3. Otras disposiciones. . (2024/245-37)
Decreto 273/2024, de 16 de diciembre, por el que se crean y se suprimen determinadas escuelas infantiles de titularidad municipal en la Comunidad Autónoma de Andalucía.
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BOJA
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
página 55983/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Decreto 273/2024, de 16 de diciembre, por el que se crean y se suprimen
determinadas escuelas infantiles de titularidad municipal en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en su artículo 41.3
establece que la Administración educativa garantizará progresivamente la existencia de
puestos escolares en el primer ciclo de la educación infantil para atender la demanda
de las familias. Con esta finalidad, se crearán escuelas infantiles y se determinarán las
condiciones en las que podrán establecerse convenios con las Corporaciones locales,
otras administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.
Por otro lado, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
reguladora del Derecho a la Educación, establece que la creación de centros docentes
públicos cuyos titulares sean las Corporaciones locales, se realizará por convenio entre
éstas y la Administración educativa competente.
En cumplimiento de los citados preceptos, la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional y el Ayuntamiento de Huércal-Overa (Almería) han suscrito
un Convenio de Cooperación para la creación de una escuela infantil, para atender la
demanda de escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en dicho municipio.
Por otro lado, los Ayuntamientos de Castilblanco de los Arroyos y Benacazón (Sevilla)
han solicitado la supresión de escuelas infantiles, de las que son titulares, ubicadas en
sus respectivos municipios, por cese de actividad de las mismas.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985,
de 3 de julio, y en el artículo 9.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los
centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, a propuesta de la Consejera de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional, y previa deliberación del Consejo de Gobierno
en su reunión del día 16 de diciembre de 2024,
DISPONGO
Primero. Crear la escuela infantil «San Francisco», código 04011818, en la localidad
de Huércal-Overa (Almería), cuya titularidad ostenta el Ayuntamiento de dicha localidad.
Segundo. Suprimir las escuelas infantiles que se relacionan en el anexo del presente
decreto, a solicitud de los Ayuntamientos que ostentan su titularidad, por cese de actividad
de las mismas.
Tercero. Dar traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el
Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros
Docentes.
Cuarto. Ordenar la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
Sevilla, 16 de diciembre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
00312929
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
https://www.juntadeandalucia.es/eboja
Boletín Oficial de la Junta de Andalucía
Número 245 - Jueves, 19 de diciembre de 2024
página 55983/1
3. Otras disposiciones
CONSEJERÍA DE DESARROLLO EDUCATIVO
Y FORMACIÓN PROFESIONAL
Decreto 273/2024, de 16 de diciembre, por el que se crean y se suprimen
determinadas escuelas infantiles de titularidad municipal en la Comunidad
Autónoma de Andalucía.
La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, en su artículo 41.3
establece que la Administración educativa garantizará progresivamente la existencia de
puestos escolares en el primer ciclo de la educación infantil para atender la demanda
de las familias. Con esta finalidad, se crearán escuelas infantiles y se determinarán las
condiciones en las que podrán establecerse convenios con las Corporaciones locales,
otras administraciones y entidades privadas sin fines de lucro.
Por otro lado, la disposición adicional segunda de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio,
reguladora del Derecho a la Educación, establece que la creación de centros docentes
públicos cuyos titulares sean las Corporaciones locales, se realizará por convenio entre
éstas y la Administración educativa competente.
En cumplimiento de los citados preceptos, la Consejería de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional y el Ayuntamiento de Huércal-Overa (Almería) han suscrito
un Convenio de Cooperación para la creación de una escuela infantil, para atender la
demanda de escolarización en el primer ciclo de la educación infantil en dicho municipio.
Por otro lado, los Ayuntamientos de Castilblanco de los Arroyos y Benacazón (Sevilla)
han solicitado la supresión de escuelas infantiles, de las que son titulares, ubicadas en
sus respectivos municipios, por cese de actividad de las mismas.
En su virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985,
de 3 de julio, y en el artículo 9.1 del Decreto 149/2009, de 12 de mayo, por el que se regulan los
centros que imparten el primer ciclo de la educación infantil, a propuesta de la Consejera de
Desarrollo Educativo y Formación Profesional, y previa deliberación del Consejo de Gobierno
en su reunión del día 16 de diciembre de 2024,
DISPONGO
Primero. Crear la escuela infantil «San Francisco», código 04011818, en la localidad
de Huércal-Overa (Almería), cuya titularidad ostenta el Ayuntamiento de dicha localidad.
Segundo. Suprimir las escuelas infantiles que se relacionan en el anexo del presente
decreto, a solicitud de los Ayuntamientos que ostentan su titularidad, por cese de actividad
de las mismas.
Tercero. Dar traslado al Registro de Centros Docentes, según lo dispuesto en el
Decreto 151/1997, de 27 de mayo, por el que se crea y regula el Registro de Centros
Docentes.
Cuarto. Ordenar la publicación del presente decreto en el Boletín Oficial de la Junta
de Andalucía.
Sevilla, 16 de diciembre de 2024
JUAN MANUEL MORENO BONILLA
Presidente de la Junta de Andalucía
00312929
MARÍA DEL CARMEN CASTILLO MENA
Consejera de Desarrollo Educativo
y Formación Profesional
Depósito Legal: SE-410/1979. ISSN: 2253-802X
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