Autoridades y personal. . (2024/246-30)
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por la que se establecen las bases reguladoras y el calendario de publicación de concursos públicos de contratos de personal laboral para la realización y ejecución de proyectos, subvenciones, convenios y contratos con terceros de duración determinada para el año 2025.
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BOJA

Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Viernes, 20 de diciembre de 2024

página 56083/1

2. Autoridades y personal
2.2. Oposiciones, concursos y otras convocatorias
UNIVERSIDADES
Resolución de 17 de diciembre de 2024, de la Universidad de Huelva, por
la que se establecen las bases reguladoras y el calendario de publicación
de concursos públicos de contratos de personal laboral para la realización y
ejecución de proyectos, subvenciones, convenios y contratos con terceros de
duración determinada para el año 2025.
La Universidad de Huelva establece las bases reguladoras y el calendario de publicación
de concursos públicos de contratos de personal laboral para la realización y ejecución de
proyectos, subvenciones, convenios y contratos con terceros de duración determinada,
para el año 2025.
En las fechas indicadas en el anexo de esta resolución se publicarán las convocatorias
que sean autorizadas por la persona titular del Vicerrectorado de Investigación y
Transferencia y por la Gerencia de esta Universidad, con los requisitos y condiciones
establecidos en estas bases reguladoras.
BASES REGULADORAS
1. Objeto y finalidad.
1.1. Es objeto de estas bases la regulación de las convocatorias para la selección del
personal laboral cuya contratación resulte necesaria para la realización y ejecución de
proyectos, subvenciones, convenios y contratos con terceros de duración determinada.
1.2. La finalidad de estas bases es la de regular de manera uniforme el procedimiento
de selección de las personas que se contraten con cargo a los proyectos, subvenciones,
convenios y contratos con terceros de duración determinada.

3. Contenido de las convocatorias.
3.1. Las convocatorias tendrán el siguiente contenido mínimo:
3.1.1. Especificación del carácter del contrato y de que el mismo no implica para la
Universidad de Huelva ningún compromiso en cuanto a la posterior incorporación de la
persona interesada a su plantilla.
3.1.2. Indicación del proyecto, subvención, convenio o contrato con terceros con
cargo al cual se oferta el contrato, así como la aplicación presupuestaria que financiará
el contrato.
3.1.3. Modalidad del contrato.
3.1.4. Funciones que debe realizar la persona que resulte adjudicataria.
3.1.5. Duración del contrato, de conformidad con la normativa que sirva de aplicación.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X

https://www.juntadeandalucia.es/eboja

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2. Marco jurídico de referencia.
Las convocatorias se regirán por los principios rectores en materia de acceso al
empleo público de acuerdo con el Real Decreto-Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por
el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público,
así como por las bases reguladoras establecidas en la presente resolución y por las
específicas de cada convocatoria, en el marco del Reglamento de selección y contratación
de personal laboral para la realización y ejecución de proyectos, subvenciones, convenios
y contratos con terceros de duración determinada de la Universidad de Huelva.