3. Otras disposiciones. . (2024/245-39)
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Participación e Inclusión Educativa, por la que se reconocen centros docentes pertenecientes a la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» como Centros Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+), durante el curso 2023/2024.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
página 55865/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Participación
e Inclusión Educativa, por la que se reconocen centros docentes pertenecientes
a la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» como Centros Promotores de
Convivencia Positiva (Convivencia+), durante el curso 2023/2024.
La Orden de 11 de abril de 2011, de la Consejería de Educación, estableció el procedimiento
de las convocatorias públicas para que los centros docentes pertenecientes a la Red
Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» pudiesen solicitar su reconocimiento como Centros
Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+).
Durante el curso 2023/2024, los centros docentes sostenidos con fondos públicos
inscritos en la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz», mediante el procedimiento y plazo
establecidos en el artículo 5 de la Orden de 11 de abril de 2011, han sido, según consta en
el registro del Sistema de Información Séneca:
- Número de centros docentes inscritos en la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz»:
2.670.
- Número de centros docentes inscritos a través de la modalidad unicentro: 1.977.
- Número de centros docentes inscritos a través de la modalidad intercentros: 693.
Con fecha 30 de septiembre de 2024, la Dirección General de Participación e
Inclusión Educativa, dictó resolución provisional por la que se reconocen centros docentes
pertenecientes a la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» como Centros Promotores de
Convivencia Positiva (Convivencia+) durante el curso 2023/2024.
De conformidad con el artículo 25 de la orden de convocatoria, una vez transcurrido el
plazo establecido para la presentación de renuncias o alegaciones y estudiadas las mismas
en aplicación de los criterios establecidos en el artículo 21, a propuesta de la comisión
evaluadora, según consta en el acta de reunión celebrada el 21 de noviembre de 2024, esta
Dirección General de Participación e Inclusión Educativa
R ESU ELV E
Primero. Reconocer como Centros Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+)
a 912 centros docentes sostenidos con fondos públicos, pertenecientes a la Red Andaluza
«Escuela: Espacio de Paz» durante el curso 2023/2024, de acuerdo con los criterios
establecidos en el artículo 21 de la Orden de 11 de abril de 2011, según se relaciona en el
anexo que acompaña a la presente resolución.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los centros
docentes privados concertados podrán interponer en el plazo de un mes, a partir del día
siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada
ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, de conformidad
con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115.1
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de noviembre de 2024.- La Directora General, Almudena García Rosado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312811
Segundo. A los centros docentes públicos reconocidos como Centros Promotores de
Convivencia Positiva (Convivencia+) les será de aplicación lo establecido en el artículo 22
de la Orden de 11 de abril de 2011.
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
página 55865/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Resolución de 22 de noviembre de 2024, de la Dirección General de Participación
e Inclusión Educativa, por la que se reconocen centros docentes pertenecientes
a la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» como Centros Promotores de
Convivencia Positiva (Convivencia+), durante el curso 2023/2024.
La Orden de 11 de abril de 2011, de la Consejería de Educación, estableció el procedimiento
de las convocatorias públicas para que los centros docentes pertenecientes a la Red
Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» pudiesen solicitar su reconocimiento como Centros
Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+).
Durante el curso 2023/2024, los centros docentes sostenidos con fondos públicos
inscritos en la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz», mediante el procedimiento y plazo
establecidos en el artículo 5 de la Orden de 11 de abril de 2011, han sido, según consta en
el registro del Sistema de Información Séneca:
- Número de centros docentes inscritos en la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz»:
2.670.
- Número de centros docentes inscritos a través de la modalidad unicentro: 1.977.
- Número de centros docentes inscritos a través de la modalidad intercentros: 693.
Con fecha 30 de septiembre de 2024, la Dirección General de Participación e
Inclusión Educativa, dictó resolución provisional por la que se reconocen centros docentes
pertenecientes a la Red Andaluza «Escuela: Espacio de Paz» como Centros Promotores de
Convivencia Positiva (Convivencia+) durante el curso 2023/2024.
De conformidad con el artículo 25 de la orden de convocatoria, una vez transcurrido el
plazo establecido para la presentación de renuncias o alegaciones y estudiadas las mismas
en aplicación de los criterios establecidos en el artículo 21, a propuesta de la comisión
evaluadora, según consta en el acta de reunión celebrada el 21 de noviembre de 2024, esta
Dirección General de Participación e Inclusión Educativa
R ESU ELV E
Primero. Reconocer como Centros Promotores de Convivencia Positiva (Convivencia+)
a 912 centros docentes sostenidos con fondos públicos, pertenecientes a la Red Andaluza
«Escuela: Espacio de Paz» durante el curso 2023/2024, de acuerdo con los criterios
establecidos en el artículo 21 de la Orden de 11 de abril de 2011, según se relaciona en el
anexo que acompaña a la presente resolución.
Contra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los centros
docentes privados concertados podrán interponer en el plazo de un mes, a partir del día
siguiente al de publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, recurso de alzada
ante la persona titular de la Consejería competente en materia de educación, de conformidad
con lo previsto en los artículos 112.1, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y el artículo 115.1
de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
Sevilla, 22 de noviembre de 2024.- La Directora General, Almudena García Rosado.
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
00312811
Segundo. A los centros docentes públicos reconocidos como Centros Promotores de
Convivencia Positiva (Convivencia+) les será de aplicación lo establecido en el artículo 22
de la Orden de 11 de abril de 2011.