Autoridades y personal. . (2024/246-21)
Resolución de 16 de diciembre de 2024, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca, mediante el sistema de concurso de méritos, la cobertura de cargo intermedio de Jefe/a de Grupo de Gestión y Servicios en el Centro de Transfusión, Tejidos y Células de Granada, integrado en la Red Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Viernes, 20 de diciembre de 2024
página 55998/7
b.2. Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que la participación sea igual o
superior al 20% de los miembros de la misma categoría y, en su caso, especialidad, pero
el número sea inferior a 5, el peso de la puntuación de la misma en la evaluación final que
haga la Comisión de Selección, representará el 10% de la misma.
7. Nombramiento.
7.1. La Comisión de Selección elevará a la persona titular de la Gerencia de la
Red Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células la propuesta de resolución
provisional del concurso, con indicación de la puntuación obtenida por cada una de las
personas concursantes.
7.2. La Gerencia de la Red Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células
dictará resolución provisional, que será publicada en la página web del SAS
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y en los tablones de anuncios de
dicho centro.
7.3. Dicha publicación surtirá los efectos de la notificación, de acuerdo con el
artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, concediendo a los interesados un plazo de quince días
naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma para presentar
alegaciones.
7.4. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas
las alegaciones, la persona titular de la Gerencia de la Red Andaluza de Medicina
Transfusional, Tejidos y Células dictará resolución definitiva del concurso y se procederá
al nombramiento de la persona concursante que haya obtenido mayor puntuación. Dicha
resolución definitiva se publicará en la página web del SAS
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y se le dará publicidad en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
7.5. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección
General competente en materia de personal del SAS en el plazo de un mes, conforme
a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312944
6. Comisión de Selección.
6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 132/2021, de 6
de abril, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos
intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la composición de la
Comisión de Selección será la siguiente:
6.1.1. Presidencia: Será desempeñada por la persona titular de la Gerencia de la Red
Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células.
6.1.2. Vocalías designadas por la persona que ejerza la Presidencia.
6.1.3. La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la
gestión de los recursos humanos del centro sanitario, que actuará con voz, pero sin voto.
6.2. Igualmente, la persona que ejerza la Presidencia designará a su suplente, a las
personas suplentes para las Vocalías y para la Secretaría. La Junta de Personal deberá
también proponer a la persona a designar como suplente. Las personas que se designen
como suplentes deberán reunir los mismos requisitos que las personas titulares a las que
sustituyan.
6.3. Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección, así como
sus suplentes, deberán estar en posesión de una titulación de igual o superior nivel
académico que la exigida para el acceso al puesto convocado.
6.4. La composición de la Comisión de Selección respetará el principio de presencia
equilibrada de hombres y mujeres, de forma que ninguno de los sexos esté representado
en más del 60% ni menos del 40% de los miembros designados.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 246 - Viernes, 20 de diciembre de 2024
página 55998/7
b.2. Excepcionalmente, en aquellos supuestos en que la participación sea igual o
superior al 20% de los miembros de la misma categoría y, en su caso, especialidad, pero
el número sea inferior a 5, el peso de la puntuación de la misma en la evaluación final que
haga la Comisión de Selección, representará el 10% de la misma.
7. Nombramiento.
7.1. La Comisión de Selección elevará a la persona titular de la Gerencia de la
Red Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células la propuesta de resolución
provisional del concurso, con indicación de la puntuación obtenida por cada una de las
personas concursantes.
7.2. La Gerencia de la Red Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células
dictará resolución provisional, que será publicada en la página web del SAS
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y en los tablones de anuncios de
dicho centro.
7.3. Dicha publicación surtirá los efectos de la notificación, de acuerdo con el
artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, concediendo a los interesados un plazo de quince días
naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación de la misma para presentar
alegaciones.
7.4. Transcurrido el plazo previsto en el apartado anterior, y una vez resueltas
las alegaciones, la persona titular de la Gerencia de la Red Andaluza de Medicina
Transfusional, Tejidos y Células dictará resolución definitiva del concurso y se procederá
al nombramiento de la persona concursante que haya obtenido mayor puntuación. Dicha
resolución definitiva se publicará en la página web del SAS
(www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud) y se le dará publicidad en el Boletín
Oficial de la Junta de Andalucía.
7.5. Contra esta resolución cabe interponer recurso de alzada ante la Dirección
General competente en materia de personal del SAS en el plazo de un mes, conforme
a lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312944
6. Comisión de Selección.
6.1. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 11 del Decreto 132/2021, de 6
de abril, por el que se regula el sistema de provisión de puestos directivos y cargos
intermedios de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, la composición de la
Comisión de Selección será la siguiente:
6.1.1. Presidencia: Será desempeñada por la persona titular de la Gerencia de la Red
Andaluza de Medicina Transfusional, Tejidos y Células.
6.1.2. Vocalías designadas por la persona que ejerza la Presidencia.
6.1.3. La Secretaría será desempeñada por la persona que tenga encomendada la
gestión de los recursos humanos del centro sanitario, que actuará con voz, pero sin voto.
6.2. Igualmente, la persona que ejerza la Presidencia designará a su suplente, a las
personas suplentes para las Vocalías y para la Secretaría. La Junta de Personal deberá
también proponer a la persona a designar como suplente. Las personas que se designen
como suplentes deberán reunir los mismos requisitos que las personas titulares a las que
sustituyan.
6.3. Las personas que ocupen las vocalías de la Comisión de Selección, así como
sus suplentes, deberán estar en posesión de una titulación de igual o superior nivel
académico que la exigida para el acceso al puesto convocado.
6.4. La composición de la Comisión de Selección respetará el principio de presencia
equilibrada de hombres y mujeres, de forma que ninguno de los sexos esté representado
en más del 60% ni menos del 40% de los miembros designados.