de ajustarse los mismos conforme con lo dispuesto en el
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.
Por otra parte, los artículos 46 y 47 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por
el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, establecen que
las personas físicas o entidades que fabriquen, importen, comercialicen o cedan en
arrendamiento los instrumentos de medida sometidos al control metrológico del Estado
serán inscritas, por la Administración Pública que corresponda, en el Registro de Control
Metrológico al solicitar cualquier operación de carácter metrológico, definiendo los datos
inscribibles en el registro, y el artículo 50 de este mismo real decreto establece que las
modificaciones o cambios en las circunstancias para la inscripción en el citado registro,
así como el cese de la actividad, deberán ser comunicadas a la Administración Pública
que efectuó la inscripción a fin de que determine la procedencia o no de su incorporación
al mismo.
Por ello, y con el fin de facilitar el cumplimiento de lo establecido en los artículos 46, 47
y 50 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, esta Secretaría General ha establecido el
modelo para la comunicación de los datos inscribibles, accesible a los interesados y que
deberá publicarse y mantenerse actualizado, de acuerdo a lo establecido en el apartado
5 del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La competencia para dictar esta resolución viene atribuida a esta Secretaría General
de Industria y Minas, en virtud de lo previsto en el artículo 10 del Decreto del Presidente
6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y en el artículo 5.1m) del
Decreto 163/2022, de 9 de agosto, que regula la estructura orgánica de la Consejería de
Industria, Energía y Minas.
En virtud de lo anterior, esta Secretaría General de Industria y Minas
Primero. Aprobación del formulario.
1. Aprobar y dar publicidad al modelo normalizado de «Comunicación de datos
para inscripción en el registro de control metrológico de la actividad de fabricación,
importación, comercialización o cesión en arrendamiento de instrumentos sometidos a
control metrológico» (Código de procedimiento: 13063).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312990
RESU ELV E
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 247 - Lunes, 23 de diciembre de 2024
página 56045/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y MINAS
Resolución de 10 de diciembre de 2024, de la Secretaría General de Industria y
Minas, por la que se aprueba y da publicidad al formulario de Comunicación de
datos para la inscripción en el Registro de Control Metrológico.
El 31 de diciembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre, de Administración electrónica, simplificación de
procedimientos y racionalización organizativa de la Junta de Andalucía, cuyo artículo 12
establece la regulación aplicable a la elaboración de los formularios establecidos por la
Administración de la Junta de Andalucía para la realización de trámites.
Sobre esta base, la Secretaría General para la Administración Pública aprobó,
mediante Resolución de 17 de diciembre de 2020, la Guía de normalización e inscripción
de formularios de la Junta de Andalucía. En ella se recoge tanto el proceso a seguir para
la normalización e inscripción de los formularios como las características técnicas, de
diseño y funcionales a que han de ajustarse los mismos conforme con lo dispuesto en el
Decreto 622/2019, de 27 de diciembre.
Por otra parte, los artículos 46 y 47 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, por
el que se desarrolla la Ley 32/2014, de 22 de diciembre, de Metrología, establecen que
las personas físicas o entidades que fabriquen, importen, comercialicen o cedan en
arrendamiento los instrumentos de medida sometidos al control metrológico del Estado
serán inscritas, por la Administración Pública que corresponda, en el Registro de Control
Metrológico al solicitar cualquier operación de carácter metrológico, definiendo los datos
inscribibles en el registro, y el artículo 50 de este mismo real decreto establece que las
modificaciones o cambios en las circunstancias para la inscripción en el citado registro,
así como el cese de la actividad, deberán ser comunicadas a la Administración Pública
que efectuó la inscripción a fin de que determine la procedencia o no de su incorporación
al mismo.
Por ello, y con el fin de facilitar el cumplimiento de lo establecido en los artículos 46, 47
y 50 del Real Decreto 244/2016, de 3 de junio, esta Secretaría General ha establecido el
modelo para la comunicación de los datos inscribibles, accesible a los interesados y que
deberá publicarse y mantenerse actualizado, de acuerdo a lo establecido en el apartado
5 del artículo 69 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas.
La competencia para dictar esta resolución viene atribuida a esta Secretaría General
de Industria y Minas, en virtud de lo previsto en el artículo 10 del Decreto del Presidente
6/2024, de 29 de julio, sobre reestructuración de Consejerías, y en el artículo 5.1m) del
Decreto 163/2022, de 9 de agosto, que regula la estructura orgánica de la Consejería de
Industria, Energía y Minas.
En virtud de lo anterior, esta Secretaría General de Industria y Minas
Primero. Aprobación del formulario.
1. Aprobar y dar publicidad al modelo normalizado de «Comunicación de datos
para inscripción en el registro de control metrológico de la actividad de fabricación,
importación, comercialización o cesión en arrendamiento de instrumentos sometidos a
control metrológico» (Código de procedimiento: 13063).
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312990
RESU ELV E